SEGURO COLECTIVO DE VIDA OBLIGATORIO
DECRETO 1567/74 - SUMA INDEMNIZABLE Y PRIMA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
15-Sep-1983
Resumen:
FIJA A PARTIR DEL 1 DE OCTUBRE DE 1983, EN $A 14.200 (CATORCE MIL DOSCIENTOS PESOS ARGENTINOS) LA SUMA INDEMNIZABLE DEL SEGURO COLECTIVO DE VIDA OBLIGATORIO, INSTITUIDO POR DEC. 1567 DEL 20 DE NOVIEMBRE DE 1974. ESTABLECE A PARTIR DE LA MISMA FECHA, LA PRIMA MENSUAL DE 0,38 (TREINTA Y OCHO CENTÉSIMOS) POR CADA $A 1000 DE CAPITAL ASEGURADO, EN REEMPLAZO DE LA ESTABLECIDA EN EL ART. 1º DE LA RES. GRAL. 17.046. REAJUSTA EL PORCENTAJE PARA ATENDER LOS GASTOS DE ADMINISTRACIÓN, FIJÁNDOLO EN EL 17 % DE LAS PRIMAS PERCIBIDAS.