Secretaría de Turismo
TURISMO
Resolución 160/2010
Determínase el Calendario de Depósito del Impuesto sobre el Valor de los Pasajes Aéreos al Exterior en Vuelos Regulares de Pasajeros y el Calendario de Presentación de las Certificaciones Contables Trimestrales para el año 2011.
Bs. As., 20/12/2010
VISTO las normas establecidas por el artículo 24 inc. b) de la Ley Nº 25.997 y el Decreto Nº 1297/2006 artículos nros. 23 y 24 del Anexo I, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo estipulado en el artículo 5º de la Resolución Nº 877/1994 este Organismo debe determinar el Cronograma 2011 de Presentación y Depósito de las Declaraciones Juradas del impuesto sobre el valor de los pasajes aéreos al exterior en vuelos regulares de pasajeros.
Que a fin de compatibilizar el calendario de rendición y pago que rige para las operaciones de venta entre líneas aéreas y sus agentes, se ha tenido en cuenta el cronograma elaborado por BSP-IATA remitido por la CAMARA DE COMPAÑIAS AEREAS EN ARGENTINA (JURCA).
Que asimismo resulta también conveniente fijar plazo máximo dentro del cual los agentes de percepción, deben cumplimentar la obligación de presentar la Certificación Contable Trimestral, a que se refiere la Resolución Nº 1511/2005.
Que la Coordinación de Fiscalización de Empresas de Aeronavegacíón dependiente de la Secretaría de Turismo y la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos, han tomado la intervención que les compete.
Que se ejercitan las facultades emergentes de la Ley Nº 25.997 y los Decretos Nros. 919/2010, 964/2010 y 971/2010.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TURISMO DEL MINISTERIO TURISMO
RESUELVE:
Art. 1º — Determínase el CALENDARIO DE DEPOSITO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR DE LOS PASAJES AEREOS AL EXTERIOR EN VUELOS REGULARES DE PASAJEROS y el CALENDARIO DE PRESENTACION DE LAS CERTIFICACIONES CONTABLES TRIMESTRALES, para el año 2011, de acuerdo a lo consignado en la planilla Anexo 1 a la presente.
Art. 2º — Apruébase como cronograma al que se sujetarán las Declaraciones Juradas y depósito del impuesto del 5% (cinco por ciento) del precio de los pasajes aéreos al exterior Art. 24 inc. b) Ley Nº 25.997 y fechas máximas de presentación de Certificaciones Contables correspondientes a los períodos trimestrales del año, el que figura como Anexo 1 a la presente.
Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Daniel P. Aguilera.
ANEXO 1
CALENDARIO 2011 DE PRESENTACION Y DEPOSITO DE LAS DECLARACIONES JURADAS DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR DE LOS PASAJES AEREOS AL EXTERIOR