MINISTERIO DE SALUD
Resolución 1844/2013
Créase el Programa Nacional de Salud, Derechos Humanos y Riesgos Psicosociales en el Trabajo. Objetivos.
Bs. As., 6/11/2013
VISTO el Expediente Nº 2002-7046-11-3 del Registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 3° del Decreto Nº 828 de fecha 10 de julio de 2006 fueron establecidas las funciones y los objetivos del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION, siendo de su competencia asistir a la Señora Presidenta de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en todo lo inherente a la salud de la población, y a la promoción de conductas saludables de la comunidad.
Que en este sentido, el mencionado Ministerio debe ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que la Organización Mundial de la Salud señala en su Plan de Acción Global sobre la Salud de los Trabajadores, la necesidad de desarrollar e implementar políticas a nivel nacional con el objeto de brindar apoyo a la salud del colectivo de trabajadores.
Que la Organización Panamericana de la Salud exhorta en su Resolución CD50.R8 “La Salud y los Derechos Humanos” a que dentro de sus posibilidades, los Estados Miembros de la OPS: fortalezcan la capacidad técnica de la autoridad sanitaria para trabajar con las entidades gubernamentales de derechos humanos, apoyen la cooperación técnica de la OPS en la formulación y revisión de los planes nacionales y la legislación sobre salud, incorporando los instrumentos internacionales de derechos humanos, se promuevan y fortalezcan los programas de los trabajadores de la salud sobre los instrumentos internacionales de derechos humanos, se adopten medidas de carácter legislativo, administrativo, educativo y de otra índole para difundir los instrumentos internacionales de derechos humanos que sean aplicables sobre la protección del derecho al goce del grado máximo de salud.
Que tanto la Salud, el pleno ejercicio de los Derechos Humanos y el Trabajo Saludable, constituyen tres aspectos que se encuentran en mutua interdependencia en la comunidad.
Que los riesgos psicosociales en el trabajo representan una problemática acuciante en la sociedad, constituyéndose su tratamiento en una necesaria política de salud pública.
Que los riesgos psicosociales en el trabajo se constituyen como uno de los determinantes de la salud de mayor complejidad de evaluación y tratamiento en lo concerniente al ámbito laboral, siendo necesario contar con un equipo de trabajo especializado para su eficaz abordaje.
Que un modelo de salud pública integral, basado en el derecho humano a la salud, requiere una acción dinámica y movilizadora del MINISTERIO DE SALUD hacia la población en su conjunto, considerando los diferentes ámbitos en los que la comunidad se desarrolla.
Que por lo expuesto, y teniendo en consideración la obligación esencial del Estado Nacional de velar por el bienestar de sus habitantes, se entiende conveniente la creación del PROGRAMA NACIONAL DE SALUD, DERECHOS HUMANOS Y RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO.
Que dicho Programa se orientará a desarrollar acciones de promoción, prevención y atención, para optimizar la calidad de vida de los habitantes de la República Argentina, priorizando el cumplimiento de los Derechos Humanos; abogar por el establecimiento de normativas y sistemas de vigilancia provinciales en consonancia con el espíritu del Programa; promocionar estilos de vida saludables; capacitar al Capital Humano del área de Salud, en la temática objeto del presente programa; desarrollar instrumentos y prácticas específicas concernientes al abordaje de los riesgos psicosociales en el trabajo; propiciar la acción comunitaria y el fortalecimiento del tejido social; investigar los fenómenos implicados en el trinomio Salud - DD HH - Trabajo con la finalidad de transferir tecnología y herramientas eficaces a la sociedad, y generar acciones de concientización sobre los riesgos psicosociales en los ámbitos donde las personas desarrollan sus actividades cotidianas.
Que el Programa de mención deberá estar a cargo de un Coordinador General que tendrá dependencia directa de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS, del MINISTERIO DE SALUD.
