MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES
Resolución 2/2019
RESOL-2019-2-APN-SACYSF#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 14/08/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2019-54729492- -APN-DGDMT#MPYT, los Decretos Nros. 174 de fecha 02 de marzo de 2018, 801 y 802 de fecha 5 de septiembre de 2018, la Decisión Administrativa N° 296 de fecha 09 de marzo de 2018 y la Resolución de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO N° 9 de fecha 12 de septiembre de 2018; y,
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes a la SECRETARIA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que el Decreto N° 801 de fecha 5 de septiembre de 2018 modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) sustituyéndose la denominación del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL por la de MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Que a través de la Decisión Administrativa N° 296/2018 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, estableciendo la apertura de Direcciones Regionales con dependencia directa de la SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES.
Que el Decreto N° 802 de fecha 5 de septiembre de 2018 crea el cargo de SECRETARIO DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO con dependencia al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Que la Resolución N° 9 de fecha 12 de septiembre de 2018 de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO aprobó las aperturas inferiores del nivel de departamento de la SECRETARÍA DE ATENCION CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES, creando las Agencias Territoriales correspondientes a las Direcciones Regionales.
Que en virtud del reordenamiento establecido a través de los mencionados actos, con el propósito de lograr una efectiva descentralización operativa y optimizar al desarrollo de las correspondientes acciones, resulta necesario definir el área geográfica de incumbencia de cada Agencia Territorial de las Direcciones Regionales dependientes de la SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en el ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL AUSTRAL de acuerdo a lo establecido en el ANEXO I (IF-2019-70343044-APN-SACYSF#MPYT) de la presente Resolución:
· AGENCIA TERRITORIAL CALETA OLIVIA
· AGENCIA TERRITORIAL COMODORO RIVADAVIA
· AGENCIA TERRITORIAL GENERAL ROCA
· AGENCIA TERRITORIAL NEUQUÉN
· AGENCIA TERRITORIAL RÍO GALLEGOS
· AGENCIA TERRITORIAL SAN CARLOS DE BARILOCHE
· AGENCIA TERRITORIAL TIERRA DEL FUEGO
· AGENCIA TERRITORIAL TRELEW
· AGENCIA TERRITORIAL VIEDMA
ARTÍCULO 2°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL CENTRO de acuerdo a lo establecido en el ANEXO II (IF-2019-70340389-APN-SACYSF#MPYT) de la presente Resolución:
· AGENCIA TERRITORIAL CONCORDIA
· AGENCIA TERRITORIAL PARANÁ
· AGENCIA TERRITORIAL ROSARIO
· AGENCIA TERRITORIAL SANTA FE
· AGENCIA TERRITORIAL RÍO CUARTO
· AGENCIA TERRITORIAL CÓRDOBA
ARTÍCULO 3°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y CONURBANO BONAERENSE (IF-2019-70340918-APN-SACYSF#MPYT) de acuerdo a lo establecido en el ANEXO III de la presente Resolución:
· AGENCIA TERRITORIAL CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
· AGENCIA TERRITORIAL LA MATANZA
· AGENCIA TERRITORIAL LANÚS
· AGENCIA TERRITORIAL LA PLATA
· AGENCIA TERRITORIAL LOMAS DE ZAMORA
· AGENCIA TERRITORIAL MORENO
· AGENCIA TERRITORIAL SAN MARTÍN
ARTÍCULO 4°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL CUYO de acuerdo a lo establecido en el ANEXO IV (IF-2019-70341653-APN-SACYSF#MPYT) de la presente Resolución:
· AGENCIA TERRITORIAL SAN LUIS
· AGENCIA TERRITORIAL SAN JUAN
· AGENCIA TERRITORIAL LA RIOJA
· AGENCIA TERRITORIAL MENDOZA
· AGENCIA TERRITORIAL SAN RAFAEL
