SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA
Resolución 175/2019
RESOL-2019-175-APN-SEDRONAR
Ciudad de Buenos Aires, 06/05/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-14347035-APN-CGD#SEDRONAR, los Decretos N° 174 del 2 de marzo de 2018 y N° 262 del 28 de marzo de 2018, las Resoluciones SEDRONAR N° 172 del 14 de abril de 2014, N° RESOL-2017-304-APN-SEDRONAR del 21 julio de 2017, N° RESOL-2018-226-APN-SEDRONAR del 2 de julio de 2018 y N° RESOL-2018-166-APN-SEDRONAR del 29 de mayo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACION órgano rector en políticas públicas sobre drogas, tiene a su cargo la coordinación con organizaciones no gubernamentales en todo el territorio nacional a fin de implementar acciones y políticas orientadas al abordaje del consumo problemático de sustancias.
Que dentro de las funciones de esta Secretaria de Estado se encuentra la de promover acciones federales e intersectoriales que generen la participación activa de los actores que trabajan en la temática de adicciones a nivel local y que se encuentran en contacto directo con la sociedad.
Que por Resolución SEDRONAR N° 172/14 se creó el “PROGRAMA NACIONAL DE ABORDAJE INTEGRAL PARA LA PREVENCIÓN, CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA DE LAS ADICCIONES”.
Que la Resolución SEDRONAR Nº RESOL-2017-304-APN-SEDRONAR y su modificatoria N° RESOL-2018-226- APN-SEDRONAR crea el “PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE ADICCIONES PARA ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL”.
Que dicho Programa tiene como finalidad contribuir al fortalecimiento del sistema federal para la concertación de proyectos destinados a la prevención del consumo problemático de sustancias, respetando las características culturales de cada lugar y promoviendo la participación de la Sociedad Civil a través de organizaciones no gubernamentales, capaces de coordinar con el Estado la implementación de los lineamientos y acciones necesarias para la prevención del consumo problemático de sustancias.
Que por Resoluciones N° RESOL-2017-307-APN-SEDRONAR y N° RESOL-2018-166-APN-SEDRONAR se establecieron los requisitos que deben cumplir las Organizaciones de la Sociedad Civil interesadas en participar de la Convocatoria del Programa durante los años 2017 y 2018, a fin de dar transparencia y equidad al proceso de evaluación dentro del Programa de Prevención de Adicciones para Organizaciones de la Sociedad Civil.
Que es necesario realizar una nueva convocatoria para el año 2019 para la participación en el “PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE ADICCIONES PARA ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL”.
Que, tomando como experiencia la convocatoria de años anteriores, las nuevas condiciones de participación fueron elaboradas con el objetivo de garantizar una mayor igualdad de posibilidades a las organizaciones y permitir una mayor participación de las mismas en el Programa.
Que se busca colaborar en el fortalecimiento de las organizaciones de la sociedad civil orientadas a la prevención de las adicciones por considerarlas un actor fundamental en el trabajo comunitario, generando condiciones de participación democráticas, abiertas e inclusivas.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA intervino de conformidad al artículo 101 del Decreto N° 1344/07.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta Secretaría ha tomado intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 45/15 y 174/18.
Por ello,
EL SECRETARIO DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Apruébense las Condiciones de Participación del “PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE ADICCIONES PARA ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL 2019” que como Anexo I (IF-2019-38330335-APN-DAI#SEDRONAR) forma parte integral de la presente Resolución.
ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Roberto Moro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 08/05/2019 N° 30741/19 v. 08/05/2019
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)