Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE


MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Resolución 127/2022

RESOL-2022-127-APN-MAD

Ciudad de Buenos Aires, 01/04/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2021-124094312-APN-DGAYF#MAD del Registro del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, la ley N° 24.375 aprobatoria del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CBD), la ley N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de protección ambiental de los bosques nativos, la Ley de Procedimientos Administrativos n° 19549, el Decreto 1347 del 16 de diciembre de 1997, el Decreto 91 del 16 de febrero de 2009, la Resolución MAyDS n° 151 del 28 de marzo de 2017 aprobatoria de la Estrategia Nacional de Biodiversidad y Plan de Acción 2016/2020, la Decisión Administrativa N° 928 del 20 de setiembre de 2021, modificatoria de la n° 262/2020, y

CONSIDERANDO:

Que la ley N.° 24.375 aprobó el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CBD) y su decreto reglamentario N.°1347/97 designó a la entonces Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable, actual MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE como su autoridad de aplicación.

Que en el artículo 2° de dicho instrumento internacional se define el uso sostenible como “la utilización de los componentes de la diversidad biológica de un modo y a un ritmo que no ocasione la disminución a largo plazo de la diversidad biológica, con lo cual se mantienen las posibilidades de esta de satisfacer las necesidades y aspiraciones de las generaciones actuales y futuras”.

Que el artículo 7° inciso a) del Convenio dispone que “cada Parte Contratante … identificará los componentes de la diversidad biológica que sean importantes para su conservación y utilización sostenible.”

Que el artículo 2° de la Ley 26.331, define a los bosques nativos como: “… los ecosistemas forestales naturales compuestos predominantemente por especies arbóreas nativas maduras, con diversas especies de flora y fauna asociadas, en conjunto con el medio que las rodea —suelo, subsuelo, atmósfera, clima, recursos hídricos—, conformando una trama interdependiente con características propias y múltiples funciones, que en su estado natural le otorgan al sistema una condición de equilibrio dinámico y que brinda diversos servicios ambientales a la sociedad, además de los diversos recursos naturales con posibilidad de utilización económica”.

Que de acuerdo con el Decreto 91/2009, el actual MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN es la autoridad de aplicación de la ley 26.331.

Que los productos forestales no madereros (PFNM) son recursos naturales renovables obtenidos de los bosques, de otras áreas forestales y de árboles fuera de los bosques que no incluyen a la madera, la leña y el carbón. Son alimentos, medicinas, tintes, aceites esenciales, gomas, resinas, fibras textiles y materiales para la construcción, entre otros, que le dan valor agregado al bosque y los servicios que estos brindan y contribuyen a la seguridad alimentaria, la inclusión social y al desarrollo económico mediante la generación de empleo verde e ingresos para las comunidades que los habitan.

Que dichos productos son una manifestación palmaria del uso sostenible de la diversidad biológica, a la que la ESTRATEGIA NACIONAL SOBRE LA BIODIVERSIDAD (ENB), adoptada por la Resolución 151/2017 del ex Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, reconoce como objetivo fundamental para alcanzar un desarrollo inclusivo que tenga como pilares tanto la conservación como el mentado uso sostenible (conf. Eje 1).

Que asimismo, los productos mencionados están reflejados en diversos Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas, tales como el Objetivo 2: poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible, el Objetivo 5: lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas, el Objetivo 12: Garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles, el Objetivo 15: Proteger, restablecer y promover el uso sostenible de los ecosistemas terrestres, gestionar los bosques de forma sostenible, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y poner freno a la pérdida de la diversidad biológica.

Que desde el año 1994 un área de la entonces Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, comenzó una línea de trabajo sobre PFNM con un grupo de técnicos especializados en el tema, donde se dio respuesta a demandas de productores/as y técnicos/as, permitiendo mejorar aspectos del aprovechamiento, el procesamiento y la comercialización de los PFNM, desde un enfoque regional y nacional.

Que desde el año 2015, se ha llevado a cabo el Proyecto PNUD ARG 15/G53 “Incorporación del Uso Sostenible de la Biodiversidad en las Prácticas de Producción de Pequeños Productores para Proteger la Biodiversidad en los Bosques de Alto Valor de Conservación en las Ecorregiones Bosque Atlántico, Yungas y Chaco” (USUBI), el cual ha contribuido a brindar apoyo y fortalecimiento a pequeños productores de comunidades indígenas, familias criollas y colonas de las ecorregiones de Yungas, Chaco Seco y Bosque Atlántico a través de la comercialización de los productos.