ARTÍCULO 5°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL NEA de acuerdo a lo establecido en el ANEXO V (IF-2019-70341973-APN-SACYSF#MPYT) de la presente Resolución:
· AGENCIA TERRITORIAL CORRIENTES
· AGENCIA TERRITORIAL FORMOSA
· AGENCIA TERRITORIAL POSADAS
· AGENCIA TERRITORIAL RESISTENCIA
ARTÍCULO 6°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL NOA (IF-2019-70342226-APN-SACYSF#MPYT) de acuerdo a lo establecido en el ANEXO VI de la presente Resolución:
· AGENCIA TERRITORIAL TUCUMÁN
· AGENCIA TERRITORIAL CATAMARCA
· AGENCIA TERRITORIAL SANTIAGO DEL ESTERO
· AGENCIA TERRITORIAL SALTA
· AGENCIA TERRITORIAL JUJUY
ARTÍCULO 7°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL PAMPEANA de acuerdo a lo establecido en el ANEXO VII (IF-2019-70342610-APN-SACYSF#MPYT) de la presente Resolución:
· AGENCIA TERRITORIAL BAHIA BLANCA
· AGENCIA TERRITORIAL JUNÍN
· AGENCIA TERRITORIAL MAR DEL PLATA
· AGENCIA TERRITORIAL SAN NICOLÁS
· AGENCIA TERRITORIAL SANTA ROSA
· AGENCIA TERRITORIAL TANDIL
· AGENCIA TERRITORIAL ZÁRATE CAMPANA
ARTÍCULO 8°.- Establécese que por el plazo de SESENTA (60) días hábiles contados a partir de la firma del presente se mantendrán transitoriamente los permisos y demás funciones vigentes a la fecha que hagan a la gestión operativa y administrativas de las Agencias Territoriales, a los fines de adoptar medidas de transición para la reorganización de las áreas afectadas.
ARTÍCULO 9°.- Regístrese, comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Tomas Aramburu
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES
Resolución 2/2019
RESOL-2019-2-APN-SACYSF#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 14/08/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2019-54729492- -APN-DGDMT#MPYT, los Decretos Nros. 174 de fecha 02 de marzo de 2018, 801 y 802 de fecha 5 de septiembre de 2018, la Decisión Administrativa N° 296 de fecha 09 de marzo de 2018 y la Resolución de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO N° 9 de fecha 12 de septiembre de 2018; y,
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes a la SECRETARIA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que el Decreto N° 801 de fecha 5 de septiembre de 2018 modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) sustituyéndose la denominación del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL por la de MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Que a través de la Decisión Administrativa N° 296/2018 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, estableciendo la apertura de Direcciones Regionales con dependencia directa de la SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES.
Que el Decreto N° 802 de fecha 5 de septiembre de 2018 crea el cargo de SECRETARIO DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO con dependencia al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Que la Resolución N° 9 de fecha 12 de septiembre de 2018 de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO aprobó las aperturas inferiores del nivel de departamento de la SECRETARÍA DE ATENCION CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES, creando las Agencias Territoriales correspondientes a las Direcciones Regionales.
Que en virtud del reordenamiento establecido a través de los mencionados actos, con el propósito de lograr una efectiva descentralización operativa y optimizar al desarrollo de las correspondientes acciones, resulta necesario definir el área geográfica de incumbencia de cada Agencia Territorial de las Direcciones Regionales dependientes de la SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en el ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL AUSTRAL de acuerdo a lo establecido en el ANEXO I (IF-2019-70343044-APN-SACYSF#MPYT) de la presente Resolución:
· AGENCIA TERRITORIAL CALETA OLIVIA