Que esta Administración Central cuenta con los recursos presupuestarios para dar sostenimiento económico-financiero a los gastos que la implementación de este programa dará lugar.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la misma se encuentra dictada por las facultadas conferidas en la Ley de Ministerios T.O. 1992 modificada por su similar Ley Nº 26.388.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1° — Créase el PROGRAMA NACIONAL DE SALUD, DERECHOS HUMANOS Y RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO en el ámbito de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS.
Art. 2° — La Coordinación General del PROGRAMA NACIONAL DE SALUD, DERECHOS HUMANOS Y RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO, se encontrará a cargo del Lic. Marcelo CAPUTO, D.N.I. Nº 23.326.448.
Art. 3° — Los objetivos del PROGRAMA NACIONAL DE SALUD, DERECHOS HUMANOS Y RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO, son los que se detallan en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan L. Manzur.
Fundamentación.
Salud y Derechos Humanos
La relación entre Salud y Derechos Humanos se encuentra a la fecha ampliamente desarrollada por los diversos Organismos y Agencias Internacionales referentes sobre el tema1. Cabe destacarse como uno de los jalones iniciales en dicha concientización, lo expresado por los Estados Miembros de la Organización Mundial de la Salud, en el año 1946, donde se acuerda un principio internacional básico y universal: “…el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión ideología política o condición económica o social.”
Recientemente, la Organización Panamericana de la Salud exhorta en su Resolución CD50.R8 “La Salud y los Derechos Humanos” a que dentro de sus posibilidades, los Estados Miembros de la OPS:
a) fortalezcan la capacidad técnica de la autoridad sanitaria para trabajar con las entidades gubernamentales de derechos humanos correspondientes, tales como las defensorías y secretarías de derechos humanos, para evaluar y vigilar la implementación de los instrumentos internacionales de derechos humanos relacionados con la salud que sean aplicables;
b) fortalezcan la capacidad técnica de la autoridad sanitaria a fin de apoyar la formulación de políticas y planes de salud de conformidad con los instrumentos internacionales de derechos humanos relacionados con la salud que sean aplicables;
c) apoyen la cooperación técnica de la OPS en la formulación, la revisión y, si fuera necesario, la reformulación de los planes nacionales y la legislación sobre salud, incorporando los instrumentos internacionales de derechos humanos que sean aplicables, especialmente las disposiciones referentes a la protección de los grupos en situación de vulnerabilidad;
d) promuevan y fortalezcan los programas de capacitación de los trabajadores de la salud sobre los instrumentos internacionales de derechos humanos que sean aplicables;
e) formulen y, de ser posible, adopten medidas de carácter legislativo, administrativo, educativo y de otra índole para difundir los instrumentos internacionales de derechos humanos que sean aplicables sobre la protección del derecho al goce del grado máximo de salud que se pueda lograr y otros derechos humanos relacionados entre el personal apropiado de los poderes legislativos, judiciales y otras autoridades gubernamentales;
1 Para un desarrollo más amplio aunque no exhaustivo del tema, puede consultarse: La salud y los derechos humanos - Documento conceptual (documento CD50/12). ORGANIZACION PANAMERICANA DE LA SALUD. 50° CONSEJO DIRECTIVO - 62.a SESION DEL COMITE REGIONAL. 2010.
f) promuevan la difusión de información entre las organizaciones de la sociedad civil y otros actores sociales, cuando corresponda, con respecto a los instrumentos internacionales de derechos humanos que sean aplicables relacionados con la salud, a fin de abordar la estigmatización, la discriminación y la exclusión de los grupos en situación de vulnerabilidad.
Riesgos Psicosociales en el Trabajo
La OMS plantea2 que un entorno de Trabajo Saludable es aquel en el que los distintos componentes de una Organización colaboran en un proceso de mejora continua para promover y proteger la salud, seguridad y bienestar de los trabajadores y la sustentabilidad del Ambiente de trabajo en base a los diversos indicadores:
• La salud y la seguridad concernientes al ambiente físico de trabajo.
• La salud, la seguridad y el bienestar concernientes al medio psicosocial del trabajo, incluyendo la organización del mismo y la cultura del ambiente de trabajo.
• Los recursos de salud personales en el ambiente de trabajo.
