Secretaría de Hacienda
ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Resolución 148/2002
Sueldo Anual Complementario del año 2002. Dispónese el pago del segundo semestre, durante la segunda quincena del mes de diciembre del corriente año.
Bs. As., 12/12/2002
VISTO la Resolución N° 480, de fecha 5 de noviembre de 1997, la Resolución N° 576, de fecha 11 de diciembre de 1998, modificada por su similar N° 437, de fecha 19 de diciembre de 2001, todas de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA, y
CONSIDERANDO:
Que por la primera Resolución del VISTO se establece las fechas de pago del Sueldo Anual Complementario del personal dependiente de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL.
Que mediante la Resolución N° 576/98 de la SECRETARIA DE HACIENDA se determinan las pautas metodológicas para abonar el Sueldo Anual Complementario correspondiente al segundo semestre de cada año de los agentes de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL.
Que a través de la Resolución N° 437/01 de la SECRETARIA DE HACIENDA se introducen modificaciones al apartado c) del artículo 1° de su similar N° 576/98, ajustándose el pago del Sueldo Anual Complementario a lo dispuesto en la Resolución N° 480/97 de la SECRETARIA DE HACIENDA.
Que es decisión del PODER EJECUTIVO NACIONAL en el marco de sus prioridades la atención de las obligaciones salariales, realizando para ello todos los esfuerzos a su alcance para cumplir ese cometido.
Que con el objeto de instrumentar la decisión adoptada, la SECRETARIA DE HACIENDA considera oportuno disponer el pago del segundo semestre del Sueldo Anual Complementario del año 2002 correspondiente al personal de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL durante la segunda quincena del mes de diciembre del corriente año.
Que la presente medida se dicta en función de las disposiciones de artículo 6° y concordantes del Reglamento Parcial N° 1 de la Ley N° 24.156, aprobada por el Decreto N° 2666 del 29 de diciembre de 1992 y normas complementarias.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1° — Exceptúase a lo dispuesto en el apartado c) del artículo 1° de la Resolución N° 576/ 98 de la SECRETARIA DE HACIENDA, modificada por su similar N° 437/01, al pago del Sueldo Anual Complementario correspondiente al segundo semestre del año 2002, el que se abonará durante la segunda quincena del mes de diciembre del corriente año.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge E. Sarghini.
(Nota Infoleg: La Resolución 437/2001 Secretaría de Hacienda, referenciada en los considerandos de la presente, no ha sido publicada en Boletín Oficial)