· AGENCIA TERRITORIAL COMODORO RIVADAVIA
· AGENCIA TERRITORIAL GENERAL ROCA
· AGENCIA TERRITORIAL NEUQUÉN
· AGENCIA TERRITORIAL RÍO GALLEGOS
· AGENCIA TERRITORIAL SAN CARLOS DE BARILOCHE
· AGENCIA TERRITORIAL TIERRA DEL FUEGO
· AGENCIA TERRITORIAL TRELEW
· AGENCIA TERRITORIAL VIEDMA
ARTÍCULO 2°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL CENTRO de acuerdo a lo establecido en el ANEXO II (IF-2019-70340389-APN-SACYSF#MPYT) de la presente Resolución:
· AGENCIA TERRITORIAL CONCORDIA
· AGENCIA TERRITORIAL PARANÁ
· AGENCIA TERRITORIAL ROSARIO
· AGENCIA TERRITORIAL SANTA FE
· AGENCIA TERRITORIAL RÍO CUARTO
· AGENCIA TERRITORIAL CÓRDOBA
ARTÍCULO 3°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y CONURBANO BONAERENSE (IF-2019-70340918-APN-SACYSF#MPYT) de acuerdo a lo establecido en el ANEXO III de la presente Resolución:
· AGENCIA TERRITORIAL CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
· AGENCIA TERRITORIAL LA MATANZA
· AGENCIA TERRITORIAL LANÚS
· AGENCIA TERRITORIAL LA PLATA
· AGENCIA TERRITORIAL LOMAS DE ZAMORA
· AGENCIA TERRITORIAL MORENO
· AGENCIA TERRITORIAL SAN MARTÍN
ARTÍCULO 4°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL CUYO de acuerdo a lo establecido en el ANEXO IV (IF-2019-70341653-APN-SACYSF#MPYT) de la presente Resolución:
· AGENCIA TERRITORIAL SAN LUIS
· AGENCIA TERRITORIAL SAN JUAN
· AGENCIA TERRITORIAL LA RIOJA
· AGENCIA TERRITORIAL MENDOZA
· AGENCIA TERRITORIAL SAN RAFAEL
ARTÍCULO 5°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL NEA de acuerdo a lo establecido en el ANEXO V (IF-2019-70341973-APN-SACYSF#MPYT) de la presente Resolución:
· AGENCIA TERRITORIAL CORRIENTES
· AGENCIA TERRITORIAL FORMOSA
· AGENCIA TERRITORIAL POSADAS
· AGENCIA TERRITORIAL RESISTENCIA
ARTÍCULO 6°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL NOA (IF-2019-70342226-APN-SACYSF#MPYT) de acuerdo a lo establecido en el ANEXO VI de la presente Resolución:
· AGENCIA TERRITORIAL TUCUMÁN
· AGENCIA TERRITORIAL CATAMARCA
· AGENCIA TERRITORIAL SANTIAGO DEL ESTERO
· AGENCIA TERRITORIAL SALTA
· AGENCIA TERRITORIAL JUJUY
ARTÍCULO 7°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL PAMPEANA de acuerdo a lo establecido en el ANEXO VII (IF-2019-70342610-APN-SACYSF#MPYT) de la presente Resolución:
· AGENCIA TERRITORIAL BAHIA BLANCA
· AGENCIA TERRITORIAL JUNÍN
· AGENCIA TERRITORIAL MAR DEL PLATA
· AGENCIA TERRITORIAL SAN NICOLÁS
· AGENCIA TERRITORIAL SANTA ROSA
· AGENCIA TERRITORIAL TANDIL
· AGENCIA TERRITORIAL ZÁRATE CAMPANA
ARTÍCULO 8°.- Establécese que por el plazo de SESENTA (60) días hábiles contados a partir de la firma del presente se mantendrán transitoriamente los permisos y demás funciones vigentes a la fecha que hagan a la gestión operativa y administrativas de las Agencias Territoriales, a los fines de adoptar medidas de transición para la reorganización de las áreas afectadas.
ARTÍCULO 9°.- Regístrese, comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Tomas Aramburu
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/08/2019 N° 60630/19 v. 20/08/2019
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)
DIRECCIÓN REGIONAL AUSTRAL
ANEXO I
DIRECCIÓN REGIONAL AUSTRAL
IF-2019-70343044-APN-SACYSF#MPYT
ANEXO II
DIRECCIÓN REGIONAL CENTRO
IF-2019-70340389-APN-SACYSF#MPYT
DIRECCIÓN REGIONAL CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y CONURBANO BONAERENSE
ANEXO III
DIRECCIÓN REGIONAL CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y CONURBANO BONAERENSE
IF-2019-70340918-APN-SACYSF#MPYT
DIRECCIÓN REGIONAL CUYO
ANEXO IV
DIRECCIÓN REGIONAL CUYO
IF-2019-70341653-APN-SACYSF#MPYT
ANEXO V
DIRECCIÓN REGIONAL NEAIF-2019-70341973-APN-SACYSF#MPYT
DIRECCIÓN REGIONAL NOA
ANEXO VI
DIRECCIÓN REGIONAL NOA
IF-2019-70342226-APN-SACYSF#MPYT
ANEXO VII
DIRECCIÓN REGIONAL PAMPEANA
IF-2019-70342610-APN-SACYSF#MPYT