AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO
Resolución Nº 1148/2012
Bs. As., 22/10/2012
VISTO el Expediente Nº ACR 0006939/2012, la Ley Nº 26.168, las Resoluciones ACUMAR Nº 662/2012, Nº 770/2012, Nº 925/2012, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO como ente de derecho público interjurisdiccional, otorgándole la facultad de dictar sus reglamentos de organización interna y de operación, así como facultades de regulación, control y fomento respecto de las actividades industriales, la prestación de servicios públicos y cualquier otra actividad con incidencia ambiental en la Cuenca, pudiendo intervenir administrativamente en materia de prevención, saneamiento, recomposición y utilización racional de los recursos naturales.
Que en uso de sus facultades la ACUMAR aprobó el Reglamento de Organización Interna y Estructura Organizativa del organismo, el cual fue sancionado mediante la Resolución Nº 662/2012, modificada a través de las Resoluciones Nº 770/2012 y Nº 925/2012.
Que conforme lo establecido en el artículo 66 del Reglamento mencionado en el párrafo precedente, se encuentra creada dentro de la estructura interna de la ACUMAR, la COORDINACION DE COMUNICACION E INFORMACION PUBLICA dependiente de la DIRECCION GENERAL ADMINISTRATIVA FINANCIERA, la cual tiene como funciones principales a su cargo las de organizar un sistema de información pública de modo concentrado, claro y accesible al público que permita verificar y comunicar el avance que se vaya logrando en cumplimiento de los objetivos del organismo, asistir en materia de diseño, imagen y aplicación de estrategias comunicacionales y administrar la página web de la ACUMAR, entre otras.
Que atento que las funciones a cargo de la mencionada Coordinación involucran las actividades y acciones llevadas a cabo por el organismo en su totalidad y no solamente de una Dirección en particular, se advierte la necesidad de modificar la ubicación del área dentro del organigrama vigente, resultando en tal sentido pertinente establecer su dependencia de la PRESIDENCIA EJECUTIVA de la ACUMAR, la cual se encuentra a cargo de la coordinación general de la gestión técnica administrativa del organismo.
Que en ese sentido en la Sesión Ordinaria de fecha 18 de octubre de 2012 el CONSEJO DIRECTIVO aprobó la incorporación de la COORDINACION DE COMUNICACION E INFORMACION PUBLICA en el ámbito de la PRESIDENCIA EJECUTIVA de la ACUMAR e instruyó a esta PRESIDENCIA a proceder a la suscripción del acto administrativo que la sancione.
Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la ACUMAR.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26.168.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Sustitúyase el artículo 1° del Anexo I de la Resolución Nº 662/2012 Reglamento de Organización Interna de la ACUMAR, modificado por las Resoluciones Nº 770/2012 y Nº 925/2012 por el siguiente:
“ARTICULO 1°.- La estructura organizativa de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO, en adelante ‘ACUMAR’, se conforma de la siguiente manera:
a) Consejo Directivo
b) Presidencia
c) Consejo Municipal
d) Comisión de Participación Social
e) Auditoría Interna
f) Consejo Ejecutivo
g) Presidencia Ejecutiva
g.1) Vicepresidencia Ejecutiva
g.2) Secretaría General
g.2.1) Mesa General de Entradas
g.3) Secretaría de Planificación Estratégica
g.3.1) Coordinación de Articulación de Acciones de Prevención
g.4) Coordinación General de Fiscalización y Reconversión
g.4.1) Coordinación de Planes de Reconversión Industrial
g.5) Coordinación de Comunicación e Información Pública
g.6) Comisiones Interjurisdiccionales
h) Dirección General Técnica
h.1) Coordinación de Calidad Ambiental
h.2) Coordinación de Infraestructura
h.3) Coordinación de Ordenamiento Territorial
h.4) Coordinación de Gestión Integral de Residuos Sólidos
i) Dirección General Administrativa Financiera
i.1) Coordinación de la Mejora Continua en la Gestión
i.2) Coordinación de Contabilidad y Administración
i.3) Coordinación de Presupuesto y Planificación Financiera
i.4) Coordinación de Recursos Humanos
i.5) Coordinación de Servicios Auxiliares
i.6) Coordinación de Informática y Telecomunicaciones
j) Dirección General de Asuntos Jurídicos
j.1) Coordinación de Dictámenes
j.2) Coordinación de Normativa
j.3) Coordinación de Gestión y Control Judicial
j.4) Coordinación de Asuntos Laborales y Contractuales
j.5) Coordinación de Procedimientos Sancionatorios
k) Dirección General de Salud Ambiental
k.1) Coordinación de la Unidad de Observatorios
k.2) Coordinación de Monitoreo e Investigación en Cuenca
l) Dirección General de Abordaje Territorial
l.1) Coordinación de Promoción Comunitaria
l.2) Coordinación de Fortalecimiento Barrial”.
