Resolución 146 / 2016
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PUBLICAS
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Ley 24156
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 29-Oct-1992 |
Descripción
DISPOSICIONES GENERALESDISPOSICIONES GENERALES DE LA ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL. SISTEMAS PRESUPUESTARIOS. TESORERIA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y DE CONTROL INTERNO Y EXTERNO. DISPOSICIONES VARIAS, PROMULGADA POR DEC. 1957 DEL 26-10-92 Y OBSERVADAPARCIALMENTE. LEY DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO (AR. 1156). DIGESTO DE NORMAS DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL (AR. 1156 BIS).
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Normativa / Número
Ley 27249
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 01-Abr-2016 |
Descripción
LEY N° 27.198 - MODIFICACIONDEROGANSE LAS LEYES 26.017, 26.547, 26.886, 26.984 Y SUS NORMAS REGLAMENTARIAS Y COMPLEMENTARIAS, COMO ASI TAMBIEN TODA OTRA LEY, DECRETO O NORMA QUE SEA CONTRARIA O INCOMPATIBLE CON LAS DISPOSICIONES DE LA PRESENTE LEY.
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Normativa / Número
Decreto 594 / 2016
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 19-Abr-2016 |
Descripción
AUTORIZACIONES E INSTRUCCIONESFACULTASE POR HASTA UN MONTO QUE NO SUPERE LA SUMA DE VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES DIEZ MIL MILLONES (V.N. U$S 10.000.000.000) AL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PUBLICAS, A TRAVES DEL ORGANO RESPONSABLE DE LA COORDINACION DE LOS SISTEMAS DE ADMINISTRACION FINANCIERA DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL, A INCLUIR CLAUSULAS QUE ESTABLEZCAN LA PRORROGA DE JURISDICCION A FAVOR DE TRIBUNALES EXTRANJEROS, Y QUE DISPONGAN LA RENUNCIA A OPONER LA DEFENSA DE INMUNIDAD SOBERANA, EXCLUSIVAMENTE, RESPECTO A RECLAMOS QUE SE PUDIERAN PRODUCIR EN LA JURISDICCION QUE SE PRORROGUE Y CON RELACION A LOS ACUERDOS QUE SE SUSCRIBAN Y A LAS EMISIONES DE DEUDA PUBLICA, QUE SE REALICEN CON CARGO AL PRESENTE DECRETO, Y SUJETO A QUE SE INCLUYAN LAS DENOMINADAS “CLAUSULAS DE ACCION COLECTIVA” Y “CLAUSULA DE ‘PARI PASSU’”, DE CONFORMIDAD CON LAS PRACTICAS ACTUALES DE LOS MERCADOS INTERNACIONALES DE CAPITALES.
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