FONDO NACIONAL DE LAS ARTES
Resolución 14105/2015
Bs. As., 21/4/2015
VISTO el Expediente N° 72/2015 del registro del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, el Decreto N° 2098/08, las Resoluciones de la Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros N° 254/13 y Nº 411/14, la Resolución ex SGP N° 39/10 y sus modificatorios y la Resolución FNA N° 14946/15, y
CONSIDERANDO:
Que por las citadas Resoluciones S.G. y C.A. se asignaron los cargos vacantes y financiados al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1126/12, mediante el Régimen de selección establecido por el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.
Que por Resolución ex SGP N° 39/10 y modificatorios se aprobaron las normas complementarias relativas al procedimiento de selección de personal para la cobertura de vacantes del sistema referido.
Que por Resolución FNA N° 14946/15 se autorizó el llamado a concurso por el sistema de selección abierto para la cobertura de UN (1) Cargo de Responsable Técnico de Biblioteca en la Gerencia de Planeamiento y Servicios Culturales - Nivel C - Grado 0 - Agrupamiento General - SINEP - y designó a los miembros del Comité de Selección.
Que el DEPARTAMENTO DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Ley N° 1224/58.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL FONDO NACIONAL DE LAS ARTES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébense las Bases del Concurso del Cargo de Responsable Técnico de Biblioteca en la Gerencia de Planeamiento y Servicios Culturales - Nivel C - Grado 0 - Agrupamiento General - SINEP - de la Planta Permanente del Organismo, conforme Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL del REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. VIRGILIO TEDIN URIBURU, Presidente. — MIRTHA PRESAS, Directora. — LUIS V. CHITARRONI, Director.
1. Descripción del puesto y del perfil requerido:
Identificación del puesto: Responsable Técnico de Biblioteca
Código Identificatorio: 2014-005583-FONART-G-SI-X-C
Resolución 14105/2015
Bs. As., 21/4/2015
VISTO el Expediente N° 72/2015 del registro del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, el Decreto N° 2098/08, las Resoluciones de la Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros N° 254/13 y Nº 411/14, la Resolución ex SGP N° 39/10 y sus modificatorios y la Resolución FNA N° 14946/15, y
CONSIDERANDO:
Que por las citadas Resoluciones S.G. y C.A. se asignaron los cargos vacantes y financiados al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1126/12, mediante el Régimen de selección establecido por el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.
Que por Resolución ex SGP N° 39/10 y modificatorios se aprobaron las normas complementarias relativas al procedimiento de selección de personal para la cobertura de vacantes del sistema referido.
Que por Resolución FNA N° 14946/15 se autorizó el llamado a concurso por el sistema de selección abierto para la cobertura de UN (1) Cargo de Responsable Técnico de Biblioteca en la Gerencia de Planeamiento y Servicios Culturales - Nivel C - Grado 0 - Agrupamiento General - SINEP - y designó a los miembros del Comité de Selección.
Que el DEPARTAMENTO DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Ley N° 1224/58.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL FONDO NACIONAL DE LAS ARTES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébense las Bases del Concurso del Cargo de Responsable Técnico de Biblioteca en la Gerencia de Planeamiento y Servicios Culturales - Nivel C - Grado 0 - Agrupamiento General - SINEP - de la Planta Permanente del Organismo, conforme Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL del REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. VIRGILIO TEDIN URIBURU, Presidente. — MIRTHA PRESAS, Directora. — LUIS V. CHITARRONI, Director.
BASES DEL CONCURSO
C.C.T.S. DECRETO N° 2098/08 - SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
EL ESTADO SELECCIONA
FONDO NACIONAL DE LAS ARTES
C.C.T.S. DECRETO N° 2098/08 - SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
EL ESTADO SELECCIONA
FONDO NACIONAL DE LAS ARTES
Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y por el Sistema de Selección General en el cual podrán participar el personal Permanente y no Permanente comprendido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO para cubrir el siguiente cargo:
1. Descripción del puesto y del perfil requerido:
Identificación del puesto: Responsable Técnico de Biblioteca
Código Identificatorio: 2014-005583-FONART-G-SI-X-C
Cantidad de Cargos: 1 | Dedicación horaria semanal: 40 hs. | |
Agrupamiento: General | Tramo: General | Nivel: C |
Remuneración: $ 8564.03
Adicionales: Capacitación Terciaria (25% de la asignación básica del nivel)
Lugar de trabajo: Adolfo Alsina 673.
