Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRES


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Resolución 200 - E/2016

Buenos Aires, 18/08/2016

VISTO el Expediente N° S01:0171645/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, el Contrato de Préstamo BID Nº 2923/OC-AR suscripto por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y la REPÚBLICA ARGENTINA, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, las Resoluciones Nros. 24 de fecha 15 de febrero de 2001 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias y 1.212 de fecha 1 de octubre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 11 de fecha 7 de enero de 2014 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1145, con destino al PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), el que fuera suscripto bajo la denominación Contrato de Préstamo BID Nº 2923/OC-AR por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y la REPÚBLICA ARGENTINA con fecha 26 de marzo de 2014.

Que por el Artículo 4º del decreto citado en el considerando precedente la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA fue designada como Organismo Ejecutor del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).

Que por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría.

Que, asimismo, por el decreto citado en el considerando precedente y sus modificaciones, se establecieron los objetivos para la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, asignándole competencia en todo lo relativo a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, entendiendo en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, sus modificatorias y complementarias, en su carácter de Autoridad de Aplicación.

Que también por dicho decreto y sus modificaciones, se establecieron las competencias para la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA dependiente de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.

Que mediante la Resolución Nº 1.212 de fecha 1 de octubre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y a fin de implementar la ejecución del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), se aprobó el Reglamento Operativo de conformidad con lo establecido en el “Apartado a) de la Cláusula 3.02 Condiciones previas al primer desembolso del Capítulo III – Desembolsos” del Contrato de Préstamo BID Nº 2923/OC-AR.

Que el Reglamento Operativo del programa establece los términos, condiciones y procedimientos a ser observados por las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas interesadas en participar del mismo.

Que con el objetivo de incentivar el desarrollo y competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, resulta necesario establecer una nueva convocatoria para la presentación de Proyectos en el marco del Subcomponente 1.1 Apoyo Directo a Empresas del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).

Que para ello se requiere aprobar un nuevo Documento Ejecutivo Subcomponente 1.1 Apoyo Directo a Empresas.

Que en consecuencia se estima conveniente establecer una convocatoria específica a presentación de Proyectos, expresada en el Documento Ejecutivo del Reglamento Operativo del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).

Que a los fines de coordinar y consensuar lineamientos estratégicos y prioridades en materia de políticas globales y sectoriales, relativas a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, se estima conveniente establecer un procedimiento de pre aprobación y aprobación de Proyectos presentados en el marco del Subcomponente 1.1 Apoyo Directo a Empresas, otorgándole dicha atribución a un Comité de Pre aprobación de Proyectos integrado por el Director Nacional del programa, el Coordinador General del programa y el señor Subsecretario de Política y Gestión de la Pequeña y Mediana Empresa.

Que la Resolución N° 11 de fecha 17 de marzo de 2016 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN introdujo modificaciones y actualizó la categorización de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y, además, definió sectores de actividad al cual pertenece una empresa determinada.

Que a los fines de optimizar el acceso de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas al cofinanciamiento otorgado por el programa se establecerán incrementos en los montos máximos de Aportes No Reembolsables (ANR) otorgables por los Proyectos de Desarrollo Empresarial que presenten las empresas en el Marco del Subcomponente 1.1 Apoyo Directo a Empresas para adaptar dichos montos al desarrollo de la empresa y a la evolución del nivel de ventas de las mismas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se adopta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º del Decreto Nº 11/14.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el nuevo “Documento Ejecutivo Subcomponente 1.1 Apoyo Directo a Empresas”, el cual regirá la convocatoria, presentación y ejecución de Proyectos de Desarrollo Empresarial en el marco del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME) de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN que, como Anexo I IF-2016-00675488-APN-SSPYGPYME#MP, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el “Modelo de Primer Testimonio de Escritura Pública para Empresa/s (Persona/s Jurídica/s)” que, como Anexo II IF-2016-00675516-APN-SSPYGPYME#MP, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Apruébase el “Modelo de Declaración Jurada” que, como Anexo III IF-2016-00675507- APN-SSPYGPYME#MP, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 4° — Apruébanse el “Modelo de Certificación Contable para la Presentación de Proyectos” y el “Modelo Reducido de Certificación Contable para la Presentación de Proyectos conjuntamente con la Constancia de Categorización MIPyME según Formulario AFIP: F 1272 – PYMES Solicitud de Categorización y/o beneficios” que, como Anexo IV IF-2016-00675524-APN-SSPYGPYME#MP, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 5° — Apruébase el “Modelo de Carta Compromiso para la Ejecución del Proyecto de Desarrollo Empresarial (PDE)” en cuanto al cumplimiento de la normativa que rige el PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME) que, como Anexo V IF-2016-00675529-APN-SSPYGPYME#MP, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 6° — Apruébase el “Modelo de Certificación Contable para la Solicitud de Desembolso de Aportes No Reembolsables/Rendición de Cuentas” que, como Anexo VI IF-2016-00675530- APNSSPYGPYME#MP, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 7° — Apruébanse la “Carátula para la Presentación de Productos Verificables” y la “Lista de Productos Verificables” que, como Anexo VII IF-2016-00675541-APN-SSPYGPYME#MP, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 8° — La presente medida comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MARIANO MAYER, Secretario, Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 22/08/2016 N° 59648/16 v. 22/08/2016

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV, AnexoVI, AnexoVII)
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