Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE SALUD


MINISTERIO DE SALUD

Resolución 1866-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 13/10/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-20965074-APN-DCSS#MS del Registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que las políticas de Salud tienen por objetivo primero y prioritario asegurar el acceso de todos los habitantes de la Nación a los Servicios de Salud, entendiendo por tales al conjunto de los recursos y acciones de carácter promocional, preventivo, asistencial y de rehabilitación, sean éstos de carácter público estatal, no estatal o privados; con fuerte énfasis en el primer nivel de atención.

Que en el marco de las políticas del Ministerio de Salud de la Nación se desarrolla el PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE CALIDAD DE LA ATENCION MEDICA, creado por Resolución N° 432/1992 de la SECRETARÍA DE SALUD del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL, refrendado oportunamente por el decreto N° 1424/1997 y luego por el Decreto N° 178/2017 y la Resolución 856-E/2017 que actualiza los ejes conceptuales del programa.

Que entre los objetivos del Programa se encuentran el diseño de instrumentos, la capacitación, sensibilización, investigación y gestión de mejoras de los riesgos sanitarios en los establecimientos de todo el país.

Que entre las funciones del Programa se encuentra la elaboración de directrices de organización y funcionamiento de los Servicios de Salud.

Que las Directrices de Organización y Funcionamiento se elaboran con la participación de entidades Académicas, Universitarias y Científicas de profesionales asegurando de esa forma la participación de todas las áreas involucradas en el Sector Salud.

Que por Resolución 1712 /2005 se aprobaron las normas e instrumentos para la Habilitación Categorizante de los servicios de quirófanos como anexo de Consultorios, Centros Médicos, Servicios Médicos y/u Odontológicos de Urgencia e Institutos y el Listado de procedimientos de Cirugía Menor Ambulatoria y Cirugía Mayor Ambulatoria en el ámbito de fiscalización del ex Ministerio de Salud y Ambiente.

Que por Resolución 116 E /2017 se modificaron los artículos 2 °, artículos 3° , artículo 8° y se reemplazó el anexo IV de la Resolución 1712/2005, que aprobó el listado de procedimientos de Cirugía Menor Ambulatoria y Cirugía Mayor Ambulatoria , que resultan susceptibles de ser realizados en los quirófanos anexos a Consultorios y en Centros Médicos.

Que por artículo 6° de la Resolución 116 E /2017 se reconoce la necesidad de elaborar una Directriz de Organización y Funcionamiento en el marco del PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE LA CALIDAD EN LA ATENCIÓN MÉDICA sobre este tema.

Que la DIRECCION NACIONAL DE REGULACION SANITARIA Y CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD, la SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE REGULACION Y FISCALIZACION, y la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS han tomado la intervención de su competencia y avalan su incorporación al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE CALIDAD DE LA ATENCION MEDICA.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se adopta en uso de las atribuciones contenidas por la “Ley de Ministerios T.O. 1992”, modificada por Ley Nº 26.338.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébense las DIRECTRICES DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS CIRUGIA AMBULATORIA que como ANEXO IF-2017-21149592-APN-DNRSCSS#MS forma parte integrante de la presente resolución

ARTÍCULO 2º.- Apruébense el LISTADO DE PROCEDIMIENTOS QUIRURGICOS SUSCEPTIBLES DE SER REALIZADAS EN QUIRÓFANOS ANEXO A CONSULTORIOS Y EN CENTROS CIRUGIA MENOR O MAYOR AMBULATORIA que como ANEXO IF-2017-21149480-APN-DNRSCSS#MS forma parte integrante de la presente resolución

ARTÍCULO 3º.- Apruébense las GRILLAS DE HABILITACION CATEGORIZANTE DE LOS SERVICIOS DE CIRUGIA AMBULATORIA que como ANEXO IF-2017-21149364-APN-DNRSCSS#MS forma parte integrante de la presente resolución

ARTÍCULO 4°.- Incorpórese al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE CALIDAD DE LA ATENCION MEDICA.

ARTÍCULO 5°.- Difúndase a través de la DIRECCIÓN DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD las DIRECTRICES, a fin de asegurar el máximo conocimiento y aplicación de las mismas en el marco de dicho Programa Nacional.

