SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
PAPA ANDINA A GRANEL - PROHIBICION SALIDA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
07-Mayo-2003
Resumen:
PROHIBESE LA SALIDA DE PAPA ANDINA A GRANEL DE SUS AREAS DE PRODUCCION. OBLIGACIONES A CUMPLIR POR LAS EMPRESAS EMPACADORAS DEL PRODUCTO.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 15 DE LA RESOLUCION 363/2015 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, BO 11/08/2015, PAGINA 24.