MEDICAMENTOS
NORMAS SOBRE PUBLICIDAD Y PROPAGANDA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
14-Sep-1984
Resumen:
ESTABLECESE QUE TODA PUBLICIDAD O PROPAGANDA DE MEDICAMENTOS POR CUALQUIER MEDIO QUE SE EFECTUE, DEBERA CONTAR CON LA AUTORIZACION PREVIA DEL MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL. DEROGASE LA RESOLUCION MSYAS Nº 4126/65.
Observaciones:
ABROGADA POR ART. 6º DE LA RESOLUCION MSYA Nº 20/2005.