ARTÍCULO 6°.- Difúndase a través de la DIRECCIÓN DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD las Grillas de Habilitación Categorizante que se aprueban por el artículo 3° de la presente, a fin de asegurar el máximo conocimiento y aplicación de las mismas en el marco de dicho Programa Nacional.

ARTÍCULO 7º.- Invitase a las Jurisdicciones, a los establecimientos universitarios, de las Fuerzas Armadas y Seguridad, y de la Seguridad Social a adherir a la presente.

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge Daniel Lemus.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 19/10/2017 N° 78863/17 v. 19/10/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


DIRECTRICES DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE CIRUGIA AMBULATORIA

Los procedimientos de Cirugía ambulatoria se podrán realizar en Quirófanos anexo a Consultorios o en Centros de Cirugía Ambulatoria Menor o Mayor según corresponda.

QUIRÓFANO ÚNICO ANEXO A CONSULTORIO

Entiéndese por Cirugía Menor Ambulatoria a los procedimientos quirúrgicos menores que se realizan con anestesia local y que, sin ningún período de recuperación, permiten al paciente retirarse del consultorio o del Centro en forma inmediata. Todas las prácticas contenidas en la definición deberán ser realizadas por médicos especialistas, registrados ante la autoridad competente, y cuya especialidad sea afín

Accesos y circulaciones

Los accesos posibilitarán el control de ingresos y estarán debidamente identificados. En todos los casos las circulaciones serán independientes espacialmente de las áreas de trabajo y no presentarán barreras arquitectónicas, salvándose los desniveles, de existir con rampas de pendiente reglamentaria. El quirófano anexo a consultorio deberá tener un fácil acceso desde el exterior.

QUIRÓFANO

Deberá ser independiente del resto de los locales, con acceso directo desde el área de lavado. Espacio adecuado que permita la libre circulación del profesional actuante. Se deberá prever alrededor de la mesa de operaciones espacio libre que permita la correcta ubicación del personal y equipo que actúa sobre el paciente y la circulación simultánea de una persona por el espacio inmediato posterior, con normal acceso de la camilla, más una persona al costado de la mesa de operaciones para el traslado del paciente.

Superficie mínima para este quirófano: 9 metros cuadrados. Adecuada iluminación natural y/o artificial.

Deberá poseer un sistema de luz eléctrica de emergencia. Contará con sistema de puesta a tierra para todos los circuitos de tomacorrientes (monofásicos y trifásicos) conectados al correspondiente dispositivo que cumpla con los fines propuestos. Las instalaciones poseerán los dispositivos de seguridad eléctrica: protecciones termomagnéticas y disyuntores.

El ancho libre de las puertas deberá permitir el normal acceso de una camilla o silla de ruedas al local. Pisos: resistentes al uso, lavables, impermeables, lisos con ángulos redondeados.

Paredes y cielorraso: resistentes al uso, impermeables, lavables, ignífugos, superficies lisas, sin molduras, que no acumulen suciedad y de fácil limpieza.

Adecuada climatización. La misma podrá ser garantizada por aire acondicionado, calefacción, refrigeración, ventilación forzada.

Si se utiliza aire acondicionado no deberá ser recirculado. El aire inyectado al local deberá ser filtrado o esterilizado. En todos los casos las tomas de aire deberán hacerse de zonas no contaminadas.

Seguridad contra incendios: se deberán tomar todas las previsiones vigentes establecidas por autoridad competente.

Equipamiento:

• Mesa quirúrgica: de material cromado o inoxidable o material lavable con movimiento universal y con los accesorios correspondientes para distintas posiciones o sillón según procedimientos.

• Mesa para instrumental: de material inoxidable o cromado.

• Mesas accesorias: con características similares a las anteriores.

• Bancos altos o taburetes.

• Soportes o carriles para frascos de venoclisis.

• Lebrillos o palanganas

• Aspirador mecánico

• Fuente de oxígeno

• Fuente de luz central o frontal.

• Carro de paro cardíaco y de traqueostomía según normativas vigentes.

• Área de lavado:

• Esta área estará ubicada de manera que una vez utilizada por el cirujano, el mismo tenga acceso directo a la sala de operaciones.

