TRABAJO AGRARIO
CONDUCTOR TRACTORISTA, MAQUINISTA DE MAQUINAS COSECHADORAS Y AGRICOLAS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
12-Oct-2018
Resumen:
FIJANSE LAS REMUNERACIONES MINIMAS PARA EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑA COMO CONDUCTOR TRACTORISTA, MAQUINISTA DE MAQUINAS COSECHADORAS Y AGRICOLAS QUE SE DESEMPEÑEN EXCLUSIVAMENTE EN LAS TAREAS DE RECOLECCION Y COSECHA DE GRANOS Y OLEAGINOSAS, CON VIGENCIA DESDE EL 1° DE AGOSTO DE 2017 HASTA EL 31 DE JULIO DE 2018, EN EL AMBITO DE TODO EL PAIS, CONFORME SE CONSIGNA EN LOS ANEXOS I II Y III QUE FORMAN PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE RESOLUCION.