Presidencia de la Nación

Resolución 21 / 2004

GRUPO DEL MERCADO COMUN


GRUPO DEL MERCADO COMUN

DERECHO CONSUMIDOR TRANSACCIONES INTERNET

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 31-Mar-2005
Resumen:

EN LAS RELACIONES DE CONSUMO REALIZADAS POR COMERCIO ELECTRONICO A TRAVES DE INTERNET, DEBE GARANTIZARSE A LOS CONSUMIDORES DURANTE TODO EL PROCESO DE LA TRANSACCION COMERCIAL, EL DERECHO A LA INFORMACION CLARA, PRECISA, SUFICIENTE Y DE FACIL ACCESO SOBRE EL PROVEEDOR DEL PRODUCTO O SERVICIO; SOBRE EL PRODUCTO O SERVICIO OFERTADO; Y RESPECTO A LAS TRANSACCIONES ELECTRONICAS INVOLUCRADAS.

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