Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Resolución 2035/2022

RESOL-2022-2035-APN-MDS

Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2022

VISTO el Expediente EX-2022-125415450- -APN-UEPNISPYDLPT#MDS, las Resoluciones N° RESOL-2020-121-APN#MDS, sus modificatorias y complementarias y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios (T. O. por Decreto N° 438/92) y sus normas modificatorias y complementarias, establece que compete a este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la política social orientada a la asistencia, promoción, cuidados e inclusión social y el desarrollo humano, la seguridad alimentaria, la reducción de la pobreza, el desarrollo de igualdad de oportunidades para los sectores más vulnerables, en particular para las personas con discapacidad, las niñas, los niños y adolescentes, las mujeres y los adultos mayores, la protección de las familias y el fortalecimiento de las organizaciones comunitarias, así como en lo relativo al acceso a la vivienda y el hábitat dignos y a la integración socio urbana, y al cumplimiento de los compromisos asumidos en relación con los tratados internacionales y los convenios multinacionales, en materia de su competencia.

Que adicionalmente, la citada norma establece como competencias específicas de esta Cartera Ministerial, entre otras, la de ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL; entender en la organización y operación de un sistema de información social, con indicadores relevantes sobre los grupos poblacionales en situaciones de vulnerabilidad, que permita una adecuada focalización del conjunto de las políticas y programas sociales nacionales; entender en la formulación de políticas tendientes al fortalecimiento del desarrollo e implementación del paradigma de la Economía Social en todo el territorio nacional; y entender en el diseño e implementación de planes para la aplicación de los instrumentos metodológicos de la Economía Social.

Que mediante el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus normas modificatorias y complementarias, se establecieron los objetivos de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, entre los que se encuentran entender en el diseño, articulación y evaluación de políticas para la promoción de la economía social, promoviendo el desarrollo integral de los actores sociales, afianzando y privilegiando el respeto a las identidades culturales regionales, étnicas, sentimientos de pertenencia, y perspectiva de inclusión y género; así como el de participar en el diseño, implementación y promoción de políticas sociales y marcos regulatorios que fomenten la inclusión social a través del trabajo mediante la generación de mecanismos de producción para el auto sustento, la recuperación de capacidades y mejora de la calidad de vida de las personas.

Que en el marco de lo manifestado, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL dictó la Resolución Nº RESOL-2020-121-APN-MDS, por la cual se creó el PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL –”POTENCIAR TRABAJO” con el objeto de contribuir al mejoramiento de la empleabilidad y la generación de nuevas propuestas productivas, a través de la terminalidad educativa, la formación laboral, la certificación de competencias, así como también la creación, promoción y fortalecimiento de unidades productivas gestionadas por personas físicas que se encuentren en situación de alta vulnerabilidad social y económica, con la finalidad de promover su inclusión social plena y mejoramiento progresivo de ingresos con vistas a alcanzar la autonomía económica.

Que, asimismo, a través del artículo 2º de la Resolución citada en el considerando precedente, se aprobaron los lineamientos generales y acciones del mencionado Programa y por el Artículo 5º se delegó en el titular de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL, la autoridad de aplicación del Programa.

Que por Resolución Nº RESOL-2021-1625-APN-MDS se creó la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL - POTENCIAR TRABAJO” en el ámbito de la Secretaría de Economía Social.

Que dicha Unidad Ejecutora Especial Temporaria encuentra entre sus funciones proponer a la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL la aprobación de instructivos operativos o actos procedimentales que resulten necesarios para mejorar el funcionamiento de los circuitos de tramitación de los expedientes a través de los cuales se celebran los convenios con las Unidades de Gestión y las Unidades de Gestión Asociadas; y supervisar y evaluar el avance y consolidación de la ejecución del Programa, entre otras.

Que dicha norma introdujo distintas modificaciones a las resoluciones RESOL-2020-121-APN-MDS y RESOL-2020-385-APN-MDS entre las que se estableció como única autoridad de aplicación del Programa a la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL.

Que por Resolución N° RESOL-2021-1868-APN-MDS se aprobaron los “LINEAMIENTOS GENERALES Y OPERATIVOS DEL PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL “POTENCIAR TRABAJO”, unificando las normas rectoras del Programa, con el objeto de facilitar su aplicación tanto a los operadores del Programa como a sus destinatarios.

Que producto de la experiencia en la ejecución del Programa resulta necesario incorporar nuevos mecanismos de relevamiento de las condiciones socio-laborales y tareas que llevan a cabo los titulares en el marco del Programa a través de dispositivos que coadyuven a la inclusión y abordajes de distintas problemáticas con la incorporación de tecnología y disponibilidades técnicas que garanticen y comprendan la realidad compleja actual que conlleven documentación digital, desarrollos informáticos, informes profesionales digitalizados y/o remotos, aplicaciones, herramientas de georreferenciación y nuevos mecanismos de identificación, entre otras medidas.

