ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
VALOR MOVILIDAD - ESTABLECESE
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
17-Mayo-2024
Resumen:
ESTABLECESE QUE EL VALOR DE LA MOVILIDAD PREVISTA EN EL ARTICULO 32 DE LA LEY N° 24.241, SEGUN TEXTO DE LA LEY N° 27.609, CORRESPONDIENTE AL MES DE JUNIO DE 2024, ES DE CUARENTA Y UNO CON CUARENTA Y OCHO CENTESIMOS POR CIENTO (41,48%).