Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE ECONOMIA


MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 1634/2023

RESOL-2023-1634-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 07/11/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-88260956-APN-DGD#MDP, la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, las Resoluciones Nros. 767 de fecha 10 de noviembre de 2021 y 846 de fecha 26 de noviembre de 2021, ambas del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, 708 de fecha 17 de octubre de 2022 y 40 de fecha 23 de enero de 2023, ambas del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 767 de fecha 10 de noviembre de 2021 del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO se creó el PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMÍA CIRCULAR, con el objetivo general de fortalecer la capacidad productiva y de agregado de valor de las cooperativas y de las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs) dedicadas a la recuperación de materiales en desuso, considerando de manera simultánea sus dimensiones económica, social y ambiental.

Que a través de la Resolución N° 40 de fecha 23 de enero de 2023 se designó a la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA como Autoridad de Aplicación del mencionado Programa.

Que mediante la Resolución N° 846 de fecha 26 de noviembre de 2021 del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se formalizó el llamado a convocatorias para la presentación de “Proyectos de Fortalecimiento de Cooperativas de Reciclado” en el marco del Programa para el Desarrollo de la Economía Circular y se aprobó como Anexo I las Bases y Condiciones del mismo, entre otras disposiciones complementarias.

Que el inciso 2.1 del Artículo 2° del Anexo I de la citada Resolución N° 846/21 del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO establece que la convocatoria tiene por objeto asistir económicamente a Cooperativas que tengan por objeto o actividad principal la recuperación, recolección, transporte y/o tratamiento de residuos de papel, cartón, plásticos, aparatos eléctricos y electrónicos y/o aceite vegetal usado, que se encuentren debidamente inscriptas en el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES), organismo descentralizado en el ámbito del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, actualmente en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y requieran apoyo para desarrollar o impulsar sus actividades productivas en el marco de la economía circular, siempre que guarden relación con los objetivos del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP).

Que el inciso 2.3 del Artículo 2° del Anexo I de la mencionada Resolución N° 846/21 establece que se destine la suma de PESOS OCHOCIENTOS MILLONES ($ 800.000.000) para ser ejecutados en el marco de la presente convocatoria.

Que en dicho Anexo I se definen los procedimientos que rigen la ejecución y administración de la mencionada Convocatoria.

Que mediante la Resolución N° 951 de fecha 22 de diciembre de 2021 del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se prorrogó el vencimiento del plazo de la convocatoria para la presentación de “Proyectos de Fortalecimiento de Cooperativas de Reciclado” hasta el día 24 de enero de 2022, inclusive.

Que, luego de la revisión y evaluación técnica de dichos proyectos y conforme se desprende del Orden de Mérito (IF-2022-132036102-APN-SSAYPP#MEC), informado por la SUBSECRETARÍA DE ANÁLISIS Y PLANIFICACIÓN PRODUCTIVA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, CUARENTA Y TRES (43) solicitudes obtuvieron un puntaje igual o superior a SETENTA (70) puntos y se encontrarían en condiciones de ser financiadas para su ejecución.

Que, con los recursos actuales de la Convocatoria, se estaría en condiciones de financiar los proyectos hasta el puesto N° 31 inclusive del orden de mérito referido.

Que, en concordancia a la calidad y el caudal de los proyectos presentados, y en miras de alcanzar a la mayor cantidad de Cooperativas de Reciclado del país para fomentar la mejora en sus capacidades productivas, lo que redunda en mejores ingresos para las personas que las integran, resulta oportuno ampliar el monto previsto en la referida Convocatoria, a efectos de poder dar curso a una mayor cantidad de Proyectos elegibles a ser asistidos por el Programa.

Que, en virtud de lo expuesto, resulta oportuno ampliar el monto asignado de PESOS OCHOCIENTOS MILLONES ($ 800.000.000) a la Convocatoria de “Proyectos de Fortalecimiento de Cooperativas de Reciclado”, en la suma de PESOS MIL SESENTA Y CINCO MILLONES ($ 1.065.000.000), sin que esto implique la posibilidad de que se presenten nuevos proyectos en razón de que la fecha de presentación de solicitudes establecido para la Convocatoria finalizó el día 24 de enero de 2022.

Que el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) cuenta con fondos suficientes para hacer frente a la ampliación del cupo propiciada.

Que mediante la Resolución N° 708 de fecha 17 de octubre de 2022 del MINISTERIO DE ECONOMÍA se delegó en la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el ejercicio de las funciones de Autoridad de Aplicación del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) del Decreto N° 606 de fecha 28 de abril de 2014 y sus modificaciones.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Amplíase en la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES ($ 265.000.000), el cupo presupuestario de la Convocatoria “Proyectos de Fortalecimiento de Cooperativas de Reciclado” en el marco del Programa para el Desarrollo de la Economía Circular, previsto en el inciso 2.3 del Artículo 2° del Anexo I de la Resolución N° 846 de fecha 26 de noviembre de 2021 del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, resultando el monto total asignado a la referida Convocatoria en PESOS MIL SESENTA Y CINCO MILLONES ($ 1.065.000.000), la que será financiada por el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP).

ARTÍCULO 2°.- Encomiéndase a la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en su calidad de autoridad de aplicación del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP), a notificar al Comité Ejecutivo del mencionado Fondo lo resuelto en la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Sergio Tomás Massa

e. 09/11/2023 N° 90873/23 v. 09/11/2023
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