• Las formas en que la comunidad busca mejorar la salud de los trabajadores, sus familias y la de otros miembros de la comunidad.
Si bien todos los indicadores señalados poseen un elevado impacto en la resultante global, conceptualizada como el nivel de salud alcanzado por cada uno de los trabajadores, es importante destacar que algunas variables tienden a estar más visibilizadas que otras, siendo dispar en consecuencia el abordaje que se realiza de las causas enunciadas. Asimismo, es importante señalar que algunos aspectos que hacen a un entorno de trabajo saludable, poseen una elevada complejidad intrínseca, debido a sus mecanismos de producción, aparición, desarrollo y evaluación dentro de una organización.
En este sentido, los riesgos psicosociales en el trabajo aúnan en sí mismos las características mencionadas en el párrafo precedente, constituyéndose por ende en un espacio de vacancia relativa en lo que hace al establecimiento de eficaces y eficientes herramientas de intervención. Es necesario por todo lo expuesto, la adopción de medidas complementarias, con la finalidad de acompañar y potenciar los esfuerzos realizados a la fecha.
Salud, Derechos Humanos y Riesgos Psicosociales en el Trabajo: hacia una visión integral desde los Determinantes Sociales de la Salud
Puede afirmarse sin lugar a dudas que la Salud, el pleno ejercicio de los Derechos Humanos y el Trabajo Saludable constituyen tres aspectos que se encuentran en mutua interdependencia en la comunidad.
En consonancia con dicha conceptualización, las acciones a desarrollar por el Programa se enmarcan dentro del paradigma de protección de los derechos de las personas, sustentado en un enfoque de la salud basado en los derechos humanos3, cuyas características son:
• Utilizar los derechos humanos como marco para el desarrollo sanitario.
• Evaluar las consecuencias que tiene cualquier política, programa o legislación sanitaria para los derechos humanos y adoptar medidas al respecto.
• Tener en cuenta los derechos humanos en la concepción, la aplicación, la supervisión y la evaluación de todos los tipos de políticas y programas (políticos, económicos y sociales, entre otros) que guarden relación con la salud.
2 Entornos laborales saludables: fundamentos y modelo de la OMS: contextualización, prácticas y literatura de apoyo. ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD. 2010.
3 Serie de Publicaciones sobre Salud y Derechos Humanos Nro. 1. Organización Mundial de la Salud. 2002.
Diversos organismos internacionales4 han manifestado la importancia de centrarse en los Determinantes Sociales de la Salud como modo de alcanzar la equidad sanitaria en la población.
Los determinantes sociales de la salud son aquellos factores que mejoran o amenazan el estado de salud de un individuo o una comunidad. Es reconocido que la salud es un estado de balance incluyendo el propio ser, los otros y el ambiente, se deben propiciar entonces intervenciones que transiten dicho radio de acción.
La mayor parte de los problemas de salud pueden atribuirse a las condiciones socio-económicas de las personas. No obstante ello, tradicionalmente las políticas de salud se han centrado en soluciones vinculadas al tratamiento de las enfermedades, sin ocuparse activamente de las “causas de las causas”. Esto ha permitido que la brecha de inequidad sanitaria se haya mantenido o no se haya logrado reducirla en los sectores más vulnerables de la población.
En este sentido, y tomando en consideración que las políticas sociales y económicas gravitan de manera fundamental en el desarrollo del potencial de las personas, las mismas deben tener como norte la Justicia Social como concepto integrador.
Objetivo general:
Fortalecer las capacidades técnicas del Ministerio de Salud de la Nación, a los efectos de articular con entidades de derechos humanos y del ámbito laboral, tanto gubernamentales como de la comunidad, con el objeto de evaluar y vigilar la implementación de instrumentos nacionales e internacionales referidos al Derecho Humano a la Salud y a la prevención de los riesgos psicosociales en el trabajo, como así también apoyando en la formulación de políticas y planes de salud tendientes al cumplimiento de los fines referidos, poniendo especial énfasis en proteger a los grupos en situación de vulnerabilidad.