• Las piletas contarán con equipos de accionamiento a codo o pedal o automático no manual, dispositivo proveedor de jabón o proveedor de solución antiséptica con accionamiento no manual.

SALA DE RECUPERACIÓN

Localizada adyacente al quirófano.

El ancho libre de las puertas debe permitir el normal acceso de una camilla o silla de ruedas.

Superficie mínima de 9 m2 con acceso a un sanitario.

Las condicionantes ambientales de privacidad y asepsia.

Características pisos, zócalos, paredes y cielo rasos similar al quirófano.

Instalaciones generales de electricidad y de prevención de incendios similar al quirófano.

Equipamiento:

• Lavado, toallero para descartables.

• Camilla, cama o sillón.

• Accesibilidad a oxígeno y carro de paro del quirófano.

VESTUARIO Y SANITARIO PARA PERSONAL Y PACIENTES

AREA DE ROPA LIMPIA Y SUCIA

Recursos humanos:

El quirófano estará a cargo de un cirujano general o especialista validado por la autoridad competente.

De ser necesario, Médico Anestesista validado por la autoridad competente.

En caso de ser necesario podrá ser asistido por enfermera y/o instrumentadora con título validado por la autoridad competente

Marco normativo

Convenio de derivación con empresa de traslado sanitario de pacientes, que cuente con unidades de alta complejidad de traslado habilitada por autoridad competente.

Convenio con establecimiento asistencial con internación que cuente con Unidad de Terapia Intensiva, habilitado por autoridad competente.

Esterilización propia de materiales o contrato con empresa esterilizadora habilitada.

Convenio con empresa de residuos biopatológicos.

Norma de manejo de residuos biopatológicos vigentes

CENTRO DE CIRUGÍA MENOR AMBULATORIA

Entiéndese por Cirugía Menor Ambulatoria a los procedimientos quirúrgicos menores que se realizan con anestesia local y que, sin ningún período de recuperación, permiten al paciente retirarse del consultorio o del Centro en forma inmediata. Todas las prácticas contenidas en la definición deberán ser realizadas por médicos especialistas, registrados ante la autoridad competente, y cuya especialidad sea afín

Accesos y Circulaciones

Los accesos posibilitarán el control de ingresos y estarán debidamente identificados. En todos los casos las circulaciones serán independientes espacialmente de las áreas de trabajo y no presentarán barreras arquitectónicas, salvándose los desniveles, de existir con rampas de pendiente reglamentaria. El centro de Cirugía deberá tener un fácil acceso desde el exterior.

Características constructivas

Pisos: resistentes al uso, lisos, lavables, continuos, impermeables, sin comunicación con red cloacal (en área de quirófano). Zócalos: impermeables y ángulos redondeados (en áreas de circulación restringida).

Paredes y cielorrasos: superficies fácilmente lavables, l isas, aislantes y resistentes al fuego.

Puertas: de acceso de luz libre, que permita el paso de camillas o sillas de ruedas.

Instalación eléctrica:

Contará con sistema de puesta a tierra para todos los circuitos de tomacorrientes (monofásicos y trifásicos) conectados al correspondiente dispositivo que cumpla con los fines propuestos. Las instalaciones poseerán los dispositivos de seguridad eléctrica: protecciones termomagnéticas y diyuntores.

Contará con instalación o dispositivos para luz de emergencia en accesos, circulaciones, local de enfermería y quirófanos.

Gases medicinales: Contará con el abastecimiento y suministro, centralizado o individual, de aquellos gases (oxígeno, vacío, aire comprimido, etc.) que se requieran.

Condiciones de seguridad:

Deberá contar como mínimo con matafuegos autorizados por la autoridad competente y según reglamentaciones vigentes.

Salidas de emergencia debidamente señalizadas.

AREAS GENERALES

Consultorios

Áreas de espera

Área de recepción de pacientes

AREA QUIRÚRGICA

Zona de circulación restringida

Quirófanos en cantidad variable según cada unidad.

QUIRÓFANO

Deberá ser independiente del resto de los locales, con acceso directo desde el área de lavado.

Espacio adecuado que permita la libre circulación del profesional actuante. Se deberá prever alrededor de la mesa de operaciones espacio libre que permita: la correcta ubicación del personal y equipo que actúa sobre el paciente y la circulación simultánea de una persona por el espacio inmediato posterior, con normal acceso de la camilla, más una persona al costado de la mesa de operaciones para el traslado del paciente.

