MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
PRESENTACION DECLARACIONES JURADAS EN FORMATO DIGITAL
Resumen:
ESTABLECESE QUE, A PARTIR DE LA PUBLICACION DE LA PRESENTE, EL TRAMITE DE PRESENTACION DE LAS DECLARACIONES JURADAS CORRESPONDIENTES A LOS ARTICULOS 18 Y 25 DE LA LEY Nº 24.196 Y SUS MODIFICACIONES DEBERA REALIZARSE EN FORMATO DIGITAL, LAS QUE SERAN PRESENTADAS A TRAVES DE LA PLATAFORMA DE “TRAMITES A DISTANCIA” (TAD), DEL SISTEMA DE GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA (GDE), CON CARACTER OBLIGATORIO PARA LOS BENEFICIARIOS INSCRIPTOS EN EL REGISTRO DE INVERSIONES MINERAS. A TAL EFECTO RESULTARAN HABILITADOS EN LA MENCIONADA PLATAFORMA LOS TRAMITES: “DECLARACION JURADA ARTICULO 18 LEY Nº 24.196” Y “DECLARACION JURADA ARTICULO 25 LEY Nº 24.196”