Objetivos específicos:
- Desarrollar acciones de promoción, prevención y atención, para optimizar la calidad de vida de los habitantes de la República Argentina, priorizando el cumplimiento de los Derechos Humanos.
4 V.gr.: Subsanar las desigualdades en una generación: alcanzar equidad sanitaria actuando sobre los determinantes sociales de la salud. Informe final de la Comisión sobre Determinantes Sociales de la Salud. Ginebra, Organización Mundial de la Salud, 2008.
- Abogar por el establecimiento de normativas y sistemas de vigilancia provinciales en consonancia con el espíritu del Programa.
- Promocionar los estilos de vida saludables.
- Capacitar al Capital Humano del área de Salud, en la temática objeto del presente programa.
- Producir cambios positivos en la población, a través del abordaje de los determinantes sociales de la salud, a partir del trabajo territorial.
- Propiciar la acción comunitaria y el fortalecimiento del tejido social.
- Investigar los fenómenos implicados en el trinomio Salud - DD HH y Trabajo, con la finalidad de transferir tecnología y herramientas eficaces a la sociedad.
- Generar acciones de concientización sobre los riesgos psicosociales en los ámbitos donde las personas desarrollan sus actividades cotidianas. Constituir un espacio de formación y capacitación continua para profesionales y efectores de salud relacionados con las diferentes áreas temáticas abordadas.
- Intercambiar en Foros y Agencias Internacionales las experiencias exitosas realizadas a efectos de formular de manera conjunta recomendaciones sobre políticas nacionales y globales basadas en dichas experiencias.
- Difundir y concientizar sobre el enfoque de salud basado en los Derechos Humanos, en los diversos sectores de la sociedad.
Población destinataria:
El Programa se propone desarrollar acciones en todas aquellas situaciones en las que se vea afectado el derecho a la salud, en tanto se trata de un derecho humano, garantizado por nuestra Carta Magna. Asimismo, se considerará de manera particular al colectivo de trabajadores, en tanto población afectada potencialmente por los riesgos psicosociales en el trabajo.
Resolución 1844/2013
Créase el Programa Nacional de Salud, Derechos Humanos y Riesgos Psicosociales en el Trabajo. Objetivos.
Bs. As., 6/11/2013
VISTO el Expediente Nº 2002-7046-11-3 del Registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 3° del Decreto Nº 828 de fecha 10 de julio de 2006 fueron establecidas las funciones y los objetivos del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION, siendo de su competencia asistir a la Señora Presidenta de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en todo lo inherente a la salud de la población, y a la promoción de conductas saludables de la comunidad.
Que en este sentido, el mencionado Ministerio debe ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que la Organización Mundial de la Salud señala en su Plan de Acción Global sobre la Salud de los Trabajadores, la necesidad de desarrollar e implementar políticas a nivel nacional con el objeto de brindar apoyo a la salud del colectivo de trabajadores.
Que la Organización Panamericana de la Salud exhorta en su Resolución CD50.R8 “La Salud y los Derechos Humanos” a que dentro de sus posibilidades, los Estados Miembros de la OPS: fortalezcan la capacidad técnica de la autoridad sanitaria para trabajar con las entidades gubernamentales de derechos humanos, apoyen la cooperación técnica de la OPS en la formulación y revisión de los planes nacionales y la legislación sobre salud, incorporando los instrumentos internacionales de derechos humanos, se promuevan y fortalezcan los programas de los trabajadores de la salud sobre los instrumentos internacionales de derechos humanos, se adopten medidas de carácter legislativo, administrativo, educativo y de otra índole para difundir los instrumentos internacionales de derechos humanos que sean aplicables sobre la protección del derecho al goce del grado máximo de salud.
Que tanto la Salud, el pleno ejercicio de los Derechos Humanos y el Trabajo Saludable, constituyen tres aspectos que se encuentran en mutua interdependencia en la comunidad.
Que los riesgos psicosociales en el trabajo representan una problemática acuciante en la sociedad, constituyéndose su tratamiento en una necesaria política de salud pública.
Que los riesgos psicosociales en el trabajo se constituyen como uno de los determinantes de la salud de mayor complejidad de evaluación y tratamiento en lo concerniente al ámbito laboral, siendo necesario contar con un equipo de trabajo especializado para su eficaz abordaje.
Que un modelo de salud pública integral, basado en el derecho humano a la salud, requiere una acción dinámica y movilizadora del MINISTERIO DE SALUD hacia la población en su conjunto, considerando los diferentes ámbitos en los que la comunidad se desarrolla.
Que por lo expuesto, y teniendo en consideración la obligación esencial del Estado Nacional de velar por el bienestar de sus habitantes, se entiende conveniente la creación del PROGRAMA NACIONAL DE SALUD, DERECHOS HUMANOS Y RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO.
Que dicho Programa se orientará a desarrollar acciones de promoción, prevención y atención, para optimizar la calidad de vida de los habitantes de la República Argentina, priorizando el cumplimiento de los Derechos Humanos; abogar por el establecimiento de normativas y sistemas de vigilancia provinciales en consonancia con el espíritu del Programa; promocionar estilos de vida saludables; capacitar al Capital Humano del área de Salud, en la temática objeto del presente programa; desarrollar instrumentos y prácticas específicas concernientes al abordaje de los riesgos psicosociales en el trabajo; propiciar la acción comunitaria y el fortalecimiento del tejido social; investigar los fenómenos implicados en el trinomio Salud - DD HH - Trabajo con la finalidad de transferir tecnología y herramientas eficaces a la sociedad, y generar acciones de concientización sobre los riesgos psicosociales en los ámbitos donde las personas desarrollan sus actividades cotidianas.
Que el Programa de mención deberá estar a cargo de un Coordinador General que tendrá dependencia directa de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS, del MINISTERIO DE SALUD.
Que esta Administración Central cuenta con los recursos presupuestarios para dar sostenimiento económico-financiero a los gastos que la implementación de este programa dará lugar.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la misma se encuentra dictada por las facultadas conferidas en la Ley de Ministerios T.O. 1992 modificada por su similar Ley Nº 26.388.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1° — Créase el PROGRAMA NACIONAL DE SALUD, DERECHOS HUMANOS Y RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO en el ámbito de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS.
Art. 2° — La Coordinación General del PROGRAMA NACIONAL DE SALUD, DERECHOS HUMANOS Y RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO, se encontrará a cargo del Lic. Marcelo CAPUTO, D.N.I. Nº 23.326.448.
Art. 3° — Los objetivos del PROGRAMA NACIONAL DE SALUD, DERECHOS HUMANOS Y RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO, son los que se detallan en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan L. Manzur.
ANEXO I
PROGRAMA NACIONAL DE SALUD, DERECHOS HUMANOS Y RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO
Fundamentación.
Salud y Derechos Humanos
La relación entre Salud y Derechos Humanos se encuentra a la fecha ampliamente desarrollada por los diversos Organismos y Agencias Internacionales referentes sobre el tema1. Cabe destacarse como uno de los jalones iniciales en dicha concientización, lo expresado por los Estados Miembros de la Organización Mundial de la Salud, en el año 1946, donde se acuerda un principio internacional básico y universal: “…el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión ideología política o condición económica o social.”
