SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
ESTABLECIMIENTOS RURALES FAENA DE EXPORTACION - CONDICIONES Y REQUISITOS
Resumen:
CONDICIONES Y REQUISITOS APLICABLES A LOS ESTABLECIMIENTOS RURALES PROVEEDORES DE GANADO PARA FAENA DE EXPORTACION CON DESTINO A LA UNION EUROPEA (UE) PARA LA ESPECIE OVINA. SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES Y REQUISITOS APLICABLES A LOS ESTABLECIMIENTOS RURALES PROVEEDORES DE GANADO PARA FAENA DE EXPORTACION CON DESTINO A LA UE PARA LA ESPECIE OVINA. SE ABROGAN LAS RESOLUCIONES NROS. 876 DEL 19 DE DICIEMBRE DE 2006 Y 1.280 DEL 11 DE DICIEMBRE DE 2008, AMBAS DEL REFERIDO SERVICIO NACIONAL.
Observaciones:
LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 401/2010 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.