TRABAJO AGRARIO
ACTIVIDAD DE LA CEBOLLA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
09-Mayo-2024
Resumen:
FIJANSE LAS REMUNERACIONES MINIMAS PARA LOS TRABAJADORES QUE SE DESEMPEÑAN EN LA ACTIVIDAD DE LA CEBOLLA, EN EL AMBITO DE LAS PROVINCIAS DE BUENOS AIRES Y LA PAMPA, CON VIGENCIA A PARTIR DEL 1° DE ABRIL DE 2024 Y DEL 1° DE MAYO DE 2024 HASTA EL 31 DE DICIEMBRE 2024, CONFORME SE CONSIGNA EN LOS ANEXOS I Y II QUE FORMAN PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE RESOLUCION.