Presidencia de la Nación

CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERIA MECANICA Y ELECTRICISTA


CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ELECTRICISTA

Resolución 125/2024

Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2024

VISTO

El Decreto Ley 6070/58, ratificado por Ley 14.467.

Lo establecido en el Reglamento Interno de este Consejo Profesional. y,

CONSIDERANDO

Lo resuelto en la reunión plenaria extraordinaria de fecha 11/06/2024.

Que lo expresado en el artículo 1 del Reglamento Interno versa sobre la cantidad de Consejeros que conforman el Consejo Directivo, no indicando explícitamente la composición cualitativa del mismo en términos de la profesión que los integrantes deben detentar.

Por ello;

Este CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ELECTRICISTA

RESUELVE

Artículo 1º: Modificar el artículo 1° del Reglamento Interno, que deberá decir: “El Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista, creado por Decreto 17946/44, ratificado por Ley 13895, hoy regido por el Decreto Ley 6070/58, ratificado por Ley 14467/58, está conducido por un Consejo Directivo constituido por diez Consejeros titulares debiendo ser nueve Ingenieros y un Licenciado y cinco Consejeros suplentes los cuales deberán ser cuatro Ingenieros y un Licenciado, elegidos por votación de los profesionales universitarios matriculados y un Consejero titular y un Consejero suplente, elegidos por los profesionales técnicos matriculados.”

Artículo 2º: Notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina y archívese.

Fernando Pedro Iuliano - Juan Carlos Suchmon

e. 15/07/2024 N° 44998/24 v. 15/07/2024
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