MINISTERIO DE INDUSTRIA
REGISTRO DE EMPRESAS LOCALES FABRICANTES DE LOS BIENES
Resumen:
EXTIENDESE POR VENTICUATRO (24) MESES LA VIGENCIA DE LA INSCRIPCION EN EL “REGISTRO DE EMPRESAS LOCALES FABRICANTES DE LOS BIENES COMPRENDIDOS EN EL ANEXO I DE LA RESOLUCION Nº 8 DE FECHA 23 DE MARZO DE 2001 DEL EX MINISTERIO DE ECONOMIA Y SUS NORMAS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS” A AQUELLAS EMPRESAS QUE AL DIA 30 DE ABRIL DE 2013 NO SE LES HUBIERA VENCIDO EL PLAZO QUE PREVE EL PUNTO 3° DEL ANEXO I DE LA RESOLUCION Nº 542 DE FECHA 28 DE DICIEMBRE DE 2006 DE LA EX SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DEL EX MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION 803-E/2017 DE LA SECRETARIA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, B.O. 02/10/2017, PAGINA 36. VIGENCIA: VER ARTICULO 5° DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.