MINISTERIO DEL INTERIOR
PASOS INTERNACIONALES DE LAS MERCADERIAS Y/O BIENES SECUESTRADOS Y/O RETENIDOS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
01-Mar-2011
Resumen:
LIMITASE LA PERMANENCIA EN LA SUPERFICIE DESTINADA AL FUNCIONAMIENTO DE LOS PASOS INTERNACIONALES DE LAS MERCADERIAS Y/O BIENES SECUESTRADOS Y/O RETENIDOS POR LAS AUTORIDADES COMPETENTES DE LOS ORGANISMOS QUE EJERCEN EN LOS MISMOS FUNCIONES DE CONTROL, DURANTE EL PLAZO DE TREINTA (30) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS COMPUTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE LA APLICACION DE LAS MEDIDAS CITADAS PRECEDENTEMENTE.