JUBILACIONES Y PENSIONES
DESCUENTOS - PLAZO -
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
24-Feb-1997
Resumen:
ESTABLECESE EL PLAZO, A PARTIR DEL CUAL SE DEJARAN DE PRACTICAR DESCUENTOS SOBRE HABERES DE JUBILACIONES Y PENSIONES A FAVOR DE LAS ASOCIACIONES SINDICALES DE TRABAJADORES CON PERSONERIA GREMIAL O DE EMPLEADORES, COOPERATIVAS Y MUTUALIDADES, DEROGANDOSE LAS RESOLUCIONES NROS. 6/95, 39/97 Y 40/97.-