REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
LIQUIDACION DE EMOLUMENTOS - MONTOS MINIMOS Y LIMITES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
29-Ago-2014
Resumen:
A LOS FINES DEL CALCULO DE LA LIQUIDACION DE LOS EMOLUMENTOS PREVISTA POR EL ARTICULO 3° DE LA RESOLUCION M.J. Y D.H. Nº 1981/12 Y SUS MODIFICATORIAS RESPECTO DE LOS MESES DE AGOSTO Y NOVIEMBRE DEL AÑO 2014, RESULTARAN APLICABLES “LOS MONTOS Y LIMITES CONSIGNADOS EN EL ANEXO QUE FORMA PARTE DE LA PRESENTE.”