MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
VALOR DE MOVILIDAD
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
15-Feb-2018
Resumen:
EL VALOR DE LA MOVILIDAD PREVISTA EN EL ARTICULO 32 DE LA LEY Nº 24.241 Y SUS MODIFICATORIAS, CORRESPONDIENTE AL MES DE MARZO DE 2018, ES DE CINCO CON SETENTA Y UN CENTESIMOS POR CIENTO ( 5,71 %), CONFORME LO PREVISTO EN EL ANEXO I DE LA LEY N° 27.426.