GRUPO DEL MERCADO COMUN
DERECHO CONSUMIDOR TRANSACCIONES INTERNET
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
31-Mar-2005
Resumen:
EN LAS RELACIONES DE CONSUMO REALIZADAS POR COMERCIO ELECTRONICO A TRAVES DE INTERNET, DEBE GARANTIZARSE A LOS CONSUMIDORES DURANTE TODO EL PROCESO DE LA TRANSACCION COMERCIAL, EL DERECHO A LA INFORMACION CLARA, PRECISA, SUFICIENTE Y DE FACIL ACCESO SOBRE EL PROVEEDOR DEL PRODUCTO O SERVICIO; SOBRE EL PRODUCTO O SERVICIO OFERTADO; Y RESPECTO A LAS TRANSACCIONES ELECTRONICAS INVOLUCRADAS.