MERCOSUR/GMC/RES. N° 14/21
MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 44/15 'REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA DE FILTROS ULTRAVIOLETAS PERMITIDOS PARA PRODUCTOS DE HIGIENE PERSONAL, COSMÉTICOS Y PERFUMES'
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones N° 110/94, 133/96, 38/98, 51/08, 44/15 y 45/17 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que los productos de higiene personal, cosméticos y perfumes deben ser seguros bajo las condiciones normales o previsibles de uso.
Que es necesaria la actualización periódica de los listados de sustancias a fin de asegurar la correcta utilización de las materias primas en la fabricación de productos de higiene personal, cosméticos y perfumes.
Que resulta necesario incluir nuevas sustancias en la lista de filtros ultravioletas permitidos para productos de higiene personal, cosméticos y perfumes.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
RESUELVE:
Art. 1 - Modificar la Resolución GMC N° 44/15 'Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Lista de filtros ultravioletas permitidos para productos de higiene personal, cosméticos y perfumes' para incluir en la 'Lista de filtros ultravioletas permitidos para productos de higiene personal, cosméticos y perfumes' los siguientes números de orden y observaciones:
(3) Prohibido en productos cuya aplicación pueda provocar exposición por inhalación. La concentración de las impurezas methyl-pyrrolidone e hidrazine debe mantenerse a nivel de trazas.
(4) Prohibido en productos cuya aplicación pueda provocar exposición por inhalación.
- No usar con agentes nitrosantes.
- Tenor máximo de nitrosaminas: 50 pg/kg.
- Embalar/conservar en recipientes libres de nitritos.
Art. 2 - Los Estados Partes indicarán en el ámbito del Subgrupo de Trabajo N° 11 'Salud' (SGT N° 11), los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución.
Art. 3 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 22/II/2022.
GMC (Dec. CMC N° 20/02, Art. 6) - Montevideo, 26/VIII/21.
IF-2021-85365212-APN-DNRIN#MS