EDUCACION SUPERIOR
TITULO DE FARMACEUTICO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
04-Nov-2008
Resumen:
ESTABLECER QUE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL DEL TITULO DE FARMACEUTICO CORRESPONDIENTE A “LA DIRECCION TECNICA DE LOS LABORATORIOS O DE PLANTAS DE RESPONSABLES DE LOS LABORATORIOS DE PRODUCTOS MEDICOS NO FARMACEUTICOS” NO TENDRA CARACTER EXCLUSIVO, PUDIENDOSE COMPARTIR CON OTROS TITULOS INCORPORADOS O QUE SE INCORPOREN AL REGIMEN DEL ARTICULO 43 DE LA LEY Nº 24.521.