MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES
ACTIVIDADES Y EL CIERRE TEMPORARIO - AUTORIZASE SUSPENSION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
02-Jun-2021
Resumen:
AUTORIZASE LA SUSPENSION DE ACTIVIDADES Y EL CIERRE TEMPORARIO HASTA EL DIA 31 DE DICIEMBRE DE 2021, DE LAS AGENCIAS DE VIAJE QUE PRESENTEN INCONVENIENTES PARA DAR CUMPLIMIENTO A LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN LOS INCISOS A), C) Y D) DEL ARTICULO 9° DEL DECRETO N° 2.182 DE FECHA 19 DE ABRIL DE 1972.