Que a través del trabajo en conjunto de expertos, autoridades de aplicación y productores locales, se promovió a través del proyecto USUBI, una red de colaboración entre los actores locales que permitió la construcción y refacción de salas de procesamiento y elaboración de productos, la creación y mantenimiento de viveros, el trabajo con más de 100 especies del bosque nativo y la incorporación de 5 PFNM al Código Alimentario Argentino, entre otros.

Que atento a la finalización del proyecto USUBI, es menester crear un programa que continúe con las actividades desarrolladas en las distintas ecorregiones elegidas, para replicar el trabajo realizado y las experiencias obtenidas en otras, lo que permitirá dinamizar el sector de los PFNM, a través de la puesta en valor de las especies nativas de las que provienen.

Que en virtud de que la DIRECCIÓN NACIONAL DE BIODIVERSIDAD dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES tiene entre sus acciones, impulsar el uso de la biodiversidad en lo referente al uso sostenible de especies, productos y subproductos con valor agregado, el involucramiento de las comunidades locales, generación de información y medidas de trazabilidad; será la encargada de llevar a cabo el programa creado por la presente resolución.

Que debido a la competencia asignada a la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES por la Decisión Administrativa 262/2020 Anexo 2, cabe delegar en esta el dictado de las normas jurídicas que se propicien como consecuencia del programa creado por la presente resolución, de conformidad con el art. Artículo 3 de la Ley 19.549.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades comprendidas en la Ley N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) modificada mediante el Decreto N° 7/19 y del Decreto N° 50/19.

Por ello,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. - Créase el “PROGRAMA NACIONAL DE PRODUCTOS FORESTALES NO MADEREROS” (PNPFNM), conforme a los fundamentos, objetivos y acciones que constan en el ANEXO I (IF-2022-07686184- APN-DNBI#MAD) que forma parte de la presente Resolución.

(Artículo rectificado por art. 2º de la Resolución Nº 176/2022 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible B.O. 4/5/2022. Vigencia: a partir del día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.)

ARTÍCULO 2°. - La implementación del Programa estará a cargo de la DIRECCIÓN NACIONAL DE BIODIVERSIDAD dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES.

ARTÍCULO 3°. -Deléguese en la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES el dictado de normas complementarias, aclaratorias y modificatorias necesarias para llevar a cabo los objetivos del Programa conforme al art. 3° de la ley 19549.

ARTÍCULO 4°. – La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 5°. - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese

Juan Cabandie

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/04/2022 N° 21259/22 v. 05/04/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


ANEXO I

PROGRAMA NACIONAL DE PRODUCTOS FORESTALES NO MADEREROS

1. Fundamentos y antecedentes

La diversidad biológica de los ecosistemas naturales comprende una gran cantidad de plantas, hongos, animales y microorganismos, muchos de los cuales se utilizan desde tiempos inmemoriales para obtener alimentos, medicinas, tintes, cosméticos, fibras textiles, artesanías, materiales para la construcción, entre otros. Estos productos, cuando se obtienen de los bosques, otras áreas forestales y árboles fuera de los bosques, se conocen mundialmente como productos forestales no madereros (PFNM), ya que no incluyen a la madera, la leña y el carbón vegetal.

La biodiversidad vegetal constituye la principal fuente de obtención de los PFNM, ya que se utilizan una enorme variedad de árboles, arbustos, hierbas, lianas, epífitas, enredaderas, musgos, líquenes y helechos. De las diversas especies vegetales se pueden obtener productos tales como frutos, semillas, flores, hojas, cortezas, raíces, ceras, gomas, resinas, aceites esenciales, extractos secos y acuosos, polen y néctar, entre otros. Sin embargo, los PFNM también pueden obtenerse de hongos, animales y microorganismos, que son utilizados con distintos fines.

En el pasado, los PFNM fueron utilizados principalmente por los pueblos indígenas y las comunidades locales. Actualmente, estos son aprovechados por múltiples actores, tanto para fines de subsistencia, como para fines culturales, espirituales, comerciales, turísticos, gastronómicos e industriales, entre otros.

En las últimas décadas la Organización de la Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y otros organismos internacionales, han destacado la importancia que tienen los PFNM para las poblaciones que viven y dependen de la biodiversidad de los ecosistemas naturales, ya que contribuyen a la seguridad alimentaria, la inclusión social y al desarrollo económico, mediante la generación de empleo verde e ingresos para dichas comunidades, mitigando la migración hacia los grandes centros urbanos.

La obtención de los PFNM es básicamente por recolección, y su comercialización se realiza generalmente por canales no convencionales, por lo tanto, no se reflejan en las estadísticas, no poseen mercado fijo, responden a variaciones estacionales, y muchas veces, a la ocurrencia de determinados eventos o factores que dificultan su adecuada valorización.