Superficie mínima 9m2

El ancho libre de las puertas deberá permitir el normal acceso de una camilla o silla de ruedas al local.

Adecuada iluminación natural y/o artificial

Pisos: resistentes al uso, lavables, impermeables, lisos con ángulos redondeados.

Paredes y cielorrasos: resistentes al uso, impermeables, lavables, ignífugas, superficies lisas, sin molduras, que no acumulen suciedad y de fácil limpieza

Adecuada climatización. La misma podrá ser garantizada por aire acondicionado, calefacción, refrigeración, ventilación forzada.

Si se utiliza aire acondicionado no deberá ser recirculado. El aire inyectado al local deberá ser filtrado o esterilizado. En todos los casos las tomas de aire deberán hacerse en zonas no contaminadas.

Conectados al correspondiente dispositivo que cumpla con los fines propuestos. Las instalaciones poseerán los dispositivos de seguridad eléctrica: protecciones termomagnéticas y diyuntores.

Gases medicinales: contará con el abastecimiento y suministro de aquellos gases (oxígeno, vacío, aire comprimido, etc.) que se requieran.

Equipamiento:

• Mesa quirúrgica: de material cromado o inoxidable o material lavable con movimiento universal y con los accesorios correspondientes para distintas posiciones o sillón según procedimientos.

• Mesa para instrumental: de material inoxidable o cromado

• Mesas accesorias con características similares a las anteriores

• Bancos altos o taburetes

• Soportes o carriles para frascos de venoclisis

• Lebrillos o palanganas

• Aspirador mecánico

• Fuente de luz central o frontal

• Carro de paro cardíaco según normativa vigente

Área de lavado

Esta área estará ubicad de manera que una vez utilizada por el cirujano, el mismo tenga acceso directo a la sala de operaciones

Las piletas contarán con equipos de accionamiento a codo o pedal o automático no manual, dispositivo proveedor de jabón o proveedor de solución antiséptica con accionamiento no manual.

SALA DE RECUPERACIÓN

Localizada adyacente al quirófano

El ancho libre de las puertas permite el normal acceso de una camilla o silla de ruedas

Superficie mínima de 9m2 con acceso a un sanitario

Las condicionantes ambientales de privacidad y asepsia

Características pisos, zócalos, paredes y cielo rasos similar al quirófano

Instalaciones generales de electricidad y de prevención de incendios similar al quirófano

Equipamiento

• Lavabo, toallero para descartables

• Camilla, cama o sillón

• Accesibilidad oxígeno y carro de paro del quirófano

Vestuario y sanitarios para personal y pacientes

Local para abastecimientos y procesamientos periféricos limpios

Local para abastecimientos y procesamientos periféricos usados

Depósitos de equipos Depósitos de limpieza

Depósitos de residuos comunes y/o biopatogénicos

RECURSO HUMANO

Deberá contar con un Director médico de la institución habilitado por autoridad competente de la Jurisdicción.

Área quirúrgica: a cargo de un médico especialista en Cirugía (validado por autoridad competente), cuya función es la coordinación operativa y asistencial del área.

Médicos asistenciales especialistas en cirugía (validado por autoridad competente). De ser necesario, Médico anestesista validado por autoridad competente. Instrumentadoras y/o enfermeras validadas por autoridad competente. Personal administrativo y de limpieza.

MARCO NORMATIVO

Convenio con Establecimiento Asistencial con Internación que cuente con Unidad de Terapia Intensiva, habilitado por autoridad competente.

Convenio de derivación con Empresa de Traslado Sanitario de Pacientes, que cuente con unidades de alta complejidad de traslado habilitada por autoridad competente.

Esterilización propia de materiales o contrato con empresa esterilizadora habilitada.

Norma de manejo de residuos biopatológicos vigentes

Convenio con empresa de residuos biopatológicos.

Plan de evacuación en caso de siniestro.

Plan de mantenimiento propio o contratado.

Normas de procedimientos para la prevención y control de infecciones vigentes.

