Presidencia de la Nación

SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA


Subsecretaría de la Gestión Pública

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Resolución 204/2000

Establécense las fechas para la aplicación del Sistema de Retiro Voluntario en los entes comprendidos en el artículo 8º, inciso b) de la Ley Nº 24.156.

Bs. As., 7/9/2000

VISTO la Ley Nº 25.237 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio del año 2000, las Decisiones Administrativas Nros. 05 de fecha 31 de enero de 2000 y 37 de fecha 12 de abril de 2000, y las Disposiciones Conjuntas SSPME y SSGPJG Nros. 01 del 10 de julio de 2000 y 02 del 31 de julio de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 15 de la Ley Nº 25.237 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio del año 2000 dispuso la creación de un Sistema de Retiro Voluntario para el personal de la planta permanente del Sector Público Nacional.

Que la reglamentación del Sistema mencionado en el considerando precedente para el personal comprendido en el artículo 8º, inciso a) de la Ley Nº 24.156 fue dispuesta por la Decisión Administrativa Nº 5/00.

Que asimismo, el artículo 5º de la Decisión Administrativa Nº 37/00 faculta a la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA y a la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a autorizar, mediante Disposición Conjunta, la incorporación del personal del Sector Público Nacional comprendido en el artículo 8º, inciso b) de la Ley Nº 24.156 que se desempeñe en la planta permanente de los respectivos entes, al Sistema de Retiro voluntario establecido por la Decisión Administrativa Nº 5/00.

Que a través del dictado de las Disposiciones Conjuntas SSPME y SSGPJG Nº 1/00 y 2/00 se dispuso la incorporación del personal de planta permanente de todos los entes comprendidos en el citado inciso b) del artículo 8º de la Ley Nº 24.156 al Sistema de Retiro Voluntario reglamentado por la Decisión Administrativa Nº 5/00.

Que, consecuentemente, resulta procedente establecer las fechas para la implementación del referido Sistema en los entes de que se trata.

Que ha tomado la intervención que le compete la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 12 del Anexo I a la Decisión Administrativa Nº 05/00.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE LA GESTION PUBLICA DE LA SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

Artículo 1º — Establécese que la aplicación del Sistema de Retiro Voluntario reglamentado por la Decisión Administrativa Nº 5/00, en los entes comprendidos en el artículo 8º inciso b) de la Ley Nº 24.156 dispuesta por las Disposiciones Conjuntas SSPME y SSGPJG Nros. 1/00 y 2/00, se implementará en las siguientes fechas:

a) Período de difusión e información: del 18 de septiembre al 18 de octubre de 2000.

b) Período para la presentación del formulario por parte de los agentes ante la Unidad de Recursos Humanos: del 19 de octubre al 17 de noviembre de 2000.

c) La aprobación de las nóminas de personal al que se le acepte la solicitud de retiro voluntario y del que fuera rechazado, se regirá por el plazo de TREINTA (30) días corridos de vencido el plazo máximo para la presentación del formulario respectivo, previsto por el artículo 14 del Anexo I a la Decisión Administrativa mencionada en el presente artículo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Leandro I. Popik.

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