ARTICULO 2° — Incorpórase al Anexo I de la Resolución Nº 662/2012 Reglamento de Organización Interna de la ACUMAR, modificado por las Resoluciones Nº 770/2012 y Nº 925/2012, el siguiente artículo:
“COORDINACION DE COMUNICACION E INFORMACION PUBLICA
ARTICULO 41 quater. — La COORDINACION DE COMUNICACION E INFORMACION PUBLICA depende de la PRESIDENCIA EJECUTIVA y tiene las siguientes funciones:
a) Organizar un sistema de información pública de modo concentrado, claro y accesible al público que permita verificar y comunicar el avance que se vaya logrando en cumplimiento de los objetivos del ente.
b) Contar con un Sistema de Información y de acceso a la información pública que permita realizar el análisis espacial y temporal de las acciones realizadas en la cuenca, así como implementar modelos y plantear escenarios.
c) Implementar herramientas de clasificación temática que faciliten el acceso a la información por los distintos actores involucrados en la problemática de la Cuenca.
d) Asistir en materia de diseño, imagen y aplicación de estrategias comunicacionales en el ámbito de la ACUMAR.
e) Organizar un sistema de información pública digital vía internet que contenga todos los datos, informes, cronogramas de las actividades del ACUMAR en cumplimiento de las resoluciones judiciales.
f) Administrar la página Web de la ACUMAR.”
ARTICULO 3° — Derógase el artículo 66 del Anexo I de la Resolución Nº 662/2012 Reglamento de Organización Interna de la ACUMAR, modificado por las Resoluciones Nº 770/2012 y Nº 925/2012.
ARTICULO 4° — Sustitúyase el Anexo II Estructura Organizativa de la Resolución Nº 662/2012 Reglamento de Organización Interna de la ACUMAR, modificado por las Resoluciones Nº 770/2012 y Nº 925/2012, por el que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 5° — La presente entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Nación.
ARTICULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JUAN J. MUSSI, Presidente, Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo.
Resolución Nº 1148/2012
Bs. As., 22/10/2012
VISTO el Expediente Nº ACR 0006939/2012, la Ley Nº 26.168, las Resoluciones ACUMAR Nº 662/2012, Nº 770/2012, Nº 925/2012, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO como ente de derecho público interjurisdiccional, otorgándole la facultad de dictar sus reglamentos de organización interna y de operación, así como facultades de regulación, control y fomento respecto de las actividades industriales, la prestación de servicios públicos y cualquier otra actividad con incidencia ambiental en la Cuenca, pudiendo intervenir administrativamente en materia de prevención, saneamiento, recomposición y utilización racional de los recursos naturales.
Que en uso de sus facultades la ACUMAR aprobó el Reglamento de Organización Interna y Estructura Organizativa del organismo, el cual fue sancionado mediante la Resolución Nº 662/2012, modificada a través de las Resoluciones Nº 770/2012 y Nº 925/2012.
Que conforme lo establecido en el artículo 66 del Reglamento mencionado en el párrafo precedente, se encuentra creada dentro de la estructura interna de la ACUMAR, la COORDINACION DE COMUNICACION E INFORMACION PUBLICA dependiente de la DIRECCION GENERAL ADMINISTRATIVA FINANCIERA, la cual tiene como funciones principales a su cargo las de organizar un sistema de información pública de modo concentrado, claro y accesible al público que permita verificar y comunicar el avance que se vaya logrando en cumplimiento de los objetivos del organismo, asistir en materia de diseño, imagen y aplicación de estrategias comunicacionales y administrar la página web de la ACUMAR, entre otras.
Que atento que las funciones a cargo de la mencionada Coordinación involucran las actividades y acciones llevadas a cabo por el organismo en su totalidad y no solamente de una Dirección en particular, se advierte la necesidad de modificar la ubicación del área dentro del organigrama vigente, resultando en tal sentido pertinente establecer su dependencia de la PRESIDENCIA EJECUTIVA de la ACUMAR, la cual se encuentra a cargo de la coordinación general de la gestión técnica administrativa del organismo.
Que en ese sentido en la Sesión Ordinaria de fecha 18 de octubre de 2012 el CONSEJO DIRECTIVO aprobó la incorporación de la COORDINACION DE COMUNICACION E INFORMACION PUBLICA en el ámbito de la PRESIDENCIA EJECUTIVA de la ACUMAR e instruyó a esta PRESIDENCIA a proceder a la suscripción del acto administrativo que la sancione.
Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la ACUMAR.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26.168.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Sustitúyase el artículo 1° del Anexo I de la Resolución Nº 662/2012 Reglamento de Organización Interna de la ACUMAR, modificado por las Resoluciones Nº 770/2012 y Nº 925/2012 por el siguiente:
“ARTICULO 1°.- La estructura organizativa de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO, en adelante ‘ACUMAR’, se conforma de la siguiente manera:
a) Consejo Directivo
b) Presidencia
c) Consejo Municipal
d) Comisión de Participación Social
e) Auditoría Interna
f) Consejo Ejecutivo
g) Presidencia Ejecutiva
g.1) Vicepresidencia Ejecutiva
g.2) Secretaría General
g.2.1) Mesa General de Entradas
g.3) Secretaría de Planificación Estratégica
g.3.1) Coordinación de Articulación de Acciones de Prevención
g.4) Coordinación General de Fiscalización y Reconversión
g.4.1) Coordinación de Planes de Reconversión Industrial
g.5) Coordinación de Comunicación e Información Pública
g.6) Comisiones Interjurisdiccionales
h) Dirección General Técnica
h.1) Coordinación de Calidad Ambiental
h.2) Coordinación de Infraestructura
h.3) Coordinación de Ordenamiento Territorial
h.4) Coordinación de Gestión Integral de Residuos Sólidos
i) Dirección General Administrativa Financiera
i.1) Coordinación de la Mejora Continua en la Gestión
i.2) Coordinación de Contabilidad y Administración
i.3) Coordinación de Presupuesto y Planificación Financiera
i.4) Coordinación de Recursos Humanos
i.5) Coordinación de Servicios Auxiliares
i.6) Coordinación de Informática y Telecomunicaciones
j) Dirección General de Asuntos Jurídicos
j.1) Coordinación de Dictámenes
j.2) Coordinación de Normativa
j.3) Coordinación de Gestión y Control Judicial
j.4) Coordinación de Asuntos Laborales y Contractuales
j.5) Coordinación de Procedimientos Sancionatorios
k) Dirección General de Salud Ambiental
k.1) Coordinación de la Unidad de Observatorios
k.2) Coordinación de Monitoreo e Investigación en Cuenca
l) Dirección General de Abordaje Territorial
l.1) Coordinación de Promoción Comunitaria
l.2) Coordinación de Fortalecimiento Barrial”.
ARTICULO 2° — Incorpórase al Anexo I de la Resolución Nº 662/2012 Reglamento de Organización Interna de la ACUMAR, modificado por las Resoluciones Nº 770/2012 y Nº 925/2012, el siguiente artículo:
“COORDINACION DE COMUNICACION E INFORMACION PUBLICA
ARTICULO 41 quater. — La COORDINACION DE COMUNICACION E INFORMACION PUBLICA depende de la PRESIDENCIA EJECUTIVA y tiene las siguientes funciones:
a) Organizar un sistema de información pública de modo concentrado, claro y accesible al público que permita verificar y comunicar el avance que se vaya logrando en cumplimiento de los objetivos del ente.
b) Contar con un Sistema de Información y de acceso a la información pública que permita realizar el análisis espacial y temporal de las acciones realizadas en la cuenca, así como implementar modelos y plantear escenarios.
c) Implementar herramientas de clasificación temática que faciliten el acceso a la información por los distintos actores involucrados en la problemática de la Cuenca.
d) Asistir en materia de diseño, imagen y aplicación de estrategias comunicacionales en el ámbito de la ACUMAR.
e) Organizar un sistema de información pública digital vía internet que contenga todos los datos, informes, cronogramas de las actividades del ACUMAR en cumplimiento de las resoluciones judiciales.
f) Administrar la página Web de la ACUMAR.”
ARTICULO 3° — Derógase el artículo 66 del Anexo I de la Resolución Nº 662/2012 Reglamento de Organización Interna de la ACUMAR, modificado por las Resoluciones Nº 770/2012 y Nº 925/2012.
ARTICULO 4° — Sustitúyase el Anexo II Estructura Organizativa de la Resolución Nº 662/2012 Reglamento de Organización Interna de la ACUMAR, modificado por las Resoluciones Nº 770/2012 y Nº 925/2012, por el que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 5° — La presente entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Nación.
ARTICULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JUAN J. MUSSI, Presidente, Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo.
ANEXO I
e. 29/10/2012 N° 107802/12 v. 29/10/2012