Que, conforme lo establecido en el Decreto Nº 728 del 3 de noviembre de 2022, el Gobierno Nacional entiende que la cobertura de las necesidades de los sectores vulnerables a través de los incentivos necesarios para la formalización de las relaciones laborales es un mecanismo para superar dicha vulnerabilidad.

Que las medidas adoptadas mediante el Decreto conforman un elemento que contribuye a la conformación de un marco coherente de políticas que promuevan la formalización del trabajo y una más efectiva coordinación entre las políticas activas de empleo y la seguridad social.

Que a fin de efectivizar las políticas señaladas y en virtud de lo expuesto resulta menester dar inicio a un PROCEDIMIENTO DE AUTOGESTIÓN, COMUNICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS del PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL –”POTENCIAR TRABAJO”, que tendrá carácter obligatorio para todos los titulares que participan del mismo.

Que la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL - POTENCIAR TRABAJO” propicia el dictado de la presente medida.

Que la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL ha tomado debida intervención.

Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ha intervenido en el marco de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha intervenido en el marco de su competencia.

Que el presente acto se dicta en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y sus modificatorias y complementarias y el Decreto N° 689 del 12 de octubre de 2022.

Por ello,

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese el PROCEDIMIENTO DE AUTOGESTIÓN, COMUNICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS del PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL “POTENCIAR TRABAJO”, que como ANEXO I identificado como IF-2022-125442453-APN-UEPNISPYDLPT#MDS, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2°.- Apruébense los términos y condiciones complementarios que como ANEXO II identificado como IF-2022-125435744-APN-UEPNISPYDLPT#MDS, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3º.- Hágase saber que el procedimiento aprobado por el artículo 1° se extenderá entre el 22 de noviembre de 2022 y el 6 de enero de 2023 y que su cumplimiento será de carácter de obligatorio para todos los titulares del Programa siendo un requisito ineludible para la permanencia en el mismo.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 6/2023 del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación B.O. 05/01/2023 se prorroga hasta el próximo día 15 de enero de 2023 inclusive, el plazo previsto para que los/as titulares del PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL “POTENCIAR TRABAJO”, procedan a cumplimentar debidamente el PROCEDIMIENTO DE AUTOGESTIÓN, COMUNICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS, creado por la presente Resolución, y de conformidad a lo previsto en los ANEXOS I y II –que forman parte de la misma (IF-2022-125442453-APN-UEPNISPYDLPT#MDS e IF-2022-125435744-APN-UEPNISPYDLPT#MDS, respectivamente))

ARTÍCULO 4°.- Facúltese a la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL para dictar las normas aclaratorias y complementarias a que diera lugar la aplicación del presente acto.

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Victoria Tolosa Paz

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 25/11/2022 N° 96670/22 v. 25/11/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


ANEXO I

PROCEDIMIENTO DE AUTOGESTION, COMUNICACIÓN Y ACTUALIZACION DE DATOS del PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL “POTENCIAR TRABAJO”

I.- Descripción

La actualización de datos es un procedimiento personal y obligatorio que se llevará a cabo entre los días 22 de noviembre de 2022 y el 6 de enero de 2023 para todas las personas que integran el PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIOPRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL -“POTENCIAR TRABAJO”.

II.- Objetivos

A través de una Aplicación de Autogestión Titulares del Programa Potenciar Trabajo, el procedimiento pretende alcanzar los siguientes objetivos:

Objetivos generales:

1. Desarrollar una canal de comunicación y de actualización de datos de los titulares del Programa Potenciar trabajo dentro el entorno de la App Mi Argentina

Objetivos específicos:

1. Validar la identidad de todos los titulares del programa mediante validación de datos filiatorios y verificación antropométrica por medio de la app Mi Argentina

2. Actualizar y ampliar la información nominal disponible sobre los titulares del programa ya identificados en la app Mi argentina a los efectos de promover mayor transparencia en la gestión y adecuar las acciones del programa en términos de los saberes previos y aspiraciones laborales de los Titulares.

La totalidad de la información a solicitarse a los titulares se encuentra digitalmente embebida en el presente Anexo.

III.- Resultado del procedimiento

Las y los titulares que cumplan con la actualización de datos autogestionado:

a. Continuarán percibiendo el Salario Social Complementario;

b. Seguirán vinculados con una Unidad de Gestión o de Certificación determinada; o

c. En caso de manifestar no estar vinculado a ninguna, podrán ser asignados a una Unidad de Gestión o de Certificación para el cumplimiento de las corresponsabilidades previstas en el Programa, de acuerdo a las actividades que el entrevistado proponga desarrollar.