CENTRO DE CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA

Se entenderá por Cirugía Mayor Ambulatoria a la modalidad de prestación del servicio quirúrgico realizada con anestesia local, regional o general, que requiere que el paciente reciba cuidados post-operatorios poco intensivos y cuya duración no podrá ser superior a SEIS (6) horas, por lo que no necesitan internación y que cumplido el período de recuperación son derivados a su domicilio. Todas las prácticas contenidas en la

definición deberán ser realizadas por médicos especialistas, registrados ante la autoridad competente, y cuya especialidad sea afín

Accesos y circulaciones

Los accesos posibilitarán el control de ingresos y estarán debidamente identificados. En todos los casos las circulaciones serán independientes espacialmente de las áreas de trabajo y no presentarán barreras arquitectónicas, salvándose los desniveles, de existir con rampas de pendiente reglamentaria. El Centro de cirugía deberá tener un fácil acceso desde el exterior.

Características constructivas

Pisos: resistentes al uso, lisos, lavables, continuos, impermeables, sin comunicación con red cloacal (en quirófanos). Zócalos: impermeables y ángulos redondeados (en áreas de circulación restringida).

Paredes y cielorrasos: superficies fácilmente lavables, lisas, aislantes y resistentes al fuego.

Puertas: de acceso de luz libre, que permita el paso de camillas y/o sillas de ruedas.

Instalación eléctrica:

Contará con sistema de puesta a tierra para todos los circuitos de tomacorrientes (monofásicos y trifásicos) conectados al correspondiente dispositivo que cumpla con los fines propuestos. Las instalaciones poseerán los dispositivos de seguridad eléctrica: protecciones termomagnéticas y diyuntores.

Contará con instalación o dispositivos para luz de emergencia en accesos, circulaciones, local de enfermería y quirófanos.

Gases medicinales:

Contará con el abastecimiento y suministro, centralizado o individual, de que los gases (oxígeno, vacío, aire comprimido, etc.) que se requieran.

Condiciones de seguridad:

Deberá contar con matafuegos autorizados por la autoridad competente según reglamentación vigente. Salidas de emergencia debidamente señalizadas, aptas para su uso.

El Centro de Cirugía Ambulatoria deberá estar adecuadamente señalizado y deberá disponer de medios de comunicación con el exterior del mismo, con la posibilidad de traslado de camillas por ascensor en el caso de existir más de una planta.

AREAS GENERALES

Consultorios

Áreas de espera

Área de recepción de pacientes

ÁREA QUIRÚRGICA

Zona de Circulación Restringida

Quirófanos en cantidad variable según cada unidad.

QUIRÓFANO

Deberá ser independiente del resto de los locales, con acceso directo desde el área de lavado.

Espacio adecuado que permita la libre circulación del profesional actuante. Se deberá prever alrededor de la mesa de operaciones espacio libre que permita la correcta ubicación del personal y equipo que actúa sobre el paciente y la circulación simultánea de una persona por el espacio inmediato posterior, con normal acceso de la camilla, más una persona al costado de la mesa de operaciones para el traslado del paciente.

Superficie mínima: 12metros cuadrados (cada lado con un mínimo de 3 metros).

Adecuada iluminación natural y/o artificial.

Pisos: resistentes al uso, lavables, impermeables, lisos con ángulos redondeados.

Paredes y cielorrasos: resistentes al uso, impermeables, lavables, lavables, ignífugas, superficies lisas, sin molduras, que no acumulen suciedad y de fácil limpieza.

Adecuada climatización. La misma podrá ser garantizada por aire acondicionado, calefacción, refrigeración, ventilación forzada.

Deberá poseer un sistema de energía eléctrica de emergencia.

Contará con sistema de puesta a tierra para todos los circuitos de tomacorrientes (monofásicos y trifásicos) conectados al correspondiente dispositivo que cumpla con los fines propuestos. Las instalaciones poseerán los dispositivos de seguridad eléctrica: protecciones termomagnéticas y disyuntores.

Gases medicinales

Contará con el abastecimiento y suministro, centralizado o individual, de aquellos gases (oxígeno, vacío, aire comprimido, etc.) que se requieran.

Equipamiento

• Mesa quirúrgica: de material cromado o inoxidable o material lavable con movimiento universal y con los accesorios correspondientes para distintas posiciones.

• Mesa y máquina de anestesia.

