INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
RESOLUCION GENERAL Nº 6/17 - MODIFICACION
Resumen:
MODIFIQUESE EL TEXTO DEL ARTICULO 38 DE LA RESOLUCION GENERAL Nº 6/17 DE ESTA INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA POR EL SIGUIENTE: “LA SOCIEDAD DEBERA PRESENTAR, A LOS EFECTOS DE SU INSCRIPCION EN EL REGISTRO PUBLICO, LOS PODERES OTORGADOS AL REPRESENTANTE DEL ADMINISTRADOR DE LAS SAS DOMICILIADOS EN EL EXTRANJERO, EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 51 DE LA LEY 27349, LOS CUALES SOLO PODRAN SER OTORGADOS A FAVOR DEL O LOS ADMINISTRADORES DEL ORGANO COLEGIADO DE ADMINISTRACION QUE RESIDAN EN LA REPUBLICA ARGENTINA. LA INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA OBJETARA LA INSCRIPCION DE PODERES GENERALES DE ADMINISTRACION Y DISPOSICION DE BIENES SOCIALES.”
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION GENERAL 8/2024 DE LA INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, B.O. 04/03/2024, PAGINA 29. VIGENCIA: A PARTIR DEL 05/03/2024.