Presidencia de la Nación

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS


Administración Federal de Ingresos Públicos

IMPUESTOS

Resolución General 1401

Impuesto al Valor Agregado. Decreto N° 959/2001. Operaciones de exportación y asimilables. Solicitudes de acreditación, devolución o transferencia. Programa aplicativo. Resolución General N° 1313 y su modificatoria. Su modificación.

Bs. As., 26/12/2002

VISTO la Resolución General N° 1313 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada resolución general se aprobó el programa aplicativo que permite agilizar el trámite de acreditación, devolución o transferencia del importe del impuesto al valor agregado facturado, contenido en el monto de las operaciones de exportación perfeccionadas desde el 1 de diciembre de 2002.

Que en virtud de las solicitudes efectuadas por entidades representativas del sector exportador, se estima conveniente adecuar el mencionado programa aplicativo, a efectos de posibilitar la presentación de la información en CD ROM, así como incorporar aclaraciones en el manual de ayuda para facilitar la carga de datos.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Programas y Normas de Fiscalización, de Información Estratégica para Fiscalización y de Informática de Fiscalización.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997 y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Modifícase la Resolución General N° 1313 y su modificatoria, en la forma que se indica a continuación:

1. Sustitúyese en el primer párrafo del artículo 1° la expresión "... SOLICITUD DE REINTEGRO DEL IMPUESTO FACTURADO - Versión 3.0 ... " por la expresión "... SOLICITUD DE REINTEGRO DEL IMPUESTO FACTURADO - Versión 3.0 - Release 1 ...".

2. Sustitúyese el segundo párrafo del artículo 1°, por el siguiente:

"El citado programa aplicativo podrá ser transferido de la página "Web" de este organismo (http:/ /www.afip.gov.ar) o solicitarse en la dependencia en la que el responsable se encuentre inscrito, mediante la entrega simultánea del correspondiente disquete de TRES PULGADAS Y MEDIA (3½") HD, sin uso.".

3. Sustitúyese el Anexo por el que se incorpora como Anexo de la presente.

Art. 2° — Apruébanse el programa aplicativo denominado "SOLICITUD DE REINTEGRO DEL IMPUESTO FACTURADO - Versión 3.0 – Release 1" y el Anexo que forma parte de la presente.

Art. 3° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.

ANEXO RESOLUCION GENERAL N° 1313 Y SU MODIFICATORIA (TEXTO SEGÚN RESOLUCION GENERAL N° 1401)

SISTEMA SOLICITUD DE REINTEGRO DEL IMPUESTO

FACTURADO - Versión 3.0 - Release 1

La utilización del sistema "SOLICITUD DE REINTEGRO DEL IMPUESTO FACTURADO – Versión 3.0 - Release 1" requiere tener preinstalado el sistema informático "S.I.Ap. Sistema Integrado de Aplicaciones - Versión 3.1 - Release 2". Está preparado para ejecutarse en computadoras tipo AT 486 o superiores, con sistema operativo Windows 95 o superior, con disquetera de TRES PULGADAS Y MEDIA (3½") HD (alta densidad), lectora/ grabadora de CD ROM 2x o superior (requisito no indispensable), 16 Mb de memoria RAM y disco rígido con un mínimo de 30 Mb disponibles.

El sistema permite:

1. Cargar los datos a través del teclado o por importación de los mismos desde un archivo externo.

2. Administrar la información por responsable.

3. Generar archivos para la presentación en formato encriptado (disquetes de TRES PULGADAS Y MEDIA (3½") HD, alta densidad o CD ROM).

4. Imprimir la declaración jurada que acompaña a los soportes que el responsable presenta.

5. Emitir listados con los datos que se graban en los archivos para el control del responsable.

6. Soportar impresoras predeterminadas por Windows.

7. Generar soportes de resguardo de la información del contribuyente.

8. El sistema prevé un módulo de "Ayuda", al cual se accede con la tecla F1 o a través de la barra de menú, que contiene indicaciones para facilitar el uso del programa aplicativo.

La función principal del sistema es generar el Formulario N° 404 previsto como "Declaración Jurada Exportaciones Crédito Fiscal" y la generación de archivos de presentación en formato encriptado en disquete de TRES PULGADAS Y MEDIA (3½") HD (alta densidad) o CD ROM.

La información deberá presentarse en uno o varios soportes (multivolumen) en caso de presentación en disquetes. Si la presentación es en CD ROM, se admitirá un solo soporte. Los mismos serán rotulados con indicación de apellido y nombres, denominación o razón social, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), período que se declara y carácter de la presentación —originaria (O) o rectificativa (R)—.

En caso de efectuarse una presentación rectificativa, se consignarán en ella todos los conceptos contenidos en la originaria, incluso aquellos que no hayan sufrido modificaciones.

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