Resolución 22 / 2021
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Ley 25080
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 19-Ene-1999 |
Descripción
REGIMEN DE PROMOCIONINSTITUYESE UN REGIMEN DE PROMOCION DE LAS INVERSIONES QUE SE EFECTUEN EN NUEVOS EMPRENDIMIENTOS FORESTALES Y EN LAS AMPLIACIONES DE LOS BOSQUES EXISTENTES. AMBITO DE APLICACION Y ALCANCES. GENERALIDADES. ADHESION PROVINCIAL. TRATAMIENTO FISCAL DE LAS INVERSIONES. APOYO ECONOMICO NO REINTEGRABLE A LOS BOSQUES IMPLANTADOS. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS.
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Normativa / Número
Ley 26331
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 26-Dic-2007 |
Descripción
PRESUPUESTOS MINIMOS DE PROTECCION AMBIENTAL - ESTABLECIMIENTOESTABLECENSE LOS PRESUPUESTOS MINIMOS DE PROTECCION AMBIENTAL PARA EL ENRIQUECIMIENTO, LA RESTAURACION, CONSERVACION, APROVECHAMIENTO Y MANEJO SOSTENIBLE DE LOS BOSQUES NATIVOS.
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Normativa / Número
Resolución 102 / 2010
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA |
Fecha publicación 11-Mar-2010 |
Descripción
PAGO DEL APOYO ECONOMICO LEY Nº 25.080 - INCREMENTOESTABLECESE UN INCREMENTO EN EL PAGO DEL APOYO ECONOMICO INSTITUIDO POR LA LEY Nº 25.080. REQUISITOS.
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Normativa / Número
Resolución 33 / 2013
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA |
Fecha publicación 08-Ene-2014 |
Descripción
PROYECTOS DE PLANTACION Y ACTIVIDADES SILVICOLAS DE ESPECIES FORESTALES EN BOSQUES CULTIVADOS Y...ESTABLECESE QUE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA COMO AUTORIDAD DE APLICACION DE LA LEY Nº 25.080 DE INVERSIONES PARA BOSQUES CULTIVADOS MODIFICADA POR SU SIMILAR Nº 26.432, EJECUTARA LAS ACCIONES PREVISTAS EN LA CITADA NORMA CON LA ASISTENCIA DE LA DIRECCION DE PRODUCCION FORESTAL DE LA DIRECCION NACIONAL DE PRODUCCION AGRICOLA Y FORESTAL DE LA SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA DE LA CITADA SECRETARIA. ASIMISMO, DESCENTRALIZARA FUNCIONES EN LAS PROVINCIAS CORRESPONDIENTES, A TRAVES DE SUS RESPECTIVOS CONVENIOS, CONFORME LO ESTABLECIDO EN LOS INCISOS A) Y B) DEL ARTICULO 6° DE LA MENCIONADA LEY Nº 25.080. A TAL FIN, LAS AUTORIDADES PROVINCIALES REALIZARAN LA RECEPCION DE DOCUMENTACION, SU VERIFICACION PRELIMINAR Y FOLIATURA, SE EXPEDIRAN SOBRE LA VIABILIDAD DEL PROYECTO EN CUANTO A LO ENUNCIADO EN EL ARTICULO 4° DE LA REFERIDA LEY 25.080 Y EN LA REGLAMENTACION PROVINCIAL RESPECTIVA SI LA HUBIERE, EFECTUARAN INSPECCIONES TECNICAS, AVALARAN LA VERACIDAD DE LAS CERTIFICACIONES DE LAS TAREAS DECLARADAS POR LOS TITULARES DE LOS PROYECTOS Y CONTRIBUIRAN EN LAS DEMAS ACCIONES QUE SE CONSIDEREN NECESARIAS PARA LA IMPLEMENTACION DEL PRESENTE REGIMEN.DEROGANSE LAS RESOLUCIONES Nº 810 DE FECHA 7 DE DICIEMBRE DE 2011 Y 193 DE FECHA 16 DE MAYO DE 2013 DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. SUSTITUYESE EL ARTICULO 1º DE LA RESOLUCION Nº 260 DE FECHA 22 DE ABRIL DE 2005 DE LA EX-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS DEL ENTONCES MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, MODIFICADO POR EL ARTICULO 39 DE LA RESOLUCION Nº 390 DE FECHA 26 DE NOVIEMBRE DE 2007 DE LA EX-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS DEL ENTONCES MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. SUSTITUYESE EL ARTICULO 3° DE LA RESOLUCION Nº 102 DE FECHA 8 DE MARZO DE 2010 DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
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Normativa / Número
Resolución E 154 / 2016
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA |
Fecha publicación 10-Ago-2016 |
Descripción
TITULARES DE EMPRENDIMIENTOS - DECLARACIONES JURADASLOS TITULARES DE EMPRENDIMIENTOS QUE HAYAN RECIBIDO Y USUFRUCTUADO BENEFICIOS CONTEMPLADOS EN LA LEY Nº 25.080 DE INVERSIONES PARA BOSQUES CULTIVADOS, EXCEPTO EL APOYO ECONOMICO NO REINTEGRABLE PREVISTO EN EL ARTICULO 17 DE LA MISMA, DEBERAN PRESENTAR ANUALMENTE UNA DECLARACION JURADA DE LOS BENEFICIOS USUFRUCTUADOS Y CONSTITUIR LAS PERTINENTES GARANTIAS.
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Normativa / Número
Resolución 225 / 2019
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA |
Fecha publicación 03-Dic-2019 |
Descripción
RESOLUCION N° 33/13 - MODIFICACIONINCORPORESE A LA RESOLUCION N° 33 DE FECHA 27 DE DICIEMBRE DE 2013 DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DEL ENTONCES MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA COMO ARTICULO 7° BIS EL SIGUIENTE ARTICULO: “ARTICULO 7° BIS.- TODOS LOS EMPRENDIMIENTOS DE PLANTACION DE MAS DE 20 HECTAREAS QUE SE REALICEN A PARTIR DEL AÑO 2020 DEBERAN CONTAR CON LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO NACIONAL SANITARIO DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS (RENSPA) DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), ORGANISMO DESCENTRALIZADO EN LA ORBITA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, PARA SU APROBACION. SE DEBERA ACOMPAÑAR LA CONSTANCIA DE INSCRIPCION AL MENCIONADO RENSPA.”. Y OTRAS MODIFICACIONES.
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