2. Sistema de Selección: General. Podrán participar únicamente el personal Permanente y no Permanente comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público, Personal Transitorio y Contratado bajo sistema aprobado por el artículo 9 del anexo a la Ley 25.164.
Escala jerárquica del puesto: Gerencia de Planeamiento y Servicios Culturales.
Objetivo del puesto: Contribuir a la gestión y provisión integral de los servicios para satisfacer las necesidades de información de los usuarios y facilitar el acceso a los servicios de la Biblioteca del Fondo Nacional de las Artes.
3. Tareas que se realizan desde el puesto:
• Elaborar proyectos y programas referidos al desarrollo de ambas Bibliotecas del Fondo Nacional de las Artes.
• Efectuar el procesamiento de la información (inventario, catalogación, indización) de los volúmenes en ambas Bibliotecas del Organismo.
• Recolectar, registrar y recuperar la información en cualquier soporte mediante procedimientos tanto manuales como automatizados.
• Elaborar propuestas para incrementar el acervo bibliográfico especializado en Artes.
• Almacenar, preservar y conservar los materiales albergados en las unidades de información.
• Atender solicitudes de donaciones de libros requeridas por otras Instituciones.
• Desarrollar y ejecutar tareas de archivística.
• Manejar redes globales para recuperar información.
• Orientar al lector y realizar tareas de referencia a través del uso de obras y fuentes de información generales y específicas, utilizando tanto métodos manuales como automatizados. Capacitar y asesorar a los usuarios para el mejor uso de la Biblioteca y sus recursos.
4. Responsabilidad del puesto: Suponen responsabilidad por el cumplimiento o materialización de las metas y los resultados encomendados con sujeción a normas y procedimientos jurídicos, profesionales o técnicos específicos, con autonomía para aplicar la iniciativa personal en la resolución de problemas dentro de las pautas establecidas.
5. Atributos personales para desempeñarse en el puesto:
Requisitos excluyentes:
a. Edad límite de ingreso: hasta la edad prevista en la Ley Previsional para acceder al beneficio de la jubilación, según lo dispuesto en el artículo 5°, inciso f) del Anexo de la Ley N° 25.164”.
b. Nacionalidad: argentino nativo, naturalizado o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (artículo 4 del Anexo a la Ley N° 25.164).
c. Titulación: Título de carreras terciarias afines de al menos 3 años de duración: Técnico superior Bibliotecario Documentalista, técnico Bibliotecario Documentalista, Técnico Bibliotecario, Técnico Superior en Bibliotecología.
d. Experiencia Laboral: Acreditar experiencia laboral en tareas afines no menos a tres (3) años después de la titulación o de seis (6) en total1.
1 Podrán postularse para la cobertura de cargos vacantes del Agrupamiento General quienes acreditando título exigible acreditaran experiencia laboral atinente a las funciones o puestos a desempeñar por al menos el 50% de los términos exigidos, según lo establecido en el Artículo 130 del Decreto 274/2013 y sus modificatorios.
Requisitos deseables:
• Acreditar experiencia laboral adicional a la requerida en tareas afines a la gestión de actividades propias al Área de la Biblioteca.
• Acreditar actividades de capacitación o entrenamiento específico que fomenten aptitudes para la expresión oral y escrita y aporten conocimientos teórico-prácticos dirigidos a la redacción y a la comprensión de textos y programas artístico-culturales, como así también referidos al desarrollo de las colecciones de las Bibliotecas en ambas Sedes del Organismo.
• Certificar buen manejo y/o actividades de capacitación en redacción, uso del computador, manejo de aplicativos informáticos para procesamiento de textos, planilla de cálculo, presentaciones gráficas, navegación por INTERNET y bases de datos.
• Idioma: lectura comprensiva de un idioma extranjero (inglés, francés o portugués).
6. Competencias técnicas:
Se deberá demostrar conocimientos y capacidad para aplicarlos adecuadamente en situaciones propias del Puesto de Trabajo, en las siguientes materias y con nivel:
Avanzado en:
• Manejo de procesador de textos, planilla de cálculo y representadores gráficos, correo electrónico e Internet.
