Presidencia de la Nación

Resolución Sintetizada 1712 / 2022

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

FM LIBERTAD

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 24-Ago-2022
Resumen:

DECLARASE ILEGAL, EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 116 DE LA LEY Nº 26.522, AL SERVICIO DE COMUNICACION AUDIOVISUAL POR MODULACION DE FRECUENCIA DENOMINADO “FM LIBERTAD”, QUE EMITE EN LA FRECUENCIA 107.1 MHZ, DESDE EL DOMICILIO DE ESTUDIO SITO EN LA CALLE SALGUERO N° 4184 Y PLANTA TRANSMISORA SITUADA EN EL DOMICILIO DE CALLE PUBLICA SIN NOMBRE S/N°, CIMA DEL CERRO CHENQUE, AMBOS DE LA LOCALIDAD COMODORO RIVADAVIA, PROVINCIA DEL CHUBUT.

Normas complementarias

Esta norma no complementa ni es complementada por otras normas.

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