Presidencia de la Nación

SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL


ASIGNACIONES FAMILIARES

Resolución 2/2006

Establécese que la ANSES, como autoridad de aplicación del Régimen de Asignaciones Familiares, queda facultada para establecer y determinar los recaudos específicos, plazos y documentación necesaria para la percepción de la asignación familiar por Ayuda Escolar Anual.

Bs. As., 17/3/2006

VISTO la Ley Nº 24.714 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 1245 de fecha 1º de noviembre de 1996, 258 de fecha 9 de marzo de 1998, 368 de fecha 30 de marzo de 2004, 1691 de fecha 30 de noviembre de 2004 y 1134 de fecha 19 de setiembre de 2005 y sus respectivas modificatorias, y las Resoluciones de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 14 de fecha 30 de julio de 2002 y 60 de fecha 11 de noviembre de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que desde la sanción de la Ley Nº 24.714 se han dictado diversas normas reglamentarias del régimen de Asignaciones Familiares que a su vez han dado lugar a numerosas interpretaciones que se fueron reiterando a lo largo del tiempo.

Que la Ayuda Escolar es una asignación familiar concedida a quienes tienen hijos o menores de edad en edad escolar, a fin de contribuir a sufragar los gastos propios del inicio de todo ciclo lectivo, sirviendo asimismo como un incentivo contra la deserción escolar.

Que teniendo en cuenta la obligatoriedad de los ciclos estudiantiles y que los datos oficiales hablan de una numerosa cantidad de niños que han iniciado el ciclo lectivo en el presente año, se instaura una presunción general de asistencia escolar.

Que el estado actual de las comunicaciones y el intercambio de datos con los que se nutre la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), fruto de convenios, como el que actualmente se encuentra firmado con la Provincia de BUENOS AIRES y los que se encuentran próximos a ser suscriptos con las Provincias de SANTA FE, MENDOZA y CORDOBA, genera mejoras en los procesos y controles que la citada Administración realiza en las diversas prestaciones.

Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), a través de los diferentes medios de comunicación habilitados recaba toda la información necesaria para comprobar la concurrencia regular de los menores al ciclo lectivo.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 628 del 13 de junio de 2005 y el Decreto Nº 1666 del 27 de diciembre de 2005

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE POLITICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º — Establécese que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), como autoridad de aplicación del Régimen de Asignaciones Familiares, queda facultada para establecer y determinar los recaudos específicos, plazos y documentación necesaria para la percepción de la asignación familiar por Ayuda Escolar Anual.

Art. 2º — Déjase aclarado que, a todos los fines relacionados con los requisitos y pago de la asignación familiar por ayuda escolar anual correspondiente al ciclo lectivo 2006, los trabajadores bajo relación de dependencia con empleadores que se encuentran incluidos en el Sistema de Fondo Compensador deben regirse por lo establecido en la Resolución de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL Nº 14/02 y su modificatoria, la Resolución de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL Nº 60/04.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Walter O. Arrighi.

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