EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO
REF.: DECRETO 430/00 - TRANSFERENCIA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
03-Jul-2001
Resumen:
ESTABLECESE QUE LAS ENTIDADES COMPRENDIDAS EN EL ARTICULO 8RO., INCISO B) DE LA LEY NRO. 24.156 NO DEBERAN EFECTUAR LA TRANSFERENCIA DISPUESTA POR EL DECRETO NRO. 430/2000, YA QUE EL IMPORTE QUE EL ESTADO NACIONAL GIRA PARA PAGAR LAS RETRIBUCIO NES AL PERSONAL SE ENCUENTRA REDUCIDO EN LA PROPORCION ESTABLECIDA POR DICHO DECRETO.