MERCOSUR
SUB ESTANDAR - 3.7.24. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA GLYCINE MAX (SOJA)
Resumen:
APROBAR EL SUB ESTANDAR - 3.7.24. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA GLYCINE MAX (SOJA) SEGÚN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR, QUE CONSTA COMO ANEXO Y FORMA PARTE DE LA PRESENTE RESOLUCION. ABROGASE LA RESOLUCION GMC NRO. 108/96.
Observaciones:
INCORPORADA AL ORDENAMIENTO JURIDICO POR ART. 8° DE LA RESOLUCION 88/2008 DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, B.O. 04/09/2008. SE PUBLICA NUEVAMENTE EN BOLETIN OFICIAL, CON SU ANEXO, COMO ANEXO VII DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA. INCORPORADA, EN SU VERSION CORREGIDA, AL ORDENAMIENTO JURIDICO NACIONAL POR ART. 4° DE LA RESOLUCION 332/2016 DEL MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, B.O. 23/09/2016, PAGINA 34. ABROGADA POR EL ARTICULO 3º DE LA RESOLUCION 22/2016 DEL GRUPO DEL MERCADO COMUN, QUE FUE PUBLICADA COMO ANEXO A LA RESOLUCION 94/2017 DEL MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA B.O. 26/04/2017, VERSION WEB, PAGINA 14.