SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
SISTEMA INTEGRADO DE GESTION DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONES VETERINARIAS - OBLIGATORIEDAD
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
20-Nov-2024
Resumen:
UTILIZACION OBLIGATORIA DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTION DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONES VETERINARIAS (SIGVET) DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA). SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD, A PARTIR DEL 20 DE NOVIEMBRE DE 2024, DE UTILIZAR EL SIGVET PARA TODAS LAS OPERACIONES DE IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS VETERINARIOS EN LA REPUBLICA ARGENTINA.
Observaciones:
LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 401/2010 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.