MINISTERIO DE ECONOMIA
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL
SECRETARIA DE HACIENDA
Resolución Conjunta Nº 18/2000 (SCG) y 352/2000 (SH)
Bs. As., 13/9/2000
VISTO el Expediente Nº 486.911/2000 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, el Decreto Nº 993 (t.o. 1995) de fecha 27 de mayo de 1991, mediante el cual se aprobó el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA), el Decreto Nº 489 de fecha 26 de junio de 2000 y la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 11 de fecha 3 de febrero de 1992, sus complementarias y modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 489/90 se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que las mencionadas resoluciones aprobaron distintas etapas del Nomenclador de Funciones Ejecutivas correspondientes a unidades organizativas a las que se les asignó el índice de ponderación pertinentes y cuyo personal revista en el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa.
Que a través del proceso de transformación en el que se encuentra inserto el Estado Nacional, el MINISTERIO DEL INTERIOR procedió a modificar su estructura organizativa a los efectos de otorgarle mayor eficacia y eficiencia a su accionar.
Que asimismo, para garantizar la transparencia en la consecución de sus objetivos, fue necesario redefinir algunas de las Responsabilidades Primarias y Acciones de varias de sus unidades organizativas, las que, en algunos casos mantienen en general, las acciones que oportunamente motivaron su inclusión en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas, siendo necesario homologar o reasignar el nivel de Función Ejecutiva que corresponda, según el caso.
Que en el mismo sentido se decidió darles continuidad a aquellas unidades organizativas que se encuentran consustanciadas con el proceso de transformación del MINISTERIO DEL INTERIOR, por lo cual se hace necesario ratificarlas en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas.
Que teniendo en cuenta la redefinición de Objetivos del MINISTERIO DEL INTERIOR fue necesario crear nuevas unidades organizativas, a las cuales es necesario jerarquizar a través de su inclusión en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas, dado el nivel de complejidad de las mismas.
Que por otra parte resulta imprescindible arbitrar las medidas conducentes a derogar los niveles de Función Ejecutiva para aquellas unidades que no integran la estructura organizativa incluida en el Decreto Nº 489/00.
Que la SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a través de la Dirección Nacional de Organización de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA ha tomado la intervención que le compete conforme la normativa citada efectuando el análisis y ponderación de los niveles de Función Ejecutiva correspondientes a las unidades organizativas para las cuales se solicita la incorporación, ratificación, resignación o derogación de dicho suplemento.
Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA, a través de la Oficina Nacional de Presupuesto ha constatado la existencia de créditos vigentes para la medida propugnada en la presente norma.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 5º de la Decisión Administrativa Nº 1/00.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COORDINACION GENERAL DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA
RESUELVEN:
ARTICULO 1º — Incorpórense al Nomenclador de Funciones Ejecutivas los niveles de Función Ejecutiva correspondientes a las unidades organizativas pertenecientes al MINISTERIO DEL INTERIOR, según el detalle obrante en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º — Ratifíquense los niveles de Función Ejecutiva de las unidades organizativas pertenecientes al MINISTERIO DEL INTERIOR, según el detalle obrante en el Anexo II que forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3º — Reasígnense y homológuense, según el caso, los niveles de Función Ejecutiva de las unidades organizativas pertenecientes al MINISTERIO DEL INTERIOR, según el detalle obrante en el Anexo III que forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 4º — Deróguense del Nomenclador de Funciones Ejecutivas los niveles de Función Ejecutiva correspondientes a las unidades dadas oportunamente de baja de la estructura organizativa del MINISTERIO DEL INTERIOR, según el detalle obrante en el Anexo IV que forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 5º — Deróguense del Nomenclador de Funciones Ejecutivas, en la parte pertinente al MINISTERIO DEL INTERIOR, los niveles de Función Ejecutiva, correspondientes a las unidades transferidas en consonancia con lo dispuesto por el Decreto Nº 489/00, según el detalle obrante en el Anexo V que forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. J. RAUL PALACIO, Secretario de Coordinación Gral., Jefatura de Gabinete de Ministros. — MARIO VICENS, Secretario de Hacienda