Recientemente, la Organización Panamericana de la Salud exhorta en su Resolución CD50.R8 “La Salud y los Derechos Humanos” a que dentro de sus posibilidades, los Estados Miembros de la OPS:
a) fortalezcan la capacidad técnica de la autoridad sanitaria para trabajar con las entidades gubernamentales de derechos humanos correspondientes, tales como las defensorías y secretarías de derechos humanos, para evaluar y vigilar la implementación de los instrumentos internacionales de derechos humanos relacionados con la salud que sean aplicables;
b) fortalezcan la capacidad técnica de la autoridad sanitaria a fin de apoyar la formulación de políticas y planes de salud de conformidad con los instrumentos internacionales de derechos humanos relacionados con la salud que sean aplicables;
c) apoyen la cooperación técnica de la OPS en la formulación, la revisión y, si fuera necesario, la reformulación de los planes nacionales y la legislación sobre salud, incorporando los instrumentos internacionales de derechos humanos que sean aplicables, especialmente las disposiciones referentes a la protección de los grupos en situación de vulnerabilidad;
d) promuevan y fortalezcan los programas de capacitación de los trabajadores de la salud sobre los instrumentos internacionales de derechos humanos que sean aplicables;
e) formulen y, de ser posible, adopten medidas de carácter legislativo, administrativo, educativo y de otra índole para difundir los instrumentos internacionales de derechos humanos que sean aplicables sobre la protección del derecho al goce del grado máximo de salud que se pueda lograr y otros derechos humanos relacionados entre el personal apropiado de los poderes legislativos, judiciales y otras autoridades gubernamentales;
1 Para un desarrollo más amplio aunque no exhaustivo del tema, puede consultarse: La salud y los derechos humanos - Documento conceptual (documento CD50/12). ORGANIZACION PANAMERICANA DE LA SALUD. 50° CONSEJO DIRECTIVO - 62.a SESION DEL COMITE REGIONAL. 2010.
f) promuevan la difusión de información entre las organizaciones de la sociedad civil y otros actores sociales, cuando corresponda, con respecto a los instrumentos internacionales de derechos humanos que sean aplicables relacionados con la salud, a fin de abordar la estigmatización, la discriminación y la exclusión de los grupos en situación de vulnerabilidad.
Riesgos Psicosociales en el Trabajo
La OMS plantea2 que un entorno de Trabajo Saludable es aquel en el que los distintos componentes de una Organización colaboran en un proceso de mejora continua para promover y proteger la salud, seguridad y bienestar de los trabajadores y la sustentabilidad del Ambiente de trabajo en base a los diversos indicadores:
• La salud y la seguridad concernientes al ambiente físico de trabajo.
• La salud, la seguridad y el bienestar concernientes al medio psicosocial del trabajo, incluyendo la organización del mismo y la cultura del ambiente de trabajo.
• Los recursos de salud personales en el ambiente de trabajo.
• Las formas en que la comunidad busca mejorar la salud de los trabajadores, sus familias y la de otros miembros de la comunidad.
Si bien todos los indicadores señalados poseen un elevado impacto en la resultante global, conceptualizada como el nivel de salud alcanzado por cada uno de los trabajadores, es importante destacar que algunas variables tienden a estar más visibilizadas que otras, siendo dispar en consecuencia el abordaje que se realiza de las causas enunciadas. Asimismo, es importante señalar que algunos aspectos que hacen a un entorno de trabajo saludable, poseen una elevada complejidad intrínseca, debido a sus mecanismos de producción, aparición, desarrollo y evaluación dentro de una organización.
En este sentido, los riesgos psicosociales en el trabajo aúnan en sí mismos las características mencionadas en el párrafo precedente, constituyéndose por ende en un espacio de vacancia relativa en lo que hace al establecimiento de eficaces y eficientes herramientas de intervención. Es necesario por todo lo expuesto, la adopción de medidas complementarias, con la finalidad de acompañar y potenciar los esfuerzos realizados a la fecha.
Salud, Derechos Humanos y Riesgos Psicosociales en el Trabajo: hacia una visión integral desde los Determinantes Sociales de la Salud
Puede afirmarse sin lugar a dudas que la Salud, el pleno ejercicio de los Derechos Humanos y el Trabajo Saludable constituyen tres aspectos que se encuentran en mutua interdependencia en la comunidad.
En consonancia con dicha conceptualización, las acciones a desarrollar por el Programa se enmarcan dentro del paradigma de protección de los derechos de las personas, sustentado en un enfoque de la salud basado en los derechos humanos3, cuyas características son:
• Utilizar los derechos humanos como marco para el desarrollo sanitario.
• Evaluar las consecuencias que tiene cualquier política, programa o legislación sanitaria para los derechos humanos y adoptar medidas al respecto.
• Tener en cuenta los derechos humanos en la concepción, la aplicación, la supervisión y la evaluación de todos los tipos de políticas y programas (políticos, económicos y sociales, entre otros) que guarden relación con la salud.
