Resolución Conjunta 2293 / 2010
MINISTERIO DE SALUD
Resolución Conjunta 883 / 2010
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Ley 23660
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 20-Ene-1989 |
Descripción
NUEVO REGIMEN - APROBACIONAPRUEBASE EL NUEVO REGIMEN DE OBRAS SOCIALES.
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Normativa / Número
Ley 23661
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 20-Ene-1989 |
Descripción
SISTEMA NACIONAL DE SEGURO DE SALUD (ANSSAL)CREACION. AMBITO DE APLICACION. BENEFICIARIOS. ADMINISTRACION DE SEGURO AGENTES DE SEGURO. PARTICIPACION DE LAS PROVINCIAS.
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Normativa / Número
Decreto 576 / 1993
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 07-Abr-1993 |
Descripción
- REGLAMENTACION DEL SISTEMA -REGLAMENTACION DEL SISTEMA DE OBRAS SOCIALES Y DEL SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD.
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Normativa / Número
Ley 24977
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 06-Jul-1998 |
Descripción
APROBACION - DISPOSICIONES PRELIMINARESAPROBACION. DISPOSICIONES PRELIMINARES. DEFINICION DE PEQUEÑO CONTRIBUYENTE. REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES AGROPECUARIOS. REGIMEN ESPECIAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES. OTRAS DISPOSICIONES. LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, TEXTO ORDENADO EN 1997 Y SU MODIFICATORIA. MODIFICACION DEL ARTICULO 29. VIGENCIA. ( MONOTRIBUTO ). (VER NOTA EXTERNA AFIP NRO. 4/2000 - BO 17/4/2000, PAG. 11, ACLARATORIA DE LA OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACIONES JURADAS)
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Normativa / Número
Ley 26063
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 09-Dic-2005 |
Descripción
LEYES - INTERPRETACION Y APLICACIONINTERPRETACION Y APLICACION DE LAS LEYES EN MATERIA DE RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. DETERMINACION DE OFICIO DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CONTRATACION DE COOPERATIVAS DE TRABAJO. SOLIDARIDAD. AGENTES DE INFORMACION, RETENCION Y PERCEPCION DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. SANCIONES. APELACIONES JUDICIALES DE LAS DETERMINACIONES DE DEUDA DE DICHOS RECURSOS. REGIMEN ESPECIAL DE SEGURIDAD SOCIAL PARA EMPLEADOS DEL SERVICIO DOMESTICO. TRATAMIENTO EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS. DISPOSICIONES GENERALES.
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Normativa / Número
Decreto 1901 / 2006
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 20-Dic-2006 |
Descripción
RECURSOS DEL FONDO SOLIDARIO DE REDISTRIBUCIONNORMA QUE REGULA LA DISTRIBUCION POR AJUSTE DE RIESGO DE LOS RECURSOS DEL FONDO SOLIDARIO DE REDISTRIBUCION RECAUDADOS DE ACUERDO AL ARTICULO 19, INCISOS A) Y B) DE LA LEY Nº 23.660 Y AL ARTICULO 22, INCISO A) DE LA LEY Nº 23.661, CON EXCEPCION DE AQUELLOS QUE SE DESCUENTEN PREVIAMENTE PARA LOS GASTOS OPERATIVOS DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, SEGÚN LO DISPONE EL ARTICULO 24, INCISO B), APARTADO 1 DE LA LEY Nº 23.661, Y LOS QUE SE ASIGNEN A LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES A TRAVES DE LA LEY DE PRESUPUESTO PARA CADA AÑO.
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Normativa / Número
Resolución GENERAL 2538 / 2009
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS |
Fecha publicación 30-Ene-2009 |
Descripción
MONOTRIBUTO - SERVICIO DOMESTICOMONOTRIBUTO. SERVICIO DOMESTICO. COTIZACIONES CON DESTINO AL SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD. NUEVOS IMPORTES. SU IMPLEMENTACION. MODIFICACION DE LAS RESOLUCIONES GENERALES 2055/06 Y 2150/06 (AFIP).
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Normativa / Número
Ley 26565
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 21-Dic-2009 |
Descripción
LEYES Nº 24.977 Y 26.063 - MODIFICACIONSUSTITUYESE EL ANEXO DE LA LEY Nº 24.977 (MONOTRIBUTO). REGIMEN ESPECIAL DE SEGURIDAD SOCIAL PARA EMPLEADOS DEL SERVICIO DOMESTICO. SUSTITUYESE EL ARTICULO 17 DE LA LEY Nº 26.063.
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Normativa / Número
Decreto 330 / 2010
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 09-Mar-2010 |
Descripción
APORTES Y CONTRIBUCIONES - CALCULOPARA EL CALCULO DE LOS APORTES Y CONTRIBUCIONES DE OBRA SOCIAL EN LOS TERMINOS DE LAS LEYES 23.660 Y 23.661, SE TOMARA COMO BASE EL EQUIVALENTE A DOS (2) BASES MINIMAS DE LAS PREVISTAS POR EL ARTICULO 7º DE LA RESOLUCION Nº 135/2009 DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL O LA QUE LA REEMPLACE EN EL FUTURO.
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