La importancia del comercio de PFNM, estriba tanto en su valor comercial, como en el elevado valor cultural que implica su consumo tradicional. Asimismo, representan un gran potencial para el futuro desarrollo de las economías locales y regionales. La llegada de estos productos a los mercados urbanos genera un proceso de valorización social de los ecosistemas terrestres, siendo una estrategia de conservación de la biodiversidad a través del uso. Es, además, una tarea que realizan en general mujeres y jóvenes rurales, lo que posibilita el despliegue de estrategias que fortalecen el asociativismo y el arraigo de las poblaciones a sus territorios.

En Argentina, la variedad de regiones forestales es indicativa de la gran diversidad de especies de las cuales se pueden obtener PFNM. El conocimiento de su distribución y abundancia permitiría configurar un mapa de los sitios de obtención de los mismos. El aprovechamiento de los PFNM es aún escaso respecto de su potencial y la información para realizarlo de manera eficiente se encuentra dispersa. Las investigaciones sobre PFNM deben ser abordadas a través de la ciencia, la tecnología, la innovación y el conocimiento tradicional, y ser analizadas desde un punto de vista multidisciplinario y transdisciplinario, para la toma de decisiones en políticas públicas ambientales que impacten positivamente en los territorios.

Para lograr una mayor eficiencia en el uso del recurso y obtener un producto de alta calidad, deben tenerse en cuenta tanto las técnicas para su aprovechamiento y procesamiento, como los métodos de preservación.

En este sentido, se valoran tanto los saberes tradicionales presentes en la diversidad cultural de las comunidades, como así también se hace necesario el acceso al conocimiento técnico-científico que incorpore nuevas herramientas y tecnologías.

En el año 1994, en la entonces Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, un área de trabajo, conformado por ingenieros agrónomos y biólogos, comenzó a recopilar información sobre los usos y aplicaciones de los PFNM, incorporando datos publicados en bibliografía especializada.

Asimismo, se dio respuesta a demandas de productores/as y técnicos/as, permitiendo mejorar aspectos del aprovechamiento, el procesamiento y la comercialización de los PFNM, desde un enfoque regional y nacional. Se propuso la incorporación de otras especies al esquema de uso múltiple del bosque para obtener PFNM adaptándose a los recursos y capacidades de cada tipo de productor/a. Este grupo trabajó de manera articulada con diversas áreas del organismo.

Entre los productos generados se encuentran: base de datos de PFNM; presentaciones de trabajos en congresos nacionales e internacionales; publicaciones en revistas científicas y de divulgación; organización de talleres y congresos de PFNM; producción de material técnico y de divulgación de PFNM; inclusión de frutos de especies nativas en el Código Alimentario Argentino (CAA); actualización del grado de avance en el conocimiento de las aplicaciones, composición química, propiedades nutricionales y fisicoquímicas de las especies que producen frutos con uso alimenticio; capacitación a técnicos provinciales sobre PFNM; asesoramiento técnico a investigadores del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva para la incorporación de especies al CAA.

Posteriormente, el proyecto Uso Sustentable de la Biodiversidad (USUBI) - PNUD ARG 15/G53 -SPARN-DNBI, puso en valor estos productos a través del trabajo en territorio en tres ecorregiones del norte argentino (yungas, chaco seco y selva paranaense).

A continuación se mencionan algunos de los resultados y actividades del proyecto: se fortaleció el marco de gobernanza provincial para el manejo sostenible de PFNM; se desarrollaron y promovieron redes de interacción y colaboración con expertos, autoridades de aplicación y productores para establecer estrategias regionales para el aprovechamiento sostenible de los PFNM; se implementaron pilotos de aprovechamiento sostenible con agregado de valor en origen y comercialización diferenciada; se facilitó el acceso formal a los mercados a 270 familias; se trabajó con comunidades indígenas (Wichís, Kollas, Ocloyas, Mbyá Guaraní),criollas y campesinas se trabajó en 243.000 hectáreas en 20 sitios piloto en las tres ecorregiones de implementación del proyecto, se trabajó con más de 100 especies del bosque nativo; se financió la construcción y refacción de salas de procesado, elaborados, viveros, entre otros; se incorporaron 5 productos al CAA y se solicitó la incorporación de otros 15.

Atento a la necesidad de continuar con las actividades implementadas por el área de trabajo de PFNM y el proyecto USUBI, es menester contar con un Programa Nacional, dentro del ámbito del MAyDS, que contribuya a sistematizar la información sobre la distribución y abundancia, usos y aplicaciones de las especies de la flora nativa, ampliar el conocimiento e información sobre el manejo y gestión sostenible de los PFNM, así como de la colecta de datos, para llevar adelante estadísticas confiables que permitan orientar la toma de decisiones y propicien el fomento al uso sostenible como estrategia de conservación de la biodiversidad, generación de empleo verde y desarrollo local inclusivo e integral.

