Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE HACIENDA

SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA


Secretaría de la Gestión Pública

y

Secretaría de Hacienda

PRESIDENCIA DE LA NACION

Resolución Conjunta 13/2008

Incorpóranse, reasígnanse y deróganse cargos y unidades pertenecientes al Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Secretaría Legal y Técnica.

Bs. As., 6/2/2008

VISTO el Expediente Nº 900-1194-08-1-4 del registro de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, el Decreto Nº 78 del 20 de enero de 2000 y sus modificatorios, el Decreto Nº 172 de fecha 30 de enero de 2008 y la Resolución de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 7 del 30 de enero de 2008, el Decreto Nº 993 (t.o. 1995) del 27 de mayo de 1991, mediante el cual se aprobó el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA) y la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 11 de fecha 3 de febrero de 1992, sus complementarias y modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 78/00 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que por Decreto Nº 178/08 se crea la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION de la SUBSECRETARIA TECNICA de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que por la Resolución de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 7/08 se aprobaron las aperturas inferiores de la Dirección General de Administración y de la Dirección Nacional del Registro Oficial, ambas dependientes de la SUBSECRETARIA TECNICA.

Que por intermedio de la Resolución SFP Nº 11/92, complementarias y modificatorias, se aprobaron distintas etapas del Nomenclador de Funciones Ejecutivas correspondientes a unidades organizativas a las que se les asignó el índice de ponderación pertinente y cuyo personal revista en el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa.

Que a través del proceso de transformación en el que se encuentra inserto el Estado Nacional, la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, ha reestructurado sus unidades organizativas, a efectos de otorgarle mayor eficacia y eficiencia al accionar del Estado Nacional.

Que en relación al reordenamiento que se está llevando a cabo en la mencionada Secretaría se hace necesario, por el presente acto incorporar, reasignar y derogar cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas.

Que la Oficina Nacional de Innovación de Gestión de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete, conforme la normativa citada, efectuando el análisis y ponderación correspondiente a los cargos para los cuales se solicita la incorporación, reasignación y derogación al Nomenclador de Funciones Ejecutivas.

Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a través de la Oficina Nacional de Presupuesto, ha constatado la existencia de créditos vigentes para la medida propugnada en la presente norma.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7º de la Decisión Administrativa Nº 1 del 15 de enero de 2008.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA GESTION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Y

EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVEN:

Artículo 1º — Incorpóranse al Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, según el detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º — Reasígnase en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo perteneciente a la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, según el detalle obrante en el Anexo II que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 3º — Deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas las unidades pertenecientes a la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, según el detalle obrante en el Anexo III que forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Juan C. Pezoa.

ANEXO I

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

Incorporación

Unidad Organizativa

Nivel

SUBSECRETARIA TECNICA

 

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

I

DIRECCION DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

III

UNIDAD CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO

V

UNIDAD TESORERIA

V

UNIDAD COMPRAS, PATRIMONIO Y SUMINISTROS

V

DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

III

UNIDAD DESARROLLO Y ORGANIZACION DEL PERSONAL

V

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

 

UNIDAD RELACIONES INSTITUCIONALES E INFORMACION

III

DIRECCION EDITORIAL

III

UNIDAD EDITORIAL

V

DIRECCION ADMINISTRATIVA CONTABLE Y DE COORDINACION

III

UNIDAD CONTABLE

V

UNIDAD COORDINACION

V

DIRECCION DE SISTEMAS INFORMATICOS

III

UNIDAD SISTEMAS INFORMATICOS

V

ANEXO II

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

Reasignación

Unidad Organizativa

Nivel

SUBSECRETARIA TECNICA

 

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

I

(NIVEL ANTERIOR: III)

 

ANEXO III

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

Derogaciones

Unidad Organizativa

Nivel

SUBSECRETARIA TECNICA

 

UNIDAD COORDINACION TECNICA

IV

DIRECCION DE ORGANIZACION ADMINISTRATIVA

III

UNIDAD ASISTENCIA FINANCIERA

V

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