JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESOLUCIONES 35/2009 Y 1434/2011 - MODIFICACION
Resumen:
SUSTITUYESE EL ARTICULO 5º DE LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 35 DE FECHA 23 DE FEBRERO DE 2009, EL QUE QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: “ARTICULO 5º: PRORROGAR LA VIGENCIA DE LOS CERTIFICADOS DE EMISIONES GASEOSAS, OTORGADOS CON ANTERIORIDAD A LA PUBLICACION DE LA PRESENTE, QUE CUMPLAN CON LOS LIMITES DE EMISIONES GASEOSAS EURO III Y EURO IV PARA MOTORES PESADOS, LAS QUE TENDRAN VENCIMIENTO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2013 Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2015 RESPECTIVAMENTE. ADOPTESE EL MISMO TEMPERAMENTO PARA LOS CERTIFICADOS DE EMISIONES SONORAS OTORGADOS A VEHICULOS PESADOS CUYA VIGENCIA SE ACOTO EN CONCORDANCIA CON LA VIGENCIA DEL CERTIFICADO DE EMISIONES GASEOSAS DEL MOTOR QUE LOS EQUIPA. LOS CERTIFICADOS PREVIAMENTE EMITIDOS PARA VEHICULOS LIVIANOS CONFORME LOS LIMITES DE EMISIONES GASEOSAS EURO 4 TENDRAN VALIDEZ HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2015.” SUSTITUYESE EL ARTICULO 6º DE LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 35 DEL 23 DE FEBRERO DE 2009. MODIFICACION. SUSTITUYESE, EL ARTICULO 3º DE LA RESOLUCION Nº 1434 DE FECHA 28 DE SEPTIEMBRE DE 2011 DE LA SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.