Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
PRESUPUESTO
Resolución 133/2011
Actualícese la descripción de las políticas presupuestarias.
Bs. As., 2/5/2011
VISTO la Ley Nº 26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional 2010, prorrogada por el Decreto Nº 2053 y complementada por el Decreto Nº 2054, ambos de fecha 22 de diciembre de 2010 y la Decisión Administrativa Nº 1 del 7 de enero de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que la Decisión Administrativa Nº 1 del 7 de enero de 2011 determinó el detalle de los créditos presupuestarios, la estimación de los recursos y las fuentes financieras correspondientes a la prórroga del presupuesto vigente al cierre del Ejercicio 2010.
Que el Artículo 6º de la Decisión Administrativa citada precedentemente estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional presentarán en forma obligatoria a la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS las políticas presupuestarias, las descripciones .de programas, la programación anual y trimestral de las metas físicas de cada uno de los programas y el avance físico programado de los proyectos, adecuados a los créditos presupuestarios determinados por el referido Artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 7/2011.
Que, asimismo, el Artículo 7º de la Decisión Administrativa mencionada faculta a la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a actualizar y publicar, sobre la base de la información remitida por las Jurisdicciones y Entidades, las políticas presupuestarias, la descripción de los programas presupuestarios, las nietas anuales de los programas y el avance físico anual programado para los proyectos de inversión.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1º — Actualícese y publíquese la descripción de las políticas presupuestarias, la descripción de los programas presupuestarios, las metas anuales de los programas y el avance físico anual programado para los proyectos de inversión de las Jurisdicciones y Entidades, adecuados a los créditos presupuestarios determinados por la Decisión Administrativa Nº 1 del 7 de enero de 2011, según el detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan C. Pezoa.
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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar