Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS


Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos

PROGRAMA DE TRANSPARENCIA PARA LAS CONTRATACIONES

Resolución 123/2008

Créase en el ámbito de la Subsecretaría de Coordinación del citado Ministerio, el Programa Transparencia para las contrataciones. Apruébase Instructivo.

Bs. As., 23/1/2008

VISTO el Expediente Nº 163.417/08 del registro de este Ministerio, las Leyes Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y Nº 26.338, el Decreto Nº 21 del 10 de diciembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 3º de la Ley Nº 26.338 se transfirieron desde el MINISTERIO DEL INTERIOR a esta Cartera de Estado, entre otras dependencias, la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR, la GENDARMERIA NACIONAL, la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, y sus áreas dependientes.

Que hasta que se dispuso la transferencia antes señalada, se encontraba vigente para el MINISTERIO DEL INTERIOR y las Fuerzas Policiales y de Seguridad, el PROGRAMA TRANSPARENCIA PARA LAS CONTRATACIONES, que tenía como cometido adoptar medidas de coordinación, supervisión y contralor para asegurar la eficiencia y eficacia en el uso de los recursos económicos y financieros del Ministerio y de las Fuerzas de Seguridad y Policiales.

Que el objetivo que se tuvo en miras al crear aquel Programa se alcanzó al incorporar mecanismos que facilitaron la libre concurrencia de oferentes, impulsaron la difusión y publicidad de las contrataciones y mejoraron la gestión de las adquisiciones.

Que es voluntad de esta gestión mantener, continuar y extender las acciones del citado Programa a todo el ámbito de esta Cartera de Estado incluyendo a los Organismos Desconcentrados que de ella dependen.

Que este objetivo se cumple mediante la asignación de dichas funciones a un programa específico dentro de este Ministerio.

Que coadyuva a este propósito la adopción de medidas que incrementen la transparencia de los procedimientos correspondiendo, en consecuencia, aprobar un Instructivo de cumplimiento obligatorio para todos los procedimientos de adquisición y contratación de bienes y servicios del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS y de sus Organismos Desconcentrados, complementarias del marco normativo sobre contrataciones de la Administración Pública Nacional.

Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 4, inciso b), punto 9 de la Ley Nº 22.520 (t.o. 1992) y sus modificatorias.

Por ello,

El MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Créase, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de este Ministerio, el PROGRAMA TRANSPARENCIA PARA LAS CONTRATACIONES, que tendrá como cometido adoptar medidas de coordinación, supervisión y contralor que aseguren la eficiencia y eficacia en el uso de los recursos económicos y financieros del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS y de sus Organismos Desconcentrados.

Art. 2º — Sin perjuicio de cumplimentar la normativa vigente en materia de contrataciones, apruébase el INSTRUCTIVO que como Anexo I forma parte de la presente, el cual será de cumplimiento obligatorio a todos los procedimientos de adquisición y contratación de bienes y servicios de la jurisdicción, excepto las contrataciones que hayan sido declaradas secretas. La SUBSECRETARIA DE COORDINACION tendrá a su cargo supervisar el cumplimiento del mencionado Instructivo.

Art. 3º — Todos los proyectos de Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, exceptuando los de trámite simplificado, las contrataciones directas por razones de urgencia o emergencia, las contrataciones declaradas secretas y aquellas cuyo monto estimado no supere los PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) deberán ser expuestos a un período de consulta pública por Internet, el cual no podrá ser inferior a TRES (3) días.

Art. 4º — Derógase la Resolución Nº 355 del 9 de mayo de 2005.

Art. 5º — Difúndase el tenor de la presente en el sitio de Internet de este Ministerio.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández.

Anexo I

INSTRUCTIVO PARA LA TRANSPARENCIA DE LAS CONTRATACIONES DE BIENES Y SERVICIOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Y DE SUS ORGANISMOS DESCONCENTRADOS.

ARTICULO 1º - Todo procedimiento de contratación, incluyendo los que sean declarados secretos, deberá ser informado al PROGRAMA TRANSPARENCIA PARA LAS CONTRATACIONES, acompañando al efecto:

1. Anteproyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas.

2. Presupuesto y costo estimado.

3. Precios de referencia.

4. Potenciales Oferentes a ser invitados, en su caso.

La remisión de información se realizará en formato electrónico, mediante el procedimiento de comunicación electrónica con firma digital que se habilite al efecto, según la disponibilidad tecnológica.

ARTICULO 2º - Los proyectos de Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, deberán someterse a consulta pública para la recepción de observaciones y sugerencias, mediante su publicación en el sitio de Internet de este Ministerio. Quedan exceptuadas las contrataciones declaradas secretas, las que se realicen por trámite simplificado, aquellas cuyo monto estimado no supere los PESOS DIEZ MIL ($10.000) y las contrataciones directas por razones de urgencia o emergencia.

El período de publicación del proyecto de Pliego no podrá ser inferior a TRES (3) días. Durante el mismo, los interesados podrán plantear observaciones o efectuar comentarios, mediante el formulario que a tal efecto se habilitará en la página de Internet.

No podrán aprobarse los Pliegos que no hayan sido sometidos al procedimiento de consulta previsto en el presente artículo.

ARTICULO 4º - La Dirección de Gestión Informática tomará intervención en los proyectos de Pliegos cuyas Especificaciones Técnicas se relacionen con el ámbito de su competencia y éstos sólo serán publicados cuando se verifique la inexistencia de objeciones de índole técnica para la continuación del trámite.

ARTICULO 5º - Podrán solicitarse aclaraciones sobre el contenido de los proyectos de Pliegos mediante comunicación escrita. En este caso la Unidad Operativa de Contrataciones responderá las mencionadas solicitudes, integrando la documentación que rige el llamado.

ARTICULO 6º - Cuando los pedidos de aclaración del proyecto de Pliego recibidos mediante comunicación escrita, así como los comentarios u observaciones ingresados durante la publicación del mismo, den lugar a modificaciones, el mismo podrá publicarse nuevamente, respetando el plazo previsto en el artículo 3º, si la índole de la modificación lo amerita a criterio del PROGRAMA. La desestimación de las observaciones recibidas al proyecto de Pliego deberá ser fundada por el área competente.

ARTICULO 7º - El Pliego que regirá el procedimiento de contratación será el que se apruebe una vez finalizadas las publicaciones y respondidas las observaciones o comentarios recibidos.

ARTICULO 8º - Deberá ingresarse al PROGRAMA, el número de contratación correspondiente y la fecha prevista de apertura de ofertas.

ARTICULO 9º - Los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas serán de acceso irrestricto a través de Internet durante su publicación en la página del Ministerio, salvo los correspondientes a contrataciones declaradas secretas.

ARTICULO 10 - Todas las comunicaciones entre las Unidades Operativas de Contrataciones y el PROGRAMA se hará en formato digital firmado digitalmente, según la disponibilidad tecnológica.

A tal fin, los funcionarios responsables deberán tramitar su certificado digital en la Autoridad Certificante del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

De todas las comunicaciones electrónicas efectuadas se deberá dejar constancia documental en las actuaciones.

Hasta tanto el sistema de comunicación electrónica se encuentre implementado, las comunicaciones se efectuarán por escrito y acompañadas de versión en soporte magnético.

Scroll hacia arriba