ARANCELES
LANGOSTINO - ARMADORES -
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
07-Oct-2002
Resumen:
ARANCEL QUE DEBERAN ABONAR LOS ARMADORES QUE SE DEDIQUEN A LA PESCA DE LA ESPECIE LANGOSTINO EN AGUAS DE JURISDICCION NACIONAL EN LA ZONA SITUADA AL SUR DEL PARALELO 41RO. SUR.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION 428/2009 DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, B.O. 10/07/2009, PAGINA 8.