Presidencia de la Nación

Resolución 189 / 1995

MINISTERIO DEL INTERIOR


MIGRACIONES

VISA DE TURISMO

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 21-Mar-1995
Resumen:

LOS NACIONALES DE LOS PAISES AMERICANOS MENCIONADOS EN EL ANEXO I, PODRAN IN GRESAR AL PAIS COMO TURISTAS, CON PASAPORTE VALIDO SIN VISACION CONSULAR O ALTERNATIVAMENTE, CON OTRO DOCUMENTO QUE SE ESPECIFIQUE EN EL ANEXO REFERIDO.

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