RADIODIFUSION
HABILITACIONES DE LOCUTORES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
09-Mayo-1989
Resumen:
RADIODIFUSION:SUSTITUIR LOS ARTICULOS 5º, PUNTO C), D), E), F) Y G), 6º, PUNTO A), B), D) Y E) 7º PUNTOS A), D) Y E), 11º, 12º, 13º, 14º, 15º, 16º, PUNTOS C) PUNTOS A), D), Y E) 19º, 23º, 24º, 27º, 28º, Y 30º DE LA RESOLUCION Nº 262 C. F.R./86 APROBATORIA DE LAS NORMAS QUE REGLAMENTAN EL OTORGAMIENTO DE HABILITACIONES DE LOCUTORES, POR LOS QUE SE DETALLAN EN LA PRESENTE.
Observaciones:
ABROGADA POR RESOLUCION 141/90 B.O. 09/03/1990.