• Manejo de base de datos bibliográficas.
• Manejo de fuentes de información.
• Gramática y ortografía aplicables.
• Archivo, clasificación y recuperación de documentos escritos y digitales.
• Decreto Ley de Creación del Fondo Nacional de las Artes N° 1224/58.
• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.
• Normas para la atención al público (Decreto N° 237/1988 y modificatorio).
• Sólidos conocimientos de herramientas de gestión, procesamiento y organización de información:
Reglas de catalogación anglo-americanas 2 revisadas; Norma ISO 9001:2000; ISAD (g); Tesauro de arte y arquitectura Paul Getty; Tesauro tell de lengua y literatura; Código Decimal Universal.
Intermedio en:
• Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos y de su Decreto reglamentario N° 1.759/1972 (t.o. 1991). Específicamente: Ámbito. Acto y Procedimiento Administrativo, elementos, principios y características, Plazos y conclusión del procedimiento. Del expediente y su gestión integral. Tipos de Recursos.
• Nociones de la Ley N° 25.164, Marco de Regulación de Empleo Público Nacional y su Decreto reglamentario N° 1.421/2002 y del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional (Decreto N° 214/2006) en lo concerniente a Ámbito, Autoridad de Aplicación, Requisitos e impedimentos para el ingreso, Derechos, Deberes Obligaciones, Prohibiciones y Causales de Egreso.
• Nociones del Régimen sobre Ética en el ejercicio de la Función Pública (Ley N° 25.188 - Capítulos I, II y III). Objeto y Sujetos - Pautas y deberes de comportamiento ético, régimen de declaraciones juradas.
• Sistema Nacional de Empleo Público (Decreto N° 2098/2008). Agrupamientos y Niveles Escalafonarios, Régimen de promoción y retributivo.
• La Administración Pública Nacional: Ministerios, cantidad y denominación, niveles jerárquicos típicos. (Ley N° 26338 y Decreto N° 357/2002 y modificatorios). Conformación de la Administración (artículo 8 de la ley N° 24.156). Mapa del Estado.
7. Competencias institucionales o generales:
a) Compromiso con la Organización
- Comprometido con la estrategia del organismo y su realización exitosa.
- Planifica y realiza acciones que aseguren el cumplimiento de las metas y objetivos organizacionales.
b) Trabajo en equipo y cooperación
- Contribuye a los esfuerzos del equipo y coopera para los objetivos comunes.
- Mantiene un clima de cordialidad en el grupo promoviendo una comunicación fluida entre sus integrantes.
c) Proactividad
- Busca nuevas oportunidades para lograr mejores resultados y propone planes para llevarlos a cabo.
- Está comprometido con la calidad del resultado de su trabajo.
d) Orientación al usuario:
- Efectúa su trabajo buscando satisfacer la demanda de sus usuarios internos y externos.
- Reconoce y alerta sobre oportunidades para dar ayuda adicional o valor agregado a los usuarios de sus servicios.
8. Proceso de Selección: Consistirá en: Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales, Evaluación Técnica y Evaluación mediante Entrevista Laboral.
Cada una de las etapas se dará por aprobada o desaprobada siendo las mismas excluyentes en orden sucesivo.
1. Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Consistirá en la evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo, de acuerdo con los requisitos exigidos. Puntaje: CIEN (100), que se distribuirán de la siguiente forma: TREINTA Y CINCO (35) puntos para Antecedentes de Formación y SESENTA Y CINCO (65) puntos para Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.
2. Evaluación Técnica: Se realizará UNA (1) prueba de evaluación escrita que consta de dos partes: una práctica y otra teórica, en la que se valoraran los conocimientos del temario de examen en función del perfil establecido. La misma será efectuada bajo seudónimo elegido por el/la postulante, debiendo utilizarse papel normalizado y una clave convencional de identificación personal que solo permita individualizar a cada postulante después de su calificación. El/la postulante que se identificara en la prueba escrita será excluido/a del proceso de selección. Puntaje: CIEN (100), que se distribuirán de la siguiente forma: CINCUENTA (50) puntos para la Evaluación de Aplicación Práctica y CINCUENTA (50) puntos para la Prueba de Evaluación de conocimientos. Calificada las pruebas, el Comité de Selección celebrará una reunión a la que deberá invitarse a los/las postulantes que la hubieran rendido, en la que se procederá a la apertura de los sobres sellados conteniendo la identificación de cada persona. A este efecto se labrará Acta invitando a suscribirla a los/las postulantes presentes. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.
3. Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consiste en la realización de UNA (1) entrevista mediante, una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales como para las demás competencias laborales exigidas para el mejor desempeño del cargo. La etapa se desarrollara en DOS (2) momentos:
El primero estará dirigido a obtener información que complete la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales. Del resultado de este momento el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en mas o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.
El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.
Puntaje: CIEN (100).
4. Según lo establecido en el Artículo 35 del Decreto 274/2013, no se realizara la etapa de Evaluación del Perfil Psicológico.
9. Factores de Ponderación, Calificación de los Postulantes y Orden de Mérito:
Solamente integraran el orden de mérito los/las aspirantes que aprueben todas las etapas del proceso de selección.
La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:
• Evaluación de antecedentes Curriculares y Laborales: 30%,
• Evaluación Técnica: 60%
• Evaluación Laboral: 10%
El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito conforme a los resultados de las etapas, dejando constancia en el Acta respectiva.
El Comité de Selección elevará al Directorio del FNA el orden de mérito en el expediente que se constituya a tal efecto. El Directorio del FNA resolverá el orden de mérito, el que será notificado a los interesados/as.
Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991).
10. Integrantes del Comité de Selección:
El Comité de Selección está integrado por CINCO (5) miembros titulares designados por el Directorio del FNA. A saber:
Expertos con conocimientos afines
- Graciela ZARIQUIEGUI
- María del Carmen SANCHEZ
Titulares de la Jurisdicción
- Virgilio TEDIN URIBURU
- Lic. Rosa Victoria AIELLO
Representante de la Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa
- Como Titular, Lic. Gabriel VALEGGIANI - DNI N° 22.297.580 y como Alterno, Lic. Germán BENEDITTO - DNI N° 25.057.152
El Curriculum Profesional de cada uno de los integrantes se encuentra disponible en la página web del F.N.A.
Solo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, respectivamente.
La recusación deberá ser deducida por el/la aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los/las inscriptos/as.
Si la causal fuere sobreviviente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.
RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA
Art. 17. - Serán causales legales de recusación:
1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados/as.
2) Tener el/la juez/a o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los/las litigantes, procuradores/as o abogados/as, salvo que la sociedad fuese anónima.
3) Tener el/la jueza pleito pendiente con el recusante.
4) Ser el/la juez/a acreedor/a, deudor/a o fiador/a de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.
5) Ser o haber sido el/la juez/a autor/a de denuncia o querella contra el/la recusante, o denunciado/a o querellado/a por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.
6) Ser o haber sido el/la juez/a denunciado/a por el/la recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados/as, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.
7) Haber sido el/la juez/a defensor/a de alguno/a de los/las litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.
8) Haber recibido el/la juez/a beneficios de importancia de alguna de las partes.
9) Tener el/la juez/a con alguno de los/las litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.
10) Tener contra el/la recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez/a después que hubiere comenzado a conocer el asunto.
EXCUSACION
Art. 30. - Todo juez/a que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza. No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros/as funcionarios/as que intervengan en cumplimiento de sus deberes.
11. Cronograma Tentativo:
- La publicación será realizada conforme lo establece la normativa (art. 16 - Resolución 39/10), el día _27/04/2015_, en el Boletín Oficial por al menos UN (1) día y en la página web y cartelera del FNA y en la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público.
- La apertura de la inscripción se realizará desde 11/05/2015 al 22/05/2015 en la sede del Fondo Nacional de las Artes, Alsina 673, 1 piso, en el horario de 11 a 16 horas.
- La lista de Admitidos/as y No Admitidos/as estará disponible a partir del día 28/05/2015 en la cartelera del Fondo Nacional de las Artes y en la página web del Organismo.
- La Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales estará disponible en cartelera y página web a partir del 01/06/2015.
- La Evaluación Técnica se realizara el día 11/06/2015.
- La Evaluación Laboral mediante entrevista se realizara el día 22/06/2015.
- El Orden de Mérito estaría disponible en cartelera y pagina web (www.fnartes.gov.ar) a partir del 24/06/2015.