• Mesa para instrumental: de material inoxidable o cromado

• Mesas accesorias con características similares a las anteriores

• Bancos altos o taburetes

• Soportes o carriles para frascos de venoclisis

• Lebrillos o palanganas

• Aspirador mecánico

• Fuente de luz central o frontal

• Carro de paro cardíaco y de traqueostomía según reglamentación vigente.

• Área de lavado

• Esta área estará ubicada de manera que una vez utilizada por el cirujano, el mismo tenga acceso directo a la sala de operaciones

• Las piletas contarán con equipos de accionamiento a codo o pedal o automático no manual, dispositivo proveedor de jabón o proveedor de solución antiséptica con accionamiento no manual.

AREAS COMPLEMENTARIAS

Sala de Recuperación y Preanestesia


Contará con una superficie mínima de 12 m2 y su crecimiento según el número de puestos de recuperación estará acorde a la demanda de cirugías.

Las condiciones ambientales con que deberá contar son: privacidad, protecciones de seguridad, asepsia visual y sonora.

El equipamiento mínimo con que deberá contar es: lavabo, toallero para descartables, camilla, cama, sillón, recipiente con tapa y papelero.

Insumos requeridos por anestesista y accesibilidad al equipamiento de quirófano (carro de paro y gases medicinales).

Vestuario y sanitarios para personal y pacientes

Local para Abastecimientos y Procesamientos Periféricos limpios.

Local para Abastecimientos y Procesamientos Periféricos usados.

Depósito de Equipos

Depósitos de Limpieza

Depósitos de Residuos Comunes y/o Biopatogénicos.

RECURSO HUMANO

Deberá contar con un Director médico de la institución habilitado por autoridad competente.

Área quirúrgica: a cargo de un médico especialista en Cirugía (validado por autoridad competente), cuya función es la coordinación operativa y asistencial del área.

Médicos asistenciales especialistas en cirugía (validado por autoridad competente). Médico anestesista certificado por autoridad competente. Instrumentadoras y/o enfermeras certificadas por autoridad competente. Personal administrativo y de limpieza.

MARCO NORMATIVO

Convenio con Establecimiento Asistencial con Internación que cuente con Unidad de Terapia Intensiva, habilitado por autoridad competente.

Convenio de derivación con Empresa de Traslado Sanitario de Pacientes, que cuente con unidades de alta complejidad de traslado habilitada por autoridad competente.

Esterilización propia de materiales o contrato con empresa esterilizadora habilitada.

Convenio con empresa de residuos biopatológicos.

Norma de Bioseguridad vigentes

Norma de manejo de residuos biopatológicos vigentes

Normas escritas de evacuación y de procedimientos ante emergencias.

Plan de evacuación en caso de siniestro.

Programa de mantenimiento propio o contratado.

Normas de procedimientos para la prevención y control de infecciones vigentes.




LISTADO DE PROCEDIMIENTOS QUIRÚRGICOS

1. CIRUGIA MENOR AMBULATORIA

PRÁCTICAS QUIRÚRGICAS DE CIRUGÍA MENOR AMBULATORIA SUSCEPTIBLES DE SER REALIZADAS EN QUIRÓFANOS ANEXOS A CONSULTORIOS O CENTROS DE CIRUGÍA MENOR AMBULATORIA

Nota: para la factibilidad de la realización de estos procedimientos es importante tener en cuenta las condiciones psicofísicas del paciente, el examen pre quirúrgico, la variabilidad clínica de la patología y el consentimiento informado del paciente.

Cirugía General

Cirugía Quiste pilonidal.

Cirugías del TCS.

Shunt A-V para hemodiálisis

Cirugía Máxilofacial ORL y de Cabeza y Cuello

Cirugía de los senos paranasales endoluminal

Cirugía dentaria.

Biopsias orales.

Biopsia ganglionar.

Cirugía de las glándulas salivares.

Amigdalectomía.

Adenoidectomía

Miringoplastía.

Cirugía del oído externo y medio.

Cirugía Obstétrica y Ginecológica

Raspado uterino diagnóstico con o sin biopsia de cuello o aspiración endometrial para citología exfoliativa.

Crio coagulación.

Escisión local de lesión de cuello (pólipo), electrocoagulación de cuello o cauterización química, biopsia de cuello.