Aquellos titulares del Programa que no actualicen sus datos en los plazos y modalidad dispuesta, quedarán sujetos al procedimiento que para incumplimientos de las corresponsabilidades prevén los LINEAMIENTOS GENERALES Y OPERATIVOS DEL PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL “POTENCIAR TRABAJO' aprobados.



ANEXO II

Términos y condiciones

Los término y condiciones de la presente Resolución correspondiente al PROCEDIMIENTO DE AUTOGESTIÓN, COMUNICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS del PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL “POTENCIAR TRABAJO”, regirán la relación con el o la titular del Programa.

Política de Privacidad y Datos personales.

La utilización de la plataforma digital que el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación pone a disposición requiere que el/la Titular del del PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL “POTENCIAR TRABAJO”, brinde ciertos datos de carácter personal (entendiéndose por 'datos personales' a la información de cualquier tipo referida a los titulares, que permita su identificación -ya sea de manera directa o indirecta), en tal sentido, si el Titular del Programa no proporciona tales datos no podrá acceder al PROCEDIMIENTO DE AUTOGESTIÓN, COMUNICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

El Titular del Programa afirma que toda información que entrega al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación tiene carácter de declaración jurada. Al respecto, el Titular del Programa se compromete a brindar la información en forma exacta, debiendo mantener la misma actualizada en todo momento. Asimismo, el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación podrá monitorear el tráfico de los Titular del Programas y su actividad en la plataforma a utilizarse.

El Titular del Programa presenta su consentimiento expreso y libre para que el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación identifique y registre a través de la plataforma u aplicación su geolocalización con el fin de conocer su ubicación física.

El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación podrá verificar los datos personales y/o información suministrada a través de entidades públicas y cualquier otro mecanismo. El Titular del Programa consiente expresamente a colaborar con cualquier forma de validación de identidad exigida por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. En particular, el Titular del del PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL “POTENCIAR TRABAJO”, presta su consentimiento para (i) que los datos personales contenidos en su Documento Nacional de Identidad, los que incluyen sus datos biométricos de huella dactilar y de reconocimiento facial, sean verificados a través de su confronte con la base de datos del Registro Nacional de las Personas ('RENAPER'), (ii) el intercambio de información con las entidades y jurisdicciones que componen el Estado Nacional, incluida la AFIP y el BCRA (iii) para que el Ministerio verifique su comportamiento crediticio, historial financiero de adquisición o cancelación de productos y/o deudas, adquisición de divisas y forma de utilización de la cuenta BNA+. El/la Titular presta conformidad y autoriza al Ministerio a recabar en forma directa resúmenes de cuenta e información de entidades bancarias, no bancarias y plataformas, que permitan evaluar la forma de gasto de conformidad con lo establecido en los artículos 33 y 35 ley 25345 sobre confidencialidad e intercambio de información y su incorporación al SINTyS.

Todos los datos personales de los Titulares del Programa serán utilizados por el Ministerio de conformidad con la ley 25345 citada y la ley 25326, artículo 5 inciso 2 b) en el marco de su competencia, en particular a los efectos de (i) que el o la beneficiaria pueda utilizar la App, su Cuenta y acceder al beneficio; (ii) prevenir actividades ilícitas como lavado de dinero, evasión de impuestos y fraudes; (iii) tomar decisiones en cuanto a otorgamientos, mantenimiento o cese de beneficios solicitados; (iv) analizar forma de utilización de la cuenta BNA+, conductas de los y las beneficiarias, a los fines de mejorar las asignaciones de recursos y calidad del gasto, crear campañas personalizadas; y de (v) enviar información o mensajes por e-mail sobre los beneficios y /o comunicar, publicitar u ofrecer productos y/o servicios promovidos por el Estado Nacional, sus afiliadas, y/o terceros con quien el Estado Nacional mantenga relaciones a fin de implementar políticas públicas. Sin perjuicio de ello, en cualquier momento el o la beneficiaria podrá oponerse a la recepción de dichas comunicaciones a fin de recibir solo las comunicaciones de su interés o ninguna.

El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación alojará los datos personales de los y las Titulares del del PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL “POTENCIAR TRABAJO”, en servidores conforme autorice la normativa vigente y en el ámbito del SINTyS.

A los efectos del cumplimiento de los Servicios y/o de las finalidades detalladas en esta sección, los datos personales de los Titular del Programa serán incorporados al SINTyS y solo podrán se intercambiados bajo las condiciones de confidencialidad y seguridad, dentro de la competencia del requirente conforme ley.

En cumplimiento con lo establecido por la Resolución 14/2018 de la Agencia de Acceso a la Información Pública, se informa a los Titulares del del PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL “POTENCIAR TRABAJO”, que 'La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.'

El/la Titular del PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO LOCAL “POTENCIAR TRABAJO”, presta su consentimiento expreso para que sus datos personales sean recolectados, almacenados y procesados conforme se establece en este documento.

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