2 Entornos laborales saludables: fundamentos y modelo de la OMS: contextualización, prácticas y literatura de apoyo. ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD. 2010.
3 Serie de Publicaciones sobre Salud y Derechos Humanos Nro. 1. Organización Mundial de la Salud. 2002.
Diversos organismos internacionales4 han manifestado la importancia de centrarse en los Determinantes Sociales de la Salud como modo de alcanzar la equidad sanitaria en la población.
Los determinantes sociales de la salud son aquellos factores que mejoran o amenazan el estado de salud de un individuo o una comunidad. Es reconocido que la salud es un estado de balance incluyendo el propio ser, los otros y el ambiente, se deben propiciar entonces intervenciones que transiten dicho radio de acción.
La mayor parte de los problemas de salud pueden atribuirse a las condiciones socio-económicas de las personas. No obstante ello, tradicionalmente las políticas de salud se han centrado en soluciones vinculadas al tratamiento de las enfermedades, sin ocuparse activamente de las “causas de las causas”. Esto ha permitido que la brecha de inequidad sanitaria se haya mantenido o no se haya logrado reducirla en los sectores más vulnerables de la población.
En este sentido, y tomando en consideración que las políticas sociales y económicas gravitan de manera fundamental en el desarrollo del potencial de las personas, las mismas deben tener como norte la Justicia Social como concepto integrador.
Objetivo general:
Fortalecer las capacidades técnicas del Ministerio de Salud de la Nación, a los efectos de articular con entidades de derechos humanos y del ámbito laboral, tanto gubernamentales como de la comunidad, con el objeto de evaluar y vigilar la implementación de instrumentos nacionales e internacionales referidos al Derecho Humano a la Salud y a la prevención de los riesgos psicosociales en el trabajo, como así también apoyando en la formulación de políticas y planes de salud tendientes al cumplimiento de los fines referidos, poniendo especial énfasis en proteger a los grupos en situación de vulnerabilidad.
Objetivos específicos:
- Desarrollar acciones de promoción, prevención y atención, para optimizar la calidad de vida de los habitantes de la República Argentina, priorizando el cumplimiento de los Derechos Humanos.
4 V.gr.: Subsanar las desigualdades en una generación: alcanzar equidad sanitaria actuando sobre los determinantes sociales de la salud. Informe final de la Comisión sobre Determinantes Sociales de la Salud. Ginebra, Organización Mundial de la Salud, 2008.
- Abogar por el establecimiento de normativas y sistemas de vigilancia provinciales en consonancia con el espíritu del Programa.
- Promocionar los estilos de vida saludables.
- Capacitar al Capital Humano del área de Salud, en la temática objeto del presente programa.
- Producir cambios positivos en la población, a través del abordaje de los determinantes sociales de la salud, a partir del trabajo territorial.
- Propiciar la acción comunitaria y el fortalecimiento del tejido social.
- Investigar los fenómenos implicados en el trinomio Salud - DD HH y Trabajo, con la finalidad de transferir tecnología y herramientas eficaces a la sociedad.
- Generar acciones de concientización sobre los riesgos psicosociales en los ámbitos donde las personas desarrollan sus actividades cotidianas. Constituir un espacio de formación y capacitación continua para profesionales y efectores de salud relacionados con las diferentes áreas temáticas abordadas.
- Intercambiar en Foros y Agencias Internacionales las experiencias exitosas realizadas a efectos de formular de manera conjunta recomendaciones sobre políticas nacionales y globales basadas en dichas experiencias.
- Difundir y concientizar sobre el enfoque de salud basado en los Derechos Humanos, en los diversos sectores de la sociedad.
Población destinataria:
El Programa se propone desarrollar acciones en todas aquellas situaciones en las que se vea afectado el derecho a la salud, en tanto se trata de un derecho humano, garantizado por nuestra Carta Magna. Asimismo, se considerará de manera particular al colectivo de trabajadores, en tanto población afectada potencialmente por los riesgos psicosociales en el trabajo.