12. Informes: Subgerencia de Administración - Recursos Humanos - Alsina 673, Teléfonos 43431590 al 99 int. 112 y 157. Horario de consulta de Bases del Concurso de lunes a viernes de 11 a 16 hs., [email protected]
Para participar de los Concursos los/las postulantes deberán completar la siguiente información, mediante los formularios de inscripción que estarán disponibles en la página web del Fondo Nacional de las Artes o, para aquellos que tengan dificultad de acceso al sitio web, en la sede del Fondo Nacional de las Artes, Alsina 673.
a) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado y cuyos datos volcados por el/la postulante presentan carácter de declaración jurada. El Formulario debe ser firmado en todas sus hojas junto con UN (1) currículum vitae actualizado. El/la postulante deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.
b) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley N° 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado por Decreto N° 214/06, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.
c) Declaración Jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página web en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.
d) Fotocopia de los certificados de estudios formales y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”. Los/las interesados deberán concurrir con la documentación original para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.
Si reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción, podrá hacerla por correo postal para lo cual deberá adjuntarse certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto la fecha de franqueo.
En los supuestos de inscripciones por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente antes de su presentación a la primera prueba que se resuelva.
Recuerde que:
Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante.
• Una vez entregada la Solicitud y ficha de Inscripción, el/la interesado/a no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.
• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.
• La inscripción quedara invalidada por la falta de la firma del postulante en cada hoja del Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción” y de la Declaración Jurada obrante como Anexo II.
• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el/la postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios en el momento de su presentación a la primera prueba.
• El Fondo Nacional de las Artes realizara las notificaciones a través de su página web y por correo electrónico, para lo cual se deberá comunicar una dirección de correo electrónico, que en caso de no disponerse se genera gratuitamente de Internet.
• Quedara excluido/a del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil Psicológico).
• Las evaluaciones que el Comité de Selección practique como consecuencia de los presentes procesos de selección se realizarán en la Sede Central del FNA, Alsina 673, (1087) CABA. Los gastos de pasaje, traslados, alojamiento, comidas y toda otra erogación que realicen los aspirantes correrán por su exclusiva cuenta.
Adicionales: Capacitación Terciaria (25% de la asignación básica del nivel)
Lugar de trabajo: Adolfo Alsina 673.
2. Sistema de Selección: General. Podrán participar únicamente el personal Permanente y no Permanente comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público, Personal Transitorio y Contratado bajo sistema aprobado por el artículo 9 del anexo a la Ley 25.164.
Escala jerárquica del puesto: Gerencia de Planeamiento y Servicios Culturales.
Objetivo del puesto: Contribuir a la gestión y provisión integral de los servicios para satisfacer las necesidades de información de los usuarios y facilitar el acceso a los servicios de la Biblioteca del Fondo Nacional de las Artes.
3. Tareas que se realizan desde el puesto:
• Elaborar proyectos y programas referidos al desarrollo de ambas Bibliotecas del Fondo Nacional de las Artes.
• Efectuar el procesamiento de la información (inventario, catalogación, indización) de los volúmenes en ambas Bibliotecas del Organismo.
• Recolectar, registrar y recuperar la información en cualquier soporte mediante procedimientos tanto manuales como automatizados.
• Elaborar propuestas para incrementar el acervo bibliográfico especializado en Artes.
• Almacenar, preservar y conservar los materiales albergados en las unidades de información.
• Atender solicitudes de donaciones de libros requeridas por otras Instituciones.
• Desarrollar y ejecutar tareas de archivística.
• Manejar redes globales para recuperar información.
• Orientar al lector y realizar tareas de referencia a través del uso de obras y fuentes de información generales y específicas, utilizando tanto métodos manuales como automatizados. Capacitar y asesorar a los usuarios para el mejor uso de la Biblioteca y sus recursos.
4. Responsabilidad del puesto: Suponen responsabilidad por el cumplimiento o materialización de las metas y los resultados encomendados con sujeción a normas y procedimientos jurídicos, profesionales o técnicos específicos, con autonomía para aplicar la iniciativa personal en la resolución de problemas dentro de las pautas establecidas.
