INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
PLAZO DE VENCIMIENTO - PRORROGA
Resumen:
PRORROGASE, HASTA EL 31 DE MARZO DE 2022, EL PLAZO DE VENCIMIENTO DEL OFRECIMIENTO DE DIFERIMIENTO PREVISTO EN EL ARTICULO 1º, DE LA RESOLUCION GENERAL IGJ Nº 14/2020, MODIFICADA POR RESOLUCIONES GENERALES IGJ Nº 38/2020, 51/2020, 5/2021 Y 11/2021, A LOS SUSCRIPTORES AHORRISTAS Y ADJUDICATARIOS TITULARES DE CONTRATOS, CUYO AGRUPAMIENTO SE HAYA PRODUCIDO HASTA LA FECHA DE VIGENCIA DE LA PRESENTE RESOLUCION, Y, TAMBIEN, A LOS SUSCRIPTORES CON CONTRATOS EXTINGUIDOS POR RENUNCIA, RESCISION O RESOLUCION DESDE EL 1º DE ABRIL DE 2018 HASTA LA FECHA DE VIGENCIA DE LA PRESENTE RESOLUCION. A TAL EFECTO, LAS SOCIEDADES CONCERNIDAS DEBERAN ADECUAR, A LA PRESENTE PRORROGA, EL FORMULARIO DE OPCION APROBADO POR RESOLUCION GENERAL IGJ Nº 14/2020, COMO ANEXO II.