2. Objetivo general

Contribuir al aprovechamiento sostenible y a la conservación de la biodiversidad, a través de la valoración de los PFNM.

3. Objetivos específicos

• Promover acciones de innovación, investigación, transferencia tecnológica y capacitación que contribuyan a potenciar el uso sostenible de los PFNM y su adecuada valoración y valorización como generadores de desarrollo y como herramienta para el uso sostenible de la biodiversidad.

• Promover el aprovechamiento sostenible de los PFNM, sobre la base del conocimiento científico y tradicional aplicado en toda su cadena de valor (prácticas de manejo, recolección, usos, aplicaciones, procesamiento de materias primas, asociativismo y comercialización), para lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a las mujeres.

• Promocionar la incorporación, adaptación y mejora de tecnologías disponibles que permitan mayor eficiencia en el aprovechamiento de los PFNM, priorizando la conservación de la biodiversidad y las especies aprovechadas, así como de las técnicas de procesamiento y aplicaciones innovadoras, para garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles.

• Promover la restauración de ecosistemas boscosos con especies nativas utilizadas para aprovechamiento de PFNM, que contribuyan a la estrategia de adaptación al cambio climático.

Fortalecer el marco de gobernanza nacional y provincial para el manejo sostenible de PFNM del bosque nativo a escala de paisaje.

3. Acciones

Dentro del Programa Nacional de PFNM se contempla realizar las siguientes acciones:

I Relevamiento, sistematización de la información y difusión

• Desarrollar una base de datos sobre la información de las especies nativas de las que se obtienen PFNM (biología de las especies y usos).

• Elaborar documentos en base a la revisión de bibliografía de distintas disciplinas científicas, agrupando la información por especies y por productos, en cuanto a características biológicas, métodos de aprovechamiento, técnicas de preservación y procesamiento, aplicaciones y tecnologías de procesamiento disponibles.

• Identificar, sistematizar y mapear experiencias de aprovechamiento sostenible que sirvan de insumo para promover modelos de desarrollo.

II Fortalecimiento de capacidades locales

• Promover el fortalecimiento de las capacidades de comunidades y productores/as en el aprovechamiento de PFNM con perspectiva de género e inclusión de jóvenes.

• Gestionar la asistencia técnica y financiera para la implementación de proyectos de usos sostenible de PFNM.

• Impulsar el acompañamiento en la comercialización de PFNM y el fortalecimiento de sus cadenas de valor.

• Desarrollar talleres, capacitaciones y seminarios a nivel provincial, ecorregional y nacional, así como material de difusión sobre la conservación y el uso sostenible de especies utilizadas como fuente de PFNM.

• Promover el consentimiento fundamentado previo y el establecimiento de condiciones mutuamente acordadas, conforme a lo dispuesto en el Protocolo de Nagoya, para garantizar la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos y conocimientos tradicionales asociados cuando corresponda al aprovechamiento de PFNM.

III Manejo y restauración

• Promover prácticas de manejo que fomenten el uso múltiple del bosque, utilizando los PFNM para una mejor conservación de los ecosistemas boscosos.

• Promover acciones de restauración ecológica y enriquecimiento de ecosistemas boscosos, utilizando especies de plantas nativas que proveen PFNM, mediante el desarrollo de viveros locales.

• Promover la implementación de indicadores y medidas de monitoreo de aprovechamiento y conservación del ecosistema boscoso.

IV Articulación interinstitucional

• Tramitar la inclusión de PFNM en el Código Alimentario Argentino, actualizando el grado de avance en el conocimiento ancestral y científico de las aplicaciones, composición química, propiedades nutricionales y fisicoquímicas.

• Promover la articulación con la Dirección Nacional de Bosques del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el fortalecimiento técnico de las capacidades sobre el manejo de PFNM.

• Promover la articulación con otros organismos de gobierno y jurisdicciones locales para establecer estrategias de aprovechamiento sostenible de PFNM y protocolos de prácticas de manejo y procesamiento a fin de fortalecer las cadenas de valor.

• Crear la Red Nacional de PFNM con autoridades de aplicación, productores/as, técnicos/as e investigadores/as para propiciar instancias de diálogo y articulaciones que fomenten el intercambio de conocimientos técnicos y tradicionales, el desarrollo de iniciativas comerciales y de aprovechamiento sostenible de PFNM, con perspectiva de géneros y juventudes.

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