5. Atributos personales para desempeñarse en el puesto:
Requisitos excluyentes:
a. Edad límite de ingreso: hasta la edad prevista en la Ley Previsional para acceder al beneficio de la jubilación, según lo dispuesto en el artículo 5°, inciso f) del Anexo de la Ley N° 25.164”.
b. Nacionalidad: argentino nativo, naturalizado o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (artículo 4 del Anexo a la Ley N° 25.164).
c. Titulación: Título de carreras terciarias afines de al menos 3 años de duración: Técnico superior Bibliotecario Documentalista, técnico Bibliotecario Documentalista, Técnico Bibliotecario, Técnico Superior en Bibliotecología.
d. Experiencia Laboral: Acreditar experiencia laboral en tareas afines no menos a tres (3) años después de la titulación o de seis (6) en total1.
1 Podrán postularse para la cobertura de cargos vacantes del Agrupamiento General quienes acreditando título exigible acreditaran experiencia laboral atinente a las funciones o puestos a desempeñar por al menos el 50% de los términos exigidos, según lo establecido en el Artículo 130 del Decreto 274/2013 y sus modificatorios.
Requisitos deseables:
• Acreditar experiencia laboral adicional a la requerida en tareas afines a la gestión de actividades propias al Área de la Biblioteca.
• Acreditar actividades de capacitación o entrenamiento específico que fomenten aptitudes para la expresión oral y escrita y aporten conocimientos teórico-prácticos dirigidos a la redacción y a la comprensión de textos y programas artístico-culturales, como así también referidos al desarrollo de las colecciones de las Bibliotecas en ambas Sedes del Organismo.
• Certificar buen manejo y/o actividades de capacitación en redacción, uso del computador, manejo de aplicativos informáticos para procesamiento de textos, planilla de cálculo, presentaciones gráficas, navegación por INTERNET y bases de datos.
• Idioma: lectura comprensiva de un idioma extranjero (inglés, francés o portugués).
6. Competencias técnicas:
Se deberá demostrar conocimientos y capacidad para aplicarlos adecuadamente en situaciones propias del Puesto de Trabajo, en las siguientes materias y con nivel:
Avanzado en:
• Manejo de procesador de textos, planilla de cálculo y representadores gráficos, correo electrónico e Internet.
• Manejo de base de datos bibliográficas.
• Manejo de fuentes de información.
• Gramática y ortografía aplicables.
• Archivo, clasificación y recuperación de documentos escritos y digitales.
• Decreto Ley de Creación del Fondo Nacional de las Artes N° 1224/58.
• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.
• Normas para la atención al público (Decreto N° 237/1988 y modificatorio).
• Sólidos conocimientos de herramientas de gestión, procesamiento y organización de información:
Reglas de catalogación anglo-americanas 2 revisadas; Norma ISO 9001:2000; ISAD (g); Tesauro de arte y arquitectura Paul Getty; Tesauro tell de lengua y literatura; Código Decimal Universal.
Intermedio en:
• Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos y de su Decreto reglamentario N° 1.759/1972 (t.o. 1991). Específicamente: Ámbito. Acto y Procedimiento Administrativo, elementos, principios y características, Plazos y conclusión del procedimiento. Del expediente y su gestión integral. Tipos de Recursos.
• Nociones de la Ley N° 25.164, Marco de Regulación de Empleo Público Nacional y su Decreto reglamentario N° 1.421/2002 y del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional (Decreto N° 214/2006) en lo concerniente a Ámbito, Autoridad de Aplicación, Requisitos e impedimentos para el ingreso, Derechos, Deberes Obligaciones, Prohibiciones y Causales de Egreso.
• Nociones del Régimen sobre Ética en el ejercicio de la Función Pública (Ley N° 25.188 - Capítulos I, II y III). Objeto y Sujetos - Pautas y deberes de comportamiento ético, régimen de declaraciones juradas.
• Sistema Nacional de Empleo Público (Decreto N° 2098/2008). Agrupamientos y Niveles Escalafonarios, Régimen de promoción y retributivo.
• La Administración Pública Nacional: Ministerios, cantidad y denominación, niveles jerárquicos típicos. (Ley N° 26338 y Decreto N° 357/2002 y modificatorios). Conformación de la Administración (artículo 8 de la ley N° 24.156). Mapa del Estado.
7. Competencias institucionales o generales:
a) Compromiso con la Organización
- Comprometido con la estrategia del organismo y su realización exitosa.