Colpotomía, vaginotomía de drenaje ( absceso pelviano escisión local de lesión vaginal)

Biopsia de vagina, punción de vagina (diagnóstica o exploradora, punción de saco de Douglas)

Amniocentesis transabdominal o vía vaginal

Escisión local de lesión de mama (quiste, fibroadenoma o tejido mamario aberrante) de lesión de conducto de pezón.

Escisión de lesión de mama o pezón para biopsia.

Drenaje de absceso mamario.

Punción quiste mamario, punción biopsia de mama

Marcación mamaria pre quirúrgica.

Videohisteroscopía diagnóstica y/o terapéutica.

Cirugía Oftalmológica

Cataratas.

Estrabismo.

Cirugía de la cámara anterior.

Cirugía de párpados y conjuntiva.

Cirugía del conducto lagrimal.

Cirugía Ortopédica y Traumatológica

Artroscopía diagnóstica

Biopsia ósea y muscular.

Extracción de osteosíntesis.

Cirugía Urológica

Riñón y Uréter


Cambio de nefrostomía

Retiro de catéter ureteral

Biopsia renal por punción

Punción evacuadora de quiste renal

Vejiga

Punción evacuadora vesical

Cistostomía por punción

Uretra

Meatotomía uretral

Próstata y vesículas seminales

Biopsia de próstata por punción.

Testículo, Deferente y Epidídimo

Biopsia de testículo

Drenaje de absceso testicular

Punción de derrame escrotal

Biopsia de epidídimo

Vasectomía

Pene

Escisión de lesión de pene

Biopsia de pene

Cauterización de lesión HPV

Postioplastia- Circuncisión

Sección de frenillo

Escisión de cuerda dorsal o ventral

Cirugía plástica estética y reparadora y Dermatológica

Auriculoplastias

Tumores de piel y celular subcutáneo

Implantes capilares

Zetaplastías

Colgajos por deslizamiento y rotación (menores) Injertos de piel

Blefaroplastia

Dermoabrasión profunda.

2.CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

PRÁCTICAS QUIRÚRGICAS DE CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA SUSCEPTIBLES DE SER REALIZADAS CENTROS DE CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA

Nota: para la factibilidad de la realización de estos procedimientos es importante tener en cuenta las condiciones psicofísicas del paciente, el examen pre quirúrgico, la variabilidad clínica de la patología y el consentimiento informado del paciente.

• Cirugía General

Cirugía de Hernias (inguinales,crurales, umbilicales)

Orquidopexia

Patología orificial anal: hemorroides, trombosis hemorroidal, fístulas anales, fisura anal.

Laparoscopia diagnostica

Cirugía Venosa periférica (safenectomía, fleboextracción, resecciones escalonadas).

Gastroenterología

Fibroendoscopías Altas y/o bajas .Diagnosticas y/o Terapéuticas

Videoendoscopias Altas y/o bajas Diagnosticas y/o Terapéuticas

Neumonología

Broncoscopías

Cirugía plástica estética y reparadora

Cirugía de fisura labio alveolo palatina

Lifting completo

Mini Dermolipectomía

Lipoaspiración localizada

Tratamiento de quemaduras de hasta un 15% de profundidad intermedia

Rotación de colgajos medianos Mastoplastía de inclusión

Mastoplastía reductora y Ptosis pequeñas que no requieran transfusión sanguínea

Rinoplastias

Injertos de piel

Cirugía Oftalmológica

Cirugía de Cámara Posterior

Cirugía Obstétrica y Ginecológica

Celioscopía, culdoscopía o laparoscopía convencional con hidroturación, biopsia o debridación.

Laparoscopía con cirugía anexial

Raspado uterino terapéutico

Conización de cuello como única práctica con Leep.

Colporrafia por herida, desgarro (fuera del parto)

Escisión de labios mayores, labios menores, de glándulas de

Bartholino, glándulas de Skene (absceso)

Episiorrafia, perineorrafia o episioperineorrafia (fuera del parto)

Cirugía mínimamente invasora para incontinencia de orina.

Cirugía Ortopédica y Traumatológica

Cirugía de Hallus Valgus

Artroscopía terapéutica




IF-2017-21149364-APN-DNRSCSS#MS

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