- Planifica y realiza acciones que aseguren el cumplimiento de las metas y objetivos organizacionales.
b) Trabajo en equipo y cooperación
- Contribuye a los esfuerzos del equipo y coopera para los objetivos comunes.
- Mantiene un clima de cordialidad en el grupo promoviendo una comunicación fluida entre sus integrantes.
c) Proactividad
- Busca nuevas oportunidades para lograr mejores resultados y propone planes para llevarlos a cabo.
- Está comprometido con la calidad del resultado de su trabajo.
d) Orientación al usuario:
- Efectúa su trabajo buscando satisfacer la demanda de sus usuarios internos y externos.
- Reconoce y alerta sobre oportunidades para dar ayuda adicional o valor agregado a los usuarios de sus servicios.
8. Proceso de Selección: Consistirá en: Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales, Evaluación Técnica y Evaluación mediante Entrevista Laboral.
Cada una de las etapas se dará por aprobada o desaprobada siendo las mismas excluyentes en orden sucesivo.
1. Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Consistirá en la evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo, de acuerdo con los requisitos exigidos. Puntaje: CIEN (100), que se distribuirán de la siguiente forma: TREINTA Y CINCO (35) puntos para Antecedentes de Formación y SESENTA Y CINCO (65) puntos para Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.
2. Evaluación Técnica: Se realizará UNA (1) prueba de evaluación escrita que consta de dos partes: una práctica y otra teórica, en la que se valoraran los conocimientos del temario de examen en función del perfil establecido. La misma será efectuada bajo seudónimo elegido por el/la postulante, debiendo utilizarse papel normalizado y una clave convencional de identificación personal que solo permita individualizar a cada postulante después de su calificación. El/la postulante que se identificara en la prueba escrita será excluido/a del proceso de selección. Puntaje: CIEN (100), que se distribuirán de la siguiente forma: CINCUENTA (50) puntos para la Evaluación de Aplicación Práctica y CINCUENTA (50) puntos para la Prueba de Evaluación de conocimientos. Calificada las pruebas, el Comité de Selección celebrará una reunión a la que deberá invitarse a los/las postulantes que la hubieran rendido, en la que se procederá a la apertura de los sobres sellados conteniendo la identificación de cada persona. A este efecto se labrará Acta invitando a suscribirla a los/las postulantes presentes. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.
3. Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consiste en la realización de UNA (1) entrevista mediante, una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales como para las demás competencias laborales exigidas para el mejor desempeño del cargo. La etapa se desarrollara en DOS (2) momentos:
El primero estará dirigido a obtener información que complete la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales. Del resultado de este momento el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en mas o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.
El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.
Puntaje: CIEN (100).
4. Según lo establecido en el Artículo 35 del Decreto 274/2013, no se realizara la etapa de Evaluación del Perfil Psicológico.
9. Factores de Ponderación, Calificación de los Postulantes y Orden de Mérito:
Solamente integraran el orden de mérito los/las aspirantes que aprueben todas las etapas del proceso de selección.
La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:
• Evaluación de antecedentes Curriculares y Laborales: 30%,
• Evaluación Técnica: 60%
• Evaluación Laboral: 10%
El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito conforme a los resultados de las etapas, dejando constancia en el Acta respectiva.
El Comité de Selección elevará al Directorio del FNA el orden de mérito en el expediente que se constituya a tal efecto. El Directorio del FNA resolverá el orden de mérito, el que será notificado a los interesados/as.
Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991).
10. Integrantes del Comité de Selección:
El Comité de Selección está integrado por CINCO (5) miembros titulares designados por el Directorio del FNA. A saber:
Expertos con conocimientos afines
- Graciela ZARIQUIEGUI
- María del Carmen SANCHEZ
Titulares de la Jurisdicción
- Virgilio TEDIN URIBURU
- Lic. Rosa Victoria AIELLO
Representante de la Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa
- Como Titular, Lic. Gabriel VALEGGIANI - DNI N° 22.297.580 y como Alterno, Lic. Germán BENEDITTO - DNI N° 25.057.152
El Curriculum Profesional de cada uno de los integrantes se encuentra disponible en la página web del F.N.A.
Solo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, respectivamente.
La recusación deberá ser deducida por el/la aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los/las inscriptos/as.
Si la causal fuere sobreviviente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.
RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA
Art. 17. - Serán causales legales de recusación:
1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados/as.
2) Tener el/la juez/a o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los/las litigantes, procuradores/as o abogados/as, salvo que la sociedad fuese anónima.
3) Tener el/la jueza pleito pendiente con el recusante.
4) Ser el/la juez/a acreedor/a, deudor/a o fiador/a de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.
5) Ser o haber sido el/la juez/a autor/a de denuncia o querella contra el/la recusante, o denunciado/a o querellado/a por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.
6) Ser o haber sido el/la juez/a denunciado/a por el/la recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados/as, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.
7) Haber sido el/la juez/a defensor/a de alguno/a de los/las litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.
8) Haber recibido el/la juez/a beneficios de importancia de alguna de las partes.
9) Tener el/la juez/a con alguno de los/las litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.
10) Tener contra el/la recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez/a después que hubiere comenzado a conocer el asunto.
EXCUSACION
Art. 30. - Todo juez/a que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza. No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros/as funcionarios/as que intervengan en cumplimiento de sus deberes.
11. Cronograma Tentativo:
- La publicación será realizada conforme lo establece la normativa (art. 16 - Resolución 39/10), el día _27/04/2015_, en el Boletín Oficial por al menos UN (1) día y en la página web y cartelera del FNA y en la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público.
- La apertura de la inscripción se realizará desde 11/05/2015 al 22/05/2015 en la sede del Fondo Nacional de las Artes, Alsina 673, 1 piso, en el horario de 11 a 16 horas.
- La lista de Admitidos/as y No Admitidos/as estará disponible a partir del día 28/05/2015 en la cartelera del Fondo Nacional de las Artes y en la página web del Organismo.
- La Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales estará disponible en cartelera y página web a partir del 01/06/2015.
- La Evaluación Técnica se realizara el día 11/06/2015.
- La Evaluación Laboral mediante entrevista se realizara el día 22/06/2015.
- El Orden de Mérito estaría disponible en cartelera y pagina web (www.fnartes.gov.ar) a partir del 24/06/2015.
12. Informes: Subgerencia de Administración - Recursos Humanos - Alsina 673, Teléfonos 43431590 al 99 int. 112 y 157. Horario de consulta de Bases del Concurso de lunes a viernes de 11 a 16 hs., [email protected]
Para participar de los Concursos los/las postulantes deberán completar la siguiente información, mediante los formularios de inscripción que estarán disponibles en la página web del Fondo Nacional de las Artes o, para aquellos que tengan dificultad de acceso al sitio web, en la sede del Fondo Nacional de las Artes, Alsina 673.
a) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado y cuyos datos volcados por el/la postulante presentan carácter de declaración jurada. El Formulario debe ser firmado en todas sus hojas junto con UN (1) currículum vitae actualizado. El/la postulante deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.
b) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley N° 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado por Decreto N° 214/06, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.
c) Declaración Jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página web en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.
d) Fotocopia de los certificados de estudios formales y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”. Los/las interesados deberán concurrir con la documentación original para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.
Si reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción, podrá hacerla por correo postal para lo cual deberá adjuntarse certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto la fecha de franqueo.
En los supuestos de inscripciones por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente antes de su presentación a la primera prueba que se resuelva.
Recuerde que:
Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante.
• Una vez entregada la Solicitud y ficha de Inscripción, el/la interesado/a no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.
• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.
• La inscripción quedara invalidada por la falta de la firma del postulante en cada hoja del Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción” y de la Declaración Jurada obrante como Anexo II.
• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el/la postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios en el momento de su presentación a la primera prueba.
• El Fondo Nacional de las Artes realizara las notificaciones a través de su página web y por correo electrónico, para lo cual se deberá comunicar una dirección de correo electrónico, que en caso de no disponerse se genera gratuitamente de Internet.
• Quedara excluido/a del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil Psicológico).
• Las evaluaciones que el Comité de Selección practique como consecuencia de los presentes procesos de selección se realizarán en la Sede Central del FNA, Alsina 673, (1087) CABA. Los gastos de pasaje, traslados, alojamiento, comidas y toda otra erogación que realicen los aspirantes correrán por su exclusiva cuenta.
e. 27/04/2015 N